TEXTO PAGINA: 51
Pág. 212385 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de noviembre de 2001 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 059-2001-CD/OSIPTEL Lima, 31 de octubre de 2001 VISTO el Proyecto de Resolución que establece dis- posiciones sobre el uso de protocolos de señalización para la transmisión de comunicaciones entre redes que explotan servicios públicos de telecomunicaciones, así como la correspondiente Exposición de Motivos; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 77º de la Ley de Telecomunicaciones y el Artículo 8º de la Ley Nº 26285, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Tele- comunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la fun- ción de dictar normas en materia de interconexión de redes y servicios públicos de telecomunicaciones; Que por aplicación de lo que disponen los Artículos 7º y 27º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, la aprobación de los reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de carácter general que dicte OSIPTEL, se requiere, necesariamente, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados expresen las sugerencias o comentarios respectivos; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSIPTEL en su Sesión Nº 135; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el Diario Oficial El Perua- no, el Proyecto de Resolución que establece disposicio- nes sobre el uso de protocolos de señalización para la transmisión de comunicaciones entre redes que explo- tan servicios públicos de telecomunicaciones, así como la correspondiente Exposición de Motivos. Disponer, igualmente, que el referido proyecto sea publicado en la página web institucional de OSIPTEL: www.osiptel.gob.pe. Artículo 2º.- Definir en veinte (20) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación a que se refiere el Artículo 1º, el plazo para que los interesados remitan sus comentarios a la Secretaría General de OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). Los comentarios también pueden ser por escrito, o vía fax al número telefónico 475-1816, o por internet a la dirección de correo electrónico: sid@osiptel.gob.pe Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Planeamiento Estratégico de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comen- tarios que se presenten al proyecto, así como la presen- tación a la Alta Dirección de OSIPTEL de sus correspon- dientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese, JORGE KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº CD/OSIPTEL Lima, de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que el instrumento de política sectorial, identificado como "Lineamientos de Apertura del Mercado de Teleco- municaciones", aprobado por D.S. Nº 020-98-MTC, de 4 de agosto de 1998, contiene reglas que se consideró apropiadas para un ordenado ingreso de nuevos opera- dores de servicios públicos de telecomunicaciones;Que desde la promulgación de dichos Lineamien- tos, a la fecha, el Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción ha otorgado conce- siones a más de cincuenta empresas para que operen en el mercado de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, muchas de las cua- les ya se encuentran compitiendo activamente en el mercado; Que entre las estipulaciones establecidas en los Li- neamientos, el Numeral 42 definió las condiciones, de algún modo transitorias, para que los operadores en- trantes pudiesen incorporarse al mercado, Numeral a cuyo amparo OSIPTEL aprobó varias disposiciones en la perspectiva de facilitar dicho ingreso; disposiciones que, progresiva y ordenadamente, han sido revisadas y algu- nas derogadas; Que es necesario complementar la normativa vigen- te, en cuanto a la operación de las redes interconectadas, para lo que se requiere precisar o definir, según corres- ponda, los escenarios y medidas que demande el funcio- namiento del sistema nacional de telecomunicaciones; En aplicación del inciso f) del Artículo 25º del Regla- mento General de OSIPTEL; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En las comunicaciones entre redes públicas, operadas por empresas autorizadas para ex- plotar uno o más servicios públicos de telecomunicacio- nes, se empleará señalización red a red. Se exceptúa de lo dispuesto en el presente artículo: a. Las comunicaciones cursadas entre redes interco- nectadas, cuando una de ellas es concesionaria de uno o más servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales o de interés social. b. Las comunicaciones cursadas dentro del sistema de comercialización de tráfico. Artículo 2º.- La empresa concesionaria que delibe- radamente acepta las comunicaciones cursadas a su red, provenientes de la red pública de otra empresa operado- ra, empleando una señalización no comprendida en el Artículo 1º, incurre en infracción grave. Artículo 3º.- La empresa que envía tráfico de terceros usuarios de un servicio público de telecomu- nicaciones, hacia la red de una empresa concesionaria diferente, empleando señalización no comprendida en el Artículo 1º, incurre en falta grave. Artículo 4º.- Son de aplicación a las infracciones previstas en la presente Resolución, en su integridad, las normas establecidas por el Reglamento General de In- fracciones y Sanciones y disposiciones que lo modifican, en lo que sean pertinentes. Artículo 5º.- La presente Resolución entra en vigen- cia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese JORGE KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS. 1. Mediante D.S. Nº 020-98-MTC, de 4 de agosto de 1998, el Gobierno Peruano aprobó los "Lineamientos de apertura del Mercado de Telecomunicaciones", diseñan- do las reglas que se consideró necesarias para un orde- nado ingreso de nuevos operadores de servicios públicos de telecomunicaciones en el mercado nacional.OSIPTEL Proyecto de resolución que establece disposiciones sobre el uso de protocolos de señalización para la transmisión de comunicaciones entre redes que explotan servicios públicos de telecomunicacionesPROYECTO