Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 209707 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de setiembre de 2001 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan subdivisión sin cambio de uso y sin obras complementarias de terreno ubicado en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN Nº 049-2001-MML-DMDU-DHU Lima, 25 de julio de 2001 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 26551-2001 seguido por URBANI- ZACIONES POPULARES S.A.C., con el que solicita la subdi- visión Sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias del terreno de 280.00 m2 (DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS) de su propiedad, constituido por el lote Nº 27 de la manzana Q-1 de la urbanización Elio - Tercera Etapa, ubicado en el distrito del Cercado de Lima, provincia y depar- tamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los recurrentes han cumplido con presentar la documen- tación requerida para el trámite correspondiente habiéndose emitido por esta Dirección el Informe Técnico Nº 070-2001-MML/ DMDU-DHU de fecha 14 de junio de 2001 con el cual se ha determinado la procedencia de la subdivisión solicitada. Que, asimismo está acreditado el pago por los derechos administrativos establecidos en el TUPA y el Artículo II-XXI- 6 del Reglamento Nacional de Construcciones, además del aporte correspondiente al Servicio de Parques - Lima. De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 de 30 de octubre de 1997, el Numeral II- XIII.1 y siguientes del Reglamento Nacional de Construccio- nes y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la Subdivisión Sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias del Terreno de 280.00 m2 (DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS) consti- tuido por el lote Nº 27 de la manzana Q-1 de la urbanización Elio - Tercera Etapa, ubicado en el distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, de la siguiente forma: SUBLOTE 27-A :con un área de 120.00 m2 (CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS) SUBLOTE 27-B :con un área de 160.00 m2 (CIENTO SESENTA ME TROS CUADRADOS) Las características de los sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 067-2001-MML-DMDU-DHU y la Memo- ria Descriptiva que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizar la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los sublotes 27-A y 27-B así como su libre venta, y asimismo establecer que a los referidos sublotes les corresponde el uso residencial de densidad media "R-3". Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolución que estará a cargo de los interesados; debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de su notificación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para la inscripción corres- pondiente, a la Dirección de Autorizaciones Urbanas, al Insti- tuto Catastral e Informático de Lima (ICIL) y a la Superinten- dencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección Municipal de Desarrollo Urbano Dirección General de Obras 30444MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Amplían horario de atención al público ORDENANZA Nº 233 San Borja, 4 de setiembre de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su XVII-2001 Sesión Ordinaria de fecha 3.9.2001, la ampliación del horario de atención al público; CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de poder brindar una mayor y mejor atención al público es necesario prolongar los horarios de atención hasta las 19 horas de lunes a viernes y los sábados hasta las 15.45, de tal forma que los vecinos que trabajan pueden acercarse a la Municipalidad a realizar cualquier trámite en horarios más accesibles; Que, para lograr la ampliación del horario de atención al público es necesario ampliar los horarios de trabajo del perso- nal de la Entidad; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 2º del D.L. Nº 18223 las reparticiones públicas que, por naturaleza de sus actividades no puedan cumplir el horario de lunes a viernes por 7 horas con 45 minutos cada día, como establece dicha norma, podrán hacerlo acondicionando el horario a sus necesidades y/o al tipo de servicios que prestan, pero respetan- do la jornada de 7 horas 45 minutos; Que, la ampliación del horario de atención respetará la jornada establecida en el D.L. Nº 18223, por lo que, estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y con el voto en mayoría de los miembros de Concejo Municipal se aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLIACION DEL HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO Primero.- Aprobar la ampliación del horario de atención al público de lunes a viernes de 8.00 hasta las 19.00 horas y los sábados de 8.00 hasta las 15.45 horas. Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la difusión al público, de la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 30400 Anexos de Ordenanzas que regulan los Arbitrios de Relleno Sanitario en el distrito ANEXO - ORDENANZA Nº 025-97 (La Ordenanza de la referencia se publicó en la edición del día 22 de febrero de 1997, página 147145, se publica el presente anexo a solicitud de la Municipalidad de San Borja mediante Oficio Nº 217-2001-MDSB-SG). La Municipalidad de San Borja mediante Ordenanza Nº 025-97 estableció los criterios para determinar el arbitrio de Relleno Sanitario, el cual consiste en la transferencia y dispo- sición final de los residuos sólidos que se generan en el distrito de San Borja, cuyos costos se muestran en el cuadro adjunto. CUADRO N° 01 COSTOS ANUALES DEL SERVICIO DE RELLENO SANITARIO Transferencia de desperdicios sólidos 507,399 Operación de planta de transferencia 600,000 TOTAL 1'107,399 30401