Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2001 (24/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2001

Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 291.016:1970 NTP 291.017:1970 CUERO. Metodo para determinar cenizas totales CUEROS. Metodo para determinar la resistencia a la traccion, alargamiento bajo una carga preestablecida y alargamiento a la rotura

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 33123

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a diversas zonas, sitios, conjunto y complejo arqueologicos ubicados en MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Ica
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 948/INC MORDAZA, 20 de setiembre de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 081 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 007, de fecha 6 de marzo de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 081 de fecha 6 de marzo de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica de "Carapongo", ubicada en las inmediaciones de la Cooperativa de Vivienda MORDAZA Los Ingenieros en el distrito de Chosica - Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-DE que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas;

Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica de "Carapongo", ubicada en las inmediaciones de la Cooperativa de Vivienda MORDAZA Los Ingenieros en el distrito de Chosica - Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el Plano Perimetrico y Topografico de la MORDAZA Arqueologica de "Carapongo", de fecha marzo de 1996, a escala 1/2000, con un area de 542,646.046875 metros cuadrados, 54 hectareas + 2,646.046875 y perimetro de 3,585.05119 metros lineales, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer se inscriba en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion la MORDAZA Arqueologica "Carapongo". Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 33098 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 952/INC MORDAZA, 20 de setiembre de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 230, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 19, de fecha 28 de junio de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 230 de fecha 28 de junio de 2001 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos del distrito de MORDAZA, provincia de Lauricocha, departamento de Huanuco: Chiquia, Chinchicocha, Raucha, Quinaj o Kenac, Concejo Corral, Huapachancun, Huagrish, Golpa Chupa o Chaupi Alaka, Alaka (incluye Alaka y Chaupi Wari), Shalla (incluye Chicrin y Runto), Laqhuaman, Shulcan, Ticra (incluye Ticra Grande y Ticra Chico), Shoscha, Quenchon, Caurus, Goguy; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-DE que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos del distrito de MORDAZA,

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