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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 209698 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de setiembre de 2001 denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Públi- co Descentralizado del Sector Energía y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesio- nes mineras, administración de Derecho de Vigencia y Catas- tro Minero; Que, el Artículo 5º de la norma legal antes citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Público de Minería existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demás normas legales y reglamentarias rela- cionadas, se entenderán como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensual- mente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de agosto de 2001, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero 30399 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban Directiva de Criterios Generales para intervención en inmue- bles declarados Monumentos y/o Inte- grantes de Zonas Monumentales y Ambientes Urbano Monumentales de poblaciones afectadas por sismos ocu- rridos desde el 23 de junio de 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 874/INC Lima, 28 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educa- ción, con personería jurídica de derecho público interno; y con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. Constituye el ente rector y central de los órganos que confor- man su estructura orgánica, incluyendo los Organos Descon- centrados; asimismo, es el organismo rector, responsable de la promoción y el desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación, preservación, restauración, investi- gación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, los recientes desastres naturales (sismos) ocurridos desde el 23 de junio del presente año en distintas poblaciones de la zona sur del país, poseedoras de un importante patrimo- nio cultural inmueble, han generado considerables daños delos Monumentos e inmuebles ubicados dentro de las Zonas Monumentales y Ambientes Urbano Monumentales de dichas poblaciones; Que, se hace necesario establecer las orientaciones y linea- mientos técnicos para la intervención en los inmuebles decla- rados Monumentos y/o integrantes de las Zonas Monumenta- les y Ambientes Urbano Monumentales que han sido afecta- dos por los recientes desastres naturales (sismos), a fin de conservarlos, restaurarlos, y preservarlos; Estando a lo visado por la Dirección General de Patrimonio Monumental e Histórico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI, que aprue- ban el "Reglamento Nacional de Construcciones", Decreto Ley Nº 25762 "Ley Orgánica del Ministerio de Educación" y su modificatoria Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 027-2001- ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 003-2001-INC/DN, Criterios Generales para la Intervención en Inmuebles Declarados Monumentos y/o Integrantes de las Zonas Monumentales y Ambien- tes Urbano Monumentales de las poblaciones afectadas por los recientes desastres naturales (sismos), la misma que en documento anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Directiva tendrá aplicación a partir de la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE GONZALEZ CARRE Director Nacional DIRECTIVA Nº 003-2001-INC/DN CRITERIOS GENERALES PARA LA INTERVENCION EN INMUEBLES DECLARADOS MONUMENTOS Y/O INTEGRANTES DE LAS ZONAS MONUMENTALES Y AMBIENTES URBANO MONUMENTALES DE LAS POBLACIONES AFECTADAS POR LOS RECIENTES DESASTRES NATURALES (SISMOS) OCURRIDOS DESDE EL 23 DE JUNIO DEL 2001 I.- OBJETIVO Establecer los lineamientos y orientaciones técnicas que deben ser observados para las intervenciones en inmuebles declarados Monumentos y/o Integrantes de las Zonas Monu- mentales y Ambientes Urbano Monumentales de las poblacio- nes afectadas por los recientes desastres naturales (sismos) ocurridos desde el 23 de junio del presente año. II.- FINALIDAD Proteger, conservar y recuperar la identidad propia de los Centros Históricos afectados por los recientes desastres natura- les, y restaurar, recuperar y/o reconstruir los inmuebles declara- dos Monumentos y/o Integrantes de las Zonas y Ambientes Urbano Monumentales que hubiesen sufrido deterioro o daño, asegurando la integridad del Patrimonio Cultural de la Nación. III.- BASE LEGAL - D.S. Nº 039-70-VI y D.S. Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones. - Ley Nº 24047 - Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación. - Carta de Venecia suscrita entre el 31 de mayo de 1964. - Convenciones y Recomendaciones de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural. - Normas del Centro Internacional de Estudios para la Conservación y Restauración de Bienes Culturales - ICCROM para los Bienes Culturales en Zonas Sísmicas. (EL ICCROM es una Organización Intergubernamental creada por la UNESCO en 1959 que cuenta con 99 estados miembros, entre los cuales figura el Perú). IV.- ALCANCE La presente Directiva es de aplicación en los departamen- tos del país afectados por los desastres naturales (sismos) ocurridos desde el 23 de junio del 2001. V.- ACCIONES PREVIAS A CUALQUIER IN- TERVENCION 1. Debe realizarse una evaluación de todos los inmuebles declarados Monumentos y/o Integrantes de las Zonas o Am- bientes Urbano Monumentales.