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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (04/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 210791 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de octubre de 2001 barreras culturales al acceso a la justicia, y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de administración de justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicias del país, entre ellas la Corte Superior de Justicia de Junin; Que, estando al Diseño Personalizado del Módulo Bási- co de Justicia de Tayacaja y su Informe Técnico Actualizado, que señalan su organización, carga procesal, competencia territorial y personal, es procedente aprobar la creación del referido Módulo Básico de Justicia y disponer lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Tayacaja, ubicado en el distrito de Pampas, provin- cia de Tayacaja, departamento de Huancavelica y Distrito Judicial de Junín, autorizando su funcionamiento a partir del 24 de octubre del 2001, el mismo que estará constituido por los siguientes Órganos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto - Un (1) Juzgado de Paz Letrado El Juzgado Mixto conocerá las materias de las espe- cialidades civil, penal, laboral y familia. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Tayacaja, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación y en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto de Tayacaja, con su carga proce- sal y competencia actual. b) El Juzgado de Paz Letrado de Tayacaja, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Básico de Justicia de Tayacaja comprende la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica. Artículo Cuarto.- El Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Tayacaja tendrá como instancia de apelación al Juzgado Mixto del mismo Mó- dulo Básico de Justicia. Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial para que disponga las acciones adminis- trativas y técnicas que sean necesarias para el cumpli- miento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín a desarrollar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial y con el Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia" del Poder Judicial. Artículo Sétimo.- Quedan sin efecto todas las disposi- ciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Octavo.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Ministerio Público, Ministerio de Jus- ticia, Defensoría del Pueblo, Corte Superior de Justicia de Junín, Gerencia General del Poder Judicial y del Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia" del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VASQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE CALDERON CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 32069RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 126-2001-CE-PJ Lima, 28 de setiembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 1140-2001-GG/PJ, de fecha 26 de setiem- bre del 2001 de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentación correspondien- te a la creación y puesta en funcionamiento del Módulo Básico de Bagua, comprensión del Distrito Judicial de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por Ley Nº 27465, dispone que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, suprimir y reubicar juzgados; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con cele- ridad y eficiencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997 se aprobó la operación de Endeu- damiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a finan- ciar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia, cuyos objetivos son: acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcionamiento del primer nivel de adminis- tración de justicia, aumentar la productividad de los juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia, y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de administración de justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicias del país, entre ellas la Corte Superior de Justicia de Amazonas; Que, estando al Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de Bagua y su Informe Técnico Actua- lizado, que señalan su organización, carga procesal, competencia territorial y personal, es procedente apro- bar la creación del referido Módulo Básico de Justicia y disponer lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Jus- ticia de Bagua, ubicado en el distrito y provincia de Bagua, departamento y Distrito Judicial de Amazonas, autorizando su funcionamiento a partir del 24 de octubre del 2001, el mismo que estará constituido por los si- guientes Órganos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto - Un (1) Juzgado de Paz Letrado El Juzgado Mixto conocerá las materias de las espe- cialidades civil, penal, laboral y familia. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Bagua, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación, en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto de Bagua, con su carga procesal y competencia actual. b) El Juzgado de Paz Letrado, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Básico de Justicia de Bagua, comprende la provincia de Bagua.