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Pág. 212640 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de noviembre de 2001 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 379-2001-INDECI Lima, 21 de setiembre del 2001 Visto el Memo. Nº 084-2001-INDECI/12.1 del 28 de agosto del 2001, por el cual el Jefe de Almacén General, da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Orga- no Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, el CONSULADO GENERAL DEL PERU EN LOS ANGELES, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, artículos varios, valorizados en CINCO MIL CIENTO NOVENTITRES Y 66/100 NUEVOS SOLES (S/. 5,193.66), según se detalla en Nota de Entrada a Almacén Nº 0000074 del 3 de agosto del 2001, para la atención de damnificados del sismo ocurrido en el Sur del País; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en vía de regularización la donación efectuada por el CONSULADO GENERAL DEL PERU EN LOS ANGELES, según se detalla en la Nota de Entrada a Almacén adjunta a la presente, valorizada en CINCO MIL CIENTO NOVENTITRES Y 66/100 NUEVOS SOLES (S/. 5,193.66). Artículo Segundo.- Agradecer al CONSULADO GE- NERAL DEL PERU EN LOS ANGELES, por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, al CONSULADO GENERAL DEL PERU EN LOS ANGELES y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 34439 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 380-2001-INDECI Lima, 21 de setiembre del 2001 Visto el Memo. Nº 084-2001-INDECI/12.1 del 28 de agosto del 2001, por el cual el Jefe de Almacén General, da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Orga- no Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, la SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - FILIAL PIURA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, ropa usada, víveres y artículos varios, valorizados en VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23,846.00), según se detalla en Nota de Entrada a Almacén Nº 0000075 del 9 de agosto del 2001, para la atención de damnificados del sismo ocurrido en el Sur del País; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en vía de regularización la donación efectuada por la SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - FILIAL PIURA, según se detalla en la Nota de Entrada a Almacén adjunta a la presente, valorizada en VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23,846.00). Artículo Segundo.- Agradecer a la SOCIEDAD PE- RUANA DE LA CRUZ ROJA - FILIAL PIURA, por el valiosoaporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, a la SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - FILIAL PIURA y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 34423 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 381-2001-INDECI Lima, 21 de setiembre del 2001 Visto el Memo. Nº 084-2001-INDECI/12.1 del 28 de agosto del 2001, por el cual el Jefe de Almacén General, da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Orga- no Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, la REPUBLICA CHECA, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, medicinas, frazadas, pañales y depósitos de agua, valorizados en DIECISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS Y 17/100 NUEVOS SOLES (S/. 17,216.17), según se detalla en Nota de Entrada a Almacén Nº 0000076 del 10 de agosto del 2001, para la atención de damnificados del sismo ocurrido en el Sur del País; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en vía de regularización la donación efectuada por la REPUBLICA CHECA, según se detalla en la Nota de Entrada a Almacén adjunta a la presente, valorizada en DIECISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS Y 17/100 NUEVOS SOLES (S/. 17,216.17). Artículo Segundo.- Agradecer a la REPUBLICA CHE- CA, por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, a la REPUBLICA CHECA y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 34440 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 382-2001-INDECI Lima, 21 de setiembre del 2001 Visto el Memo. Nº 084-2001-INDECI/12.1 del 28 de agosto del 2001, por el cual el Jefe de Almacén General, da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Orga- no Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, ELEKTRA DEL PERU S.A, ha donado al Insti - tuto Nacional de Defensa Civil, colchones de remate, valori- zados en VEINTISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27,000.00), según se detalla en Nota de Entrada a Almacén Nº 0000077 del 11 de agosto del 2001, para la atención de damnificados del sismo ocurrido en el Sur del País; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338, y sus modificatorias;