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Pág. 211355 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de octubre de 2001 el lugar que se me/nos presentare a cobro o, indistintamen- te, con cargo en la cuenta que señalo/amos en el siguiente recuadro, más los intereses compensatorios a la tasa efec- tiva anual determinada sobre la base de 360 días de .........% y comisiones, según se indica en el cronograma que se incluye; quedando estipulado que, si no efectúase/mos tal(es) pago(s) a su(s) vencimiento(s), abonaré/mos los intereses compensatorios y moratorios más las comisiones a las tasas más altas que el BANCO tenga establecidas para sus operaciones activas en mora, a partir del día siguiente a su(s) respectivo(s) vencimiento(s) o fecha de preclusión de sus plazos, hasta la cancelación del monto total liquida- do; más los gastos de cobranza, gastos notariales, judicia- les, extrajudiciales, tributos y otros si los hubiere. Las tasas de interés compensatoria y moratoria antes señaladas, estarán sujetas a variación y serán las que determine el BANCO según su Tarifario en la fecha respectiva de liquidación y pago. Para su Pago con Cargo en Cuenta, según el Art. 53º, Ley Nº 27287, disponer el cargo en: Denominación de la Clase de Cuenta Número o Código Empresa Bancaria de la Cuenta El importe de este Pagaré y/o de sus intereses y comisio- nes que se indican, será cancelado en cuotas, conforme al cronograma de pagos que se incluye más adelante. La falta de pago de una o más cuotas en las fechas indicadas, faculta al tenedor a protestar el Pagaré y, en ese caso, se darán por vencidos y precluidos todos los plazos y proce- derá la ejecución del monto total que este título valor representa, conforme al Artículo 158.2 de la Ley Nº 27287. Quedan desde luego autorizadas todas las prórrogas del vencimiento de este Pagaré, ya sea por su importe total, importe de las cuotas, o por cantidad menor o mayor que tuviera a bien concederme/nos el tenedor, prórrogas que bastará que sean anotadas en este mismo documento, sin que sea necesario para su plena validez que lo suscriba/mos nuevamente. El tenedor queda obligado a informar de las prórrogas que conceda, a simple reque- rimiento de cualquier obligado de este Pagaré, así como a no realizar más prórrogas desde la fecha de notifica- ción notarial que cualquiera de dichos obligados le dirija, conforme al Artículo 49.5 y 49.6 de la Ley Nº 27287. Autorizo/amos expresa e irrevocablemente al BANCO, para que al vencimiento de cada cuota o fecha posterior, o al vencimiento por preclusión de sus plazos o de la última cuota, pueda atender el pago de este Pagaré, mediante cargo o compensaciones con las sumas necesarias que existan en mis/ nuestras cuentas o depósitos que mentengo/amos en dicho Banco, cualquiera que fuere la moneda de dichas cuentas, conforme al Artículo 132.11 de la Ley Nº 26702. El presente Pagaré no requiere ser protestado; salvo el protesto por falta de pago de cualquiera de las cuotas con la finalidad de precluir sus plazos a que queda facultado el tenedor, conforme al Artículo 158.2 de la Ley de Títulos Valores. El protesto que el tenedor disponga, podrá ser hecho ya sea mediante notificación que se curse al domicilio del Emitente consignado en este Paga- ré o mediante la formalidad sustitutoria de ley, siendo de cargo del Emitente los respectivos gastos y comisiones. Este Pagaré es de naturaleza mercantil, y por consi- guiente está sujeto a las normas de la Ley de Títulos Valores y al proceso ejecutivo u otro proceso del Código Procesal Civil. Me/Nos someto/emos expresamente a la competencia de los Jueces y Tribunales de esta ciudad y señalo/amos como domicilio aquél que aparece indicado en este Pagaré, donde se efectuarán las diligencias notariales, judiciales y demás que fuesen necesarias para los efectos del pago. Las cuentas, depósitos, bienes o valores que en cualquier moneda