Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2001 (07/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la suscripcion de cuotas del mencionado fondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Articulo 5º.- Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera remitir a CONASEV dos (2) ejemplares del Reglamento de Participacion y modelos de los contratos a suscribir con los participes del fondo mutuo de inversion en valores a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion, en el plazo de quince (15) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos y a Interbank. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA POMAREDA Gerente General 30451

Que en eleccion realizada el 2 de agosto del 2001, las Municipalidades Distritales de la Provincia Constitucional del Callao han designado a la Municipalidad Distrital de Ventanilla como su representante ante la CAR Callao; Que mediante oficio Nº V.200-2445 de fecha 31 de MORDAZA del 2001, la Direccion de Capitanias y Guardacostas, nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante Carta Nº PR-099-01 de fecha 31 de MORDAZA del 2001, la Sociedad Nacional de Mineria, Petroleo y Energia, nombro a sus representantes titular y alterno ante la CAR Callao; Que mediante Carta MTC/CORPAC S.A. P.D. 068-2001-O de fecha 24 de MORDAZA del 2001, CORPAC, nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante carta Nº 815-2001-GG de fecha 6 de agosto del 2001, SEDAPAL nombro a su representante ante la CAR Callao; Que es necesario que el CONAM apruebe la designacion de los integrantes de la CAR Callao, de acuerdo a lo establecido por el inciso p) del Articulo 46º del Decreto Supremo Nº 022-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como integrantes de la CAR Callao a las siguientes personas: 1. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, presidente de la CAR Callao. 2. Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del CTAR Callao. 3. Dr. MORDAZA MORDAZA Aspilcueta representante de la Camara de Comercio y la Produccion del Callao. 4. Ing. MORDAZA Arom, representante de la Sociedad Nacional de Industrias. 5. Sr. MORDAZA MORDAZA Granda Sponholz y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representantes titular y suplente de Empresa Nacional de Puertos S.A. 6. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Municipalidad Provincial del Callao. 7. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Universidad Nacional del Callao. 8. Sr. MORDAZA Avanto Aspergueta, representante de las Organizaciones juveniles ambientalistas. 9. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Mg. Geografo MORDAZA E. Cruces MORDAZA, representantes titular y alterno respectivamente de las ONG's ambientalistas del Callao. 10. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de las asociaciones de agricultores. 11. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de las Municipalidades Distritales del Callao. 12. Capitan de Corbeta SGC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Direccion de Capitanias y Guardacostas (DICAPI). 13. Ing. MORDAZA Mogrovejo y Sr. MORDAZA MORDAZA, representantes titular y alterno de la Sociedad Nacional de Mineria, Petroleo y Energia. 14. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. CORPAC. 15. Ing. MORDAZA Enzian Sansui, representante de SEDAPAL. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA OYAGUE Presidente del Consejo Directivo Consejo Nacional del Ambiente 30449

CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
Designan integrantes de la CAR Callao
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 077­2001-PCD/CONAM MORDAZA, 28 de agosto del 2001 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º de la Ley Nº 26410 establece que el CONAM es el Organismo Rector de la Politica Nacional Ambiental y tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y patrimonio natural de la Nacion; Que el Articulo 31º del Decreto de Consejo Directivo Nº 001-97-CD/CONAM establece que el Consejo Directivo del CONAM puede crear y definir las funciones especificas de las Comisiones Ambientales Regionales como organos de coordinacion y concertacion politica ambiental a nivel regional; Que el Articulo 46º del Decreto Supremo Nº 022-2001-PCM establece que entre las funciones y atribuciones del Consejo Directivo esta la de crear y decidir sobre la composicion de las Comisiones Ambientales Regionales; Que el Decreto del Consejo Directivo Nº 015-2001-CD/ CONAM, crea la Comision Ambiental Regional Callao, CAR Callao como organo de coordinacion y concertacion politica ambiental en su territorio estableciendo su composicion; Que por Acuerdo efectuado en su sesion del 19 de junio de 2001, el Consejo Directivo del CONAM nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 156-2001-CTAR CALLAO-PRES de fecha 18 de MORDAZA del 2001, el Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Callao nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante Oficio Nº 019-2001-P/CCPC de fecha 16 de MORDAZA del 2001, la Camara de Comercio y la Produccion del Callao, nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante Carta Nº PRES-0106-2001 de fecha 13 de MORDAZA del 2001, la Sociedad Nacional de Industrias, nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante Oficio Nº 432-2001-ENAPUSA/PD de fecha 13 de MORDAZA del 2001, la Empresa Nacional de Puertos S.A., nombro a sus representantes titular y suplente ante la CAR Callao; Que mediante Oficio Nº 132-01/AKB-AC de fecha 18 de MORDAZA del 2001, la Municipalidad Provincial del Callao, nombro a su representante ante la CAR Callao; Que mediante Oficio Nº 0377-2001-D-FIARN de fecha 23 de MORDAZA del 2001, la Universidad Nacional del Callao, nombro a su representante ante la CAR Callao; Que en eleccion realizada el 24 de MORDAZA del 2001, las organizaciones juveniles ambientalistas, designaron a su representante ante la CAR Callao; Que en eleccion realizada el 23 de MORDAZA del 2001 y 6 de agosto de 2001, las ONGs Especializadas en Asuntos Ambientales han designado al Instituto Calidad de MORDAZA y el Centro de Estudios Geograficos y del Ambiente - CEGMA como sus representantes titular y alterno respectivamente ante la CAR Callao; Que en eleccion realizada el 23 de MORDAZA del 2001, los agricultores designaron a su representante ante la CAR Callao;

INACC
Relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de agosto de 2001
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00988-2001-INACC/J MORDAZA, 5 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de marzo de 2001, se

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