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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 209692 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de setiembre de 2001 JURADO PRESIDENTE MIEMBROS TITULARES 15. Iquitos ROGER ALBERTO CABRERA MARLITH DEL RIO CHAVEZ PAREDES TITO YSUIZA MANIHUARI 16. Lima LUIS HOMERO SANTILLAN SALAZAR LORENZO JAMES BARRUETO DURAND LEONILA ISABEL TAPIA CERNA 17. Puerto HUGO CONCHA RIVERA ZARELA TRIGOSO LARA Maldonado ALFREDO MANUEL GARCIA ALTAMIRANO 18. Pucallpa DAVID VICTOR LECAROS CHAVEZ ORLANDO VARGAS RIOS AUGUSTO BARDALES TABA 19. Puno BARTOLOMÉ OSCAR COAYLA CARMEN TERESA VIZCARRA FLORES ROQUE MARTHA CRUZ QUILCA 20. Tarapoto VIRGILIO BARDALEZ RIOS LUCIOLA GUERRA MENDOZA DE LOPEZ GEINER BRAVO LOZANO 21. Trujillo JAIME TULIO RISCO DIAZ ZELMAR HUGO ROLDAN RODRIGUEZ JUAN CARLOS BENITES HERRERA 22. Tumbes JOSE VITERBO ALAMO MENA CLÉBER SAAVEDRA SULLON LILIA LILY FEIJOO CASARIEGO Artículo Segundo.- Los Jurados Electorales Especiales se instalan e inician las funciones de su competencia a partir de la aprobación del presupuesto respectivo por parte del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de las Cortes Superiores de Justicia de la República pertinentes y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el contenido de la presente Resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 30491 MINISTERIO PÚBLICO Establecen diversas medidas funcio- nales y crean fiscalías provinciales de Familia en el Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 853-2001-MP-FN Lima, 5 de setiembre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, dada la carga procesal de las Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, Fiscalías Provinciales Descentralizadas de Familia y las de igual especialidad en los Módulos Básicos de Justicia del Distrito Judicial de Lima, resulta pertinente tomar medidas destinadas a mejorar su funcionamiento para una mejor y más eficaz administración de justicia. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la nomenclatura de la Dé- cimo Quinta Fiscalía Provincial Descentralizada de Familia de Lima, situada en el Módulo Integral contra la Violencia Familiar ubicado en el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, denominándosele "Fiscalía Provin- cial Descentralizada de Familia del PROMUDEH", a la vez que ampliar su competencia para que se haga cargo de la investigación prejudicial de denuncias relativas a adolescen- tes infractores de la ley penal, maltrato infantil, abandono, agresión sexual en perjuicio de niños o adolescentes, violencia familiar u otras análogas iniciadas de parte ante su despacho o en las dependencias policiales que se le asigna. Artículo Segundo.- Relevar a la Tercera, Cuarta, Quin- ta, Sétima, Undécima, Décimo Tercera y Décimo Cuarta Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, de las funciones asignadas en los Módulos Básicos de Justicia de San Juan de Lurigancho, Villa María del Triunfo y El Agustino res- pectivamente, disponiéndose que cada una de las catorceFiscalías Provinciales de Familia de Lima asuma la carga procesal de su respectivo Juzgado en el Distrito Judicial de Lima sin perjuicio de la investigación prejudicial de denun- cias relativas a adolescentes infractores de la ley penal, maltrato infantil, abandono, agresión sexual en agravio de niños o adolescentes, violencia familiar u otras análogas iniciadas de parte ante su despacho, cuando corresponda a su turno, o en forma permanente cuando se inician en las dependencias policiales que se les asigna. Artículo Tercero.- Crear la Fiscalía Provincial Descen- tralizada de Familia de Santa Anita, disponiéndose que todo el personal Fiscal y de apoyo actualmente asignado siga prestando sus servicios en la Fiscalía que se crea asumiendo la carga procesal de lugar, sin perjuicio de la investigación preju- dicial de denuncias relativas a adolescentes infractores de la ley penal, maltrato infantil, abandono, agresión sexual en agravio de niños o adolescentes, violencia familiar u otras análogas iniciadas ante su despacho o en las dependencias policiales que se le asigna. Artículo Cuarto.