mantengo/nemos en el BANCO, o en cualquiera de sus subsidiarias o filiales, podrán ser destinadas al pago total o parcial del presente Pagaré, de sus intere- ses, capital, y/o demás obligaciones señaladas en este Pagaré; quedando dichos bienes afectados en garantía de primer rango, con potestad de aplicación o realización directa y, en el caso de bienes distintos a dinero, al mejor postor, libre de toda responsabilidad por el precio que se obtenga, conforme al Artículo 1069º del Código Civil. En los mismos términos y condiciones antes expresados, y declarando haber leído en su integridad, encontrando conforme y aceptado en todos sus extremos, interviene/n en este Pagaré el/la/los cónyuges del/os Emitente/s, asu-miendo la misma calidad y obligaciones que éste/os, confor- me al Artículo 292º y 315º del Código Civil, señalando como domicilio el/los mismo/s indicado/s por su/s cónyuge/s. ....................., .. de ........... de ...... (Ciudad) CRONOGRAMA DE PAGO DEL IMPORTE DEL PRESENTE PAGARÉ Cuota Monto del capital Intereses Total a Vencimiento Firma de cancelación Nº a pagar y Com. Pagar del Tenedor 001 002 003 004 005 006 007 008 008 009 010 011 012 _______________________________________________ (Firma del Cliente Emitente o de su representante) Nombre/Denominación/Razón Social: ........................................................................ DNI/RUC Nº .......... Domicilio: Jr./Av./Calle.................................................... Nº Municipal ....... Nº Provis.: Mz.... Lt.... Dpto./Piso/Int...... Urb./Barrio/ AA.HH.............................. Sect./Etapa/Zona ............... Código Postal ....... Distrito .............................. Provincia ............ Dpto.............. Teléf...... ...... EMail:..... ...... Representantes : ................................................................... Con Poder inscrito en el : Asiento ......, Fojas ......., Tomo ......., Ficha ......., Partida Electrónica ......., del Registro .................... de los Registros Públi- cos de ................ CÓNYUGE DEL/LA EMITENTE: ______________________________ (Firma del/a Cónyuge) Nombre:............................................... DNI/L.E.Nº .......... (FIANZA SOLIDARIA) (AVAL INDEFINIDO/PERMANENTE) Me/Nos constituyo/imos en (Fiador/es Solidario/s) (Aval/ es Indefinido/s o Permanente/s), garantizando el pago del presente Pagaré y de todas las obligaciones que representa éste, comprometiéndome/nos a responder y pagar la cantidad adeudada, sus intereses compensato- rios y moratorios de ser el caso, sus comisiones y demás obligaciones asumidas por el Emitente según el presente Pagaré; así como los tributos, gastos de cobranza, gastos notariales y judiciales que pudieran haber. Queda expresamente convenido que ante la falta de pago de una o más cuotas del presente Pagaré, autorizo/amos expresa e irrevocablemente al Banco, para que pueda cargar las sumas necesarias en mis/nuestras cuentas o depósitos que en cualquier moneda mantenga/mos en el Banco, o aplicar los valores o bienes de mi/nuestra propie- dad que puedan encontrarse en poder del Banco o de sus subsidiarias o filiales, en cualquiera de sus oficinas del país o del exterior, para amortizar y/o cancelar este Pagaré; autorizándolo igualmente a que por mi/nuestra cuenta y orden, de ser el caso, pueda aplicar la moneda extranjera que mantenga/mos en cualquier cuenta para atender el pago de este Pagaré, al tipo de cambio compra que tenga vigente al momento del pago; o, a adquirir la moneda extranjera con los fondos que mantenga/mos, el tipo de cambio venta vigente en el Banco en el momento del pago. Esta/e (Fianza Solidaria) (Aval prestado en forma indefi- nida o permanente), quedará vigente hasta que sean pagadas totalmente las obligaciones que represente el presente Pagaré, aceptando desde ahora todas las prórro- gas que el Banco pueda conceder, para lo cual presto/amos