TEXTO PAGINA: 34
Pág. 210796 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de octubre de 2001 José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departa- mento y Distrito Judicial de Lambayeque, autorizando su funcionamiento a partir del 12 de noviembre del 2001, el mismo que estará constituido por los siguientes Órga- nos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto. - Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto conocerá las materias de las espe- cialidades: civil, penal, laboral y familia. En los procesos penales con reos en cárcel, estos procesos serán remitidos luego de su calificación a los juzgados especializados correspondientes de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. En los procesos de familia de Infracciones Pena- les, los infractores calificados con la medida de inter- nación y los respectivos procesos serán remitidos a los juzgados especializados correspondientes de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, conociendo sólo de las causas que impliquen las de- más medidas de protección que contempla la ley de la materia. Artículo Segundo.- Crear en el Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, los órganos jurisdiccio- nales que se indican a continuación, en la forma siguien- te: a) El Juzgado Mixto, el mismo que iniciará sus labo- res con carga procesal cero. b) El Juzgado de Paz Letrado, el mismo que iniciará sus labores con carga procesal cero. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Básico de Justicia José Leonardo Ortiz, comprende el distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo Cuarto.- El Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz ten- drá como instancia de apelación al Juzgado Mixto del mismo Módulo Básico de Justicia. Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial para que disponga las acciones admi- nistrativas y técnicas que sean necesarias para el cum- plimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque a desarrollar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolu- ción, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial y con el Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia" del Poder Judicial. Artículo Sétimo.- Quedan sin efecto todas las dispo- siciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Octavo: Poner la presente Resolución en conocimiento del Ministerio Público, Ministerio de Jus- ticia, Defensoría del Pueblo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial y del Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia" del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VASQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE CALDERON CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 32075RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 132-2001-CE-PJ Lima, 28 de setiembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 1140-2001-GG/PJ, de fecha 26 de setiem- bre del 2001 de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentación correspondien- te a la creación y puesta en funcionamiento del Módulo Básico de Justicia de Aplao, comprensión del Distrito Judicial de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por Ley Nº 27465, dispone que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, suprimir y reubicar juzgados; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con cele- ridad y eficiencia; Que, conforme al Artículo 47º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los juzgados especializados o mixtos pueden tener competencia distinta a la provincial cuan- do así lo disponga la ley o el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997 se aprobó la operación de Endeu- damiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a finan- ciar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia, cuyos objetivos son: acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcionamiento del primer nivel de adminis- tración de justicia, aumentar la productividad de los juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia, y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de administración de justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicias del país, entre ellas la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Que, estando al Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de Aplao y su Informe Técnico Actua- lizado, que señalan su organización, carga procesal, competencia territorial y personal, es procedente apro- bar la creación del referido Módulo Básico de Justicia y disponer lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Jus- ticia de Aplao, ubicado en el distrito de Aplao, provincia de Castilla, departamento y Distrito Judicial de Arequi- pa, autorizando su funcionamiento a partir del 13 de noviembre del 2001, el mismo que estará constituido por los siguientes Órganos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto. - Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto conocerá las materias de las espe- cialidades civil, penal, laboral y familia. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Aplao, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación y en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto de Aplao, con su carga procesal y competencia actual. b) El Juzgado de Paz Letrado de Aplao con su carga procesal y competencia actual.