- Crear la Fiscalía Provincial Descen- tralizada de Familia de Villa El Salvador, disponiéndose que el Fiscal Adjunto Provincial y el personal de apoyo actualmen- te asignado siga prestando sus servicios en la Fiscalía que se crea asumiendo la carga procesal del lugar, sin perjuicio de la investigación prejudicial de denuncias relativas a adolescen- tes infractores de la ley penal, maltrato infantil, abandono, agresión sexual en agravio de niños o adolescentes, violencia familiar u otras análogas iniciadas ante su despacho o en las dependencias policiales que se le asigna. Artículo Quinto.- Crear las Fiscalías Provinciales de Familia en los Módulos Básicos de Justicia de San Juan de Lurigancho, Villa María del Triunfo y El Agustino, disponién- dose que el Fiscal Adjunto Provincial y el personal de apoyo actualmente asignado siga prestando sus servicios en las Fiscalías que se crean asumiendo la carga procesal del Juzga- do de Familia del Módulo Básico de Justicia respectivo, sin perjuicio de la investigación prejudicial de denuncias relativas a adolescentes infractores de la ley penal, maltrato infantil, abandono, agresión sexual en agravio de niños o adolescentes y violencia familiar iniciadas ante sus despachos o en las dependencias policiales que se les asigna. Artículo Sexto.- Establecer el nuevo CUADRO DE COMPETENCIA FUNCIONAL PREJUDICIAL en los Centros de Emergencia-Mujer del PROMUDEH y unidades especializadas o Comisarías de la Policía Nacional, como si- gue: - Primera Fiscalía Provincial de Familia: Comisarías de Magdalena, San Miguel y Maranga. - Segunda Fiscalía Provincial de Familia: DININCRI (Av. España) y sus dependencias, y Comisaría de Urb. Palomino, Unidad Vecinal Nº 3 y Mirones Bajo. - Tercera Fiscalía Provincial de Familia: Comisarías de Rímac, Ciudad y Campo, Zárate y Caja de Agua. - Cuarta Fiscalía Provincial de Familia: Comisarías de Breña, Pueblo Libre, Jesús María y Lince. - Quinta Fiscalía Provincial de Familia: Centro de Emer- gencia-Mujer de San Luis, POLICIA DE ACCIDENTES DE TRANSITO (La Victoria) y Comisarías de San Luis y San Borja. - Sexta Fiscalía Provincial de Familia: DIRECCION NA- CIONAL DE POLICIA DEL MINISTERIO PUBLICO (Sur- quillo) y Comisarías de Surquillo y Miraflores. - Sétima Fiscalía Provincial de Familia: Comisarías de Surco, Chacarilla del Estanque y Monterrico. - Octava Fiscalía Provincial de Familia: Comisarías de Chorrillos, San Genaro, Villa y Laderas de Villa. - Novena Fiscalía Provincial de Familia: Comisarías de La Victoria y El Porvenir. - Décima Fiscalía Provincial de Familia: DIROVE (Barrios Altos) y Comisarías de San Andrés, Barrios Altos y Alfonso Ugarte. - Décimo Primera Fiscalía Provincial de Familia: Centro de Emergencia-Mujer de Barranco y Comisarías de San Antonio, Barranco y Orrantia. - Décimo Segunda Fiscalía Provincial de Familia: POLI- CIA DE TRANSITO (Alfonso Ugarte) y Comisarías de San Juan de Miraflores y Mateo Pumacahua. - Décimo Tercera Fiscalía Provincial de Familia: DINCEVI (La Victoria) y Comisaría de Apolo, San Cosme y Yerbateros. - Décimo Cuarta Fiscalía Provincial de Familia: DINAN- DRO (San Isidro) y Comisarías de San Isidro y Petit Thouars. - Fiscalía Provincial Descentralizada de Familia del PRO- MUDEH: Centro de Emergencia-Mujer del Cercado de Lima (Oficina Central del PROMUDEH), Comisaría de Mujeres de Lima y Comisarías de Cotabambas y Monserrate. - Fiscalía Provincial Descentralizada de Familia de Santa Anita: Comisarías de Santa Anita, Salamanca, Vitarte, Santa Clara, Huaycán, Huachipa y Jicamarca. - Fiscalía Provincial Descentralizada de Familia de Villa El Salvador: Centro de Emergencia-Mujer de Villa El Salva- dor y Comisarías de Villa El Salvador, Pamplona I (Pamplona