Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2001 (24/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 211706

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2001

CONASEV
Aprueban modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2001
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 120-2001-EF/94.11 MORDAZA, 22 de octubre de 2001 VISTO: El Memorandum Nº 260-2001-EF/94.35 de fecha 18 de octubre de 2001 de la Gerencia de Administracion y Finanzas, que contiene el proyecto de modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV correspondiente al periodo 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 0972000-EF/94.11 de fecha 14 de diciembre de 2000 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV para el periodo 2001 el cual ha sido modificado por las Resoluciones Gerencia General Nºs. 017 y 107-2001-EF/94.11 de fechas 19 de febrero y 11 de setiembre del presente ano, respectivamente; Que, en atencion al Memorandum Nº 204-2001-EF/ 94.60 de fecha 17 de octubre de 2001 de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo, referido a las modificaciones de los costos de las consultorias de los proyectos que seran financiados con recursos provenientes de la Cooperacion Tecnica BID Nº 1196/OC-PE, tales como la Interconexion MVNET - MORDAZA Fase, que se incrementa de US$ 120 000 a US$ 130 000 y el proyecto Migracion Sybase - Oracle que disminuye de US$ 120 000 a US$ 108 000, se hace necesario modificar el Plan Anual de Adquisiciones MORDAZA referido; Estando a lo dispuesto por el Articulo 16º inciso a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126; asi como a lo acordado por su Directorio en sesion de fecha 26 de marzo de 2001, sobre delegacion de facultades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV para el ano 2001, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento del Directorio, la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONASEV del ano 2001 que se aprueba con la presente Resolucion. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA POMAREDA Gerente General 33114

CONSIDERANDO: Que, con fecha 29.8.2001, el Comite Especial designado para llevar adelante la Licitacion Publica Nº 0022001-AUTODEMA-INADE, otorgo la Buena Pro a la empresa Contratistas Asociados MESALA S.A.C.; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 211-2001-AUTODEMA-INADE-8501/21, de fecha 7.9.2001, se aprobo el otorgamiento de la Buena Pro aludida, procediendose a notificar al postor para la suscripcion del contrato; Que, por Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 2252001-AUTODEMA-INADE-8501/21, de fecha 27.9.2001, el Proyecto Especial Majes MORDAZA, dejo sin efecto el otorgamiento de la buena pro, efectuado a favor del postor Contratistas Asociados MESALA S.A.C., llamando al postor que ocupo el MORDAZA lugar en el orden de prelacion para que suscriba el contrato y disponiendo se comunique al CONSUCODE el incumplimiento del postor ganador; Que, con fecha 4.10.2001 la empresa Contratistas Asociados MESALA S.A.C. interpone recurso de apelacion contra dicha Resolucion, sustentando su pretension en la diferente interpretacion de la MORDAZA a aplicarse, solicitando se declare la nulidad de la impugnada; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 097-2001INADE-1200, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por dicho postor; Que, de acuerdo al Articulo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, para la suscripcion del contrato la Entidad debe citar al postor ganador con una anticipacion no menor de cinco (5) dias, senalando una fecha que no podra exceder a los diez (10) dias siguientes a la fecha de consentido el otorgamiento de la Buena Pro; Que, de la revision de los actuados administrativos se advierte que la Buena Pro fue otorgada el dia 29.8.2001, acto administrativo que quedo consentido el dia 6.9.2001, por lo que la primera fecha MORDAZA para la suscripcion del contrato era el 20.9.2001 y la MORDAZA fecha, el 27.9.2001, habida cuenta que los plazos se cuentan en dias habiles, excluyendo el dia inicial e incluyendo el dia de vencimiento, a tenor del Articulo 18º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, conforme a lo expuesto, la primera citacion para la suscripcion del contrato debio realizarse a mas tardar el dia 13.9.2001 para que el contrato sea suscrito el 20.9.2001; sin embargo, consta de autos que mediante Oficio Nº 1106-2001-AUTODEMA-INADE-8501/61, el Proyecto Especial Majes MORDAZA con fecha 13.9.2001 cito al postor MESALA S.A.C. para la suscripcion del contrato, fijandose el dia 14.9.2001 para la celebracion de dicho acto, esto es, sin haberse respetado el plazo de anticipacion de cinco (5) dias MORDAZA senalado; Que, ante la inconcurrencia del postor, por Oficio Nº 1155-2001-AUTODEMA-INADE-8501/61, de fecha 19.9.2001 y notificado el 20.9.2001, el citado Proyecto Especial cito al postor ganador para la firma del contrato el dia 21.9.2001, continuandose con el vicio procesal, por cuanto, el acto administrativo de citacion se efectuo un dia MORDAZA del plazo legal para la suscripcion del contrato; Que, de lo expuesto se advierte que el Proyecto Especial Majes MORDAZA, no ha respetado el plazo legal de citacion al postor ganador para la suscripcion del contrato respectivo; Que, el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM otorga al Titular del Pliego la facultad de declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion, por alguna de las causales senaladas en el Articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece los presupuestos legales que conllevan la nulidad del acto administrativo, entre los cuales se encuentra que se MORDAZA dictado con prescindencia de la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, asimismo, el Articulo 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-

INADE
Declaran la nulidad de resoluciones relativas al otorgamiento de la buena pro de la Licitacion Publica Nº 0022001-AUTODEMA-INADE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 214-2001-INADE-1100 MORDAZA, 16 de octubre del 2001

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.