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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (08/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 212384 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de noviembre de 2001 Modifican Ordenanza Nº 004-2000- MDSA que regula el Transporte Urbano de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores ORDENANZA Nº 0016-2001-MDSA Santa Anita, 29 de octubre de 2001 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de octubre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de febrero de 2000, se publicó la Ordenanza Nº 004-2000-MDSA, que establece las dispo- siciones normativas de regulación del Transporte Urba- no de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores en la Jurisdicción del distrito de Santa Anita; Que, mediante Informe Nº 0212-2001-DDU-MDSA, el Director de Desarrollo Urbano realiza un análisis situacional de la problemática existente en la jurisdic- ción del distrito, en relación al servicio público antes mencionado, como fruto de lo cual se recomienda se conforme la Comisión Técnica Mixta Distrital, la cual debería estar integrada por cuatro representantes de la Municipalidad de Santa Anita, tres representantes de las Organizaciones de Transportistas de Vehículos Me- nores, un representante de la Dirección Nacional de Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú (Unidad de Control de Tránsito Lima Este) y un representante de la Comisaría; Que, para velar por el cumplimiento de la Ordenanza Nº 004-2000-MDSA y su modificatoria mediante Orde- nanza Nº 009-2000-MDSA, es conveniente que los repre- sentantes titulares de la Municipalidad para integrar la referida Comisión Técnica Mixta sean: El Director Mu- nicipal, el Director de Desarrollo Urbano,el Director de Rentas y el Regidor Presidente de la Comisión de Presu- puesto, Planificación, Rentas y Desarrollo Urbano del Concejo Municipal; Que, para efectos de implementar lo indicado en los considerandos anteriores, es necesario modificar el últi- mo párrafo de la cuarta disposición complementaria de la Ordenanza Nº 004-2000-MDSA; Que, de conformidad con el Art. 47º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; con el voto unánime de los señores Regidores, se aprueba la siguiente; ORDENANZA Artículo Único.- Modifíquese el último párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 004-2000-MDSA, quedando redactado de la siguiente forma: La Comisión Técnica Mixta Distrital deberá estar integrada por cuatro representantes de la Municipa- lidad Distrital de Santa Anita: el Director Municipal quien la preside, el Director de Desarrollo Urbano, el Director de Rentas y un Regidor del Concejo Municipal, un representante de la Dirección de Seguridad Vial (Unidad de Control de Tránsito Lima - Este), un repre- sentante de la Comisaría y tres representantes acredita- dos de las Organizaciones de Transportistas de Vehícu- los Menores. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 33998Prorrogan amnistía tributaria otorga- da mediante la Ordenanza Nº 0013- 2001-MDSA ORDENANZA Nº 0017-2001-MDSA Santa Anita, 5 de noviembre de 2001 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 30 de octubre de 2001, los pedidos formulados por contri- buyentes del distrito de Santa Anita, según los Expe- dientes Nºs. 9838-2001, 9840-2001, 9795-2001; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal teniendo en cuenta el requerimiento de los vecinos que aún no han cumplido con sus obligaciones tributarias y siendo política de la actual administración municipal, brindar las facilida- des al vecindario considerando la coyuntura socio- económica que atraviesan, ha visto por conveniente prorrogar la Amnistía Tributaria hasta el 31 de di- ciembre de 2001; Que, mediante Ordenanza Nº 0013-2001-MDSA, se dispuso otorgar Amnistía Tributaria desde el 1 de octu- bre hasta 7 de noviembre, para los contribuyentes del distrito de Santa Anita a fin de que cumplan con regula- rizar sus obligaciones tributarias referentes al Impuesto Predial de los períodos 1994 al 2000, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los períodos 1994 a 1999, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sani- tario de los períodos 1996 a 2000 y Arbitrio de Serenazgo de 1997 a 2000 y Convenios de Fraccionamiento de los inmuebles dedicados a casa habitación, comercios y ser- vicios menores; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre de 2001, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 816 - Código Tributario, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto aprobatorio del Concejo Municipal, aprobó la si- guiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR LA AMNISTIA TRIBUTARIA, otorgada mediante Ordenanza Nº 0013- 2001-MDSA, hasta el 30 de diciembre de 2001, a fin de que los señores contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Santa Anita, cumplan con sus obliga- ciones tributarias referentes al Impuesto Predial de 1994 al 2000, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los períodos 1994 a 1999, Arbitrios de Limpieza Pú- blica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los períodos 1996 a 2000 y Arbitrio de Serenazgo de 1997 a 2000 y Convenios de Fraccionamiento, de los in- muebles dedicados a casa habitación, comercios y servicios menores. Artículo Segundo.- Entiéndase que durante el pe- ríodo de la Amnistía señalado en el artículo precedente, los contribuyentes beneficiados sólo están obligados únicamente a pagar el valor principal de la deuda, sin intereses, moras, ni recargos. Artículo Tercero.- Entiéndase como comercios y servicios menores a aquellos predios independizados dedicados a comercios y servicios, cuyo valor del autoa- valúo sea menor a 6 UIT. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Munici- pal y a la Dirección de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 33999