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Pág. 210790 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por Ley Nº 27465, dispone que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, suprimir y reubicar juzgados; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con cele- ridad y eficiencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997 se aprobó la operación de Endeu- damiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a finan- ciar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia, cuyos objetivos son: acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcionamiento del primer nivel de adminis- tración de justicia, aumentar la productividad de los juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia, y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de administración de justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país, entre ellas la Corte Superior de Justicia de Junín; Que, estando al Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de Concepción y su Informe Técnico Actualizado, que señalan su organización, carga proce- sal, competencia territorial y personal, es procedente aprobar la creación del referido Módulo Básico de Justi- cia y disponer lo necesario a fin de que dicha organiza- ción inicie sus operaciones; Que, en el distrito de Comas, provincia de Concep- ción, departamento y Distrito Judicial de Junín, existe un juzgado de paz letrado cuyo funcionamiento es conve- niente mantener, otorgándole una apropiada compe- tencia territorial, a fin de dotar a la población de los órganos jurisdiccionales necesarios y por ende, brindar un adecuado servicio de administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Jus- ticia de Concepción, ubicado en el distrito y provincia de Concepción, departamento y Distrito Judicial de Junín, autorizando su funcionamiento a partir del 24 de octubre del 2001, el mismo que estará constituido por los si- guientes Órganos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto - Un (1) Juzgado de Paz Letrado El Juzgado Mixto conocerá las materias de las espe- cialidades civil, penal, laboral y familia. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Concepción, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación y en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto de Concepción, con su carga procesal y competencia actual. b) El Juzgado de Paz Letrado de Concepción, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Básico de Justicia de Concepción, es la siguiente: - Del Juzgado Mixto: toda la provincia de Concepción, departamento de Junin. - Del Juzgado de Paz Letrado: los distritos de Con- cepción, Cochas, Nueve de Julio, Heroínas Toledo, Santa Rosa de Ocopa, Matahuai, Orcotuna, Mito, Aco, Manza- nares, Chambara y San José de Quero de la provincia de Concepción, departamento de Junín.Artículo Cuarto.- La competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado de Comas comprende los distri- tos de Comas, Mariscal Castilla y Andamarca de la provincia de Concepción, departamento de Junín. Artículo Quinto.- El Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Concepción tendrá como instancia de apelación al Juzgado Mixto del mismo Mó- dulo Básico de Justicia. Artículo Sexto.- El Juzgado de Paz Letrado de Comas tendrá como instancia de apelación al Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Concepción. Artículo Sétimo.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial para que disponga las acciones adminis- trativas y técnicas que sean necesarias para el cumpli- miento de la presente Resolución. Artículo Octavo.- Facultar al Presidente de la Cor- te Superior de Justicia de Junín a desarrollar las accio- nes jurisdiccionales y administrativas que sean necesa- rias para el cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial y con el Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia" del Poder Judicial. Artículo Noveno.- Quedan sin efecto todas las disposiciones administrativas que se opongan a la pre- sente Resolución. Artículo Décimo.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Ministerio Público, Ministerio de Jus- ticia, Defensoría del Pueblo, Corte Superior de Justicia de Junín, Gerencia General del Poder Judicial y del Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia" del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VASQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE CALDERON CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 32068 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 125-2001-CE-PJ Lima, 28 de setiembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 1140-2001-GG/PJ, de fecha 26 de setiem- bre del 2001 de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentación correspondien- te a la creación y puesta en funcionamiento del Módulo Básico de Justicia de Tayacaja, comprensión del Distrito Judicial de Junín; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por Ley Nº 27465, dispone que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, suprimir y reubicar juzgados; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con cele- ridad y eficiencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997 se aprobó la operación de Endeu- damiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia, cuyos objetivos son: acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia , aumentar la productividad de los juzgados , reducir las