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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (12/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 209874 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de setiembre de 2001 autorización para la apertura de 2 oficinas temporales en la "Convención de Ingenieros de Minas del Perú" a realizarse entre el lunes 10 y el viernes 14 de setiembre del presente año, las mismas que se ubicarán en TEC- SUP sito en la urbanización Monterrey D-8, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de las referidas oficinas temporales; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "B" mediante Infor- me Nº DESF"B" 097-OT/2001; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Continental la apertura de 2 oficinas temporales en la "Conven- ción de Ingenieros de Minas del Perú" a realizarse entre el lunes 10 y el viernes 14 de setiembre del presente año, las mismas que se ubicarán en TEC- SUP sito en la urbanización Monterrey D-8, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 30714 Autorizan a BankBoston N.A. Sucursal Perú la apertura de oficina especial en el distrito de Los Olivos, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 653-2001 Lima, 5 de setiembre del 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada con fecha 24 de agosto del 2001 por BankBoston N.A. Sucursal Perú mediante la cual solicita autorización para la apertura de una oficina especial localizada en las Oficinas de la Inten- dencia de Aduana Postal, Av. Tomás Valle, cuadra 6 s/n, distrito de Los Olivos, provincia de Lima, depar- tamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa bancaria ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la referida oficina especial; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "B" mediante Infor- me Nº DESF"B" 100-OT/2001; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a BankBoston N.A. Sucursal Perú la apertura de una oficina especial localizada en las Oficinas de la Intendencia de Adua- na Postal, Av. Tomás Valle, cuadra 6 s/n, distrito de Los Olivos, provincia de Lima, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 30711 Aprueban actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos, correspondien- te al trimestre setiembre-noviembre de 2001 CIRCULAR Nº B-2099-2001 Lima, 11 de setiembre del 2001 CIRCULAR Nº B-2099-2001 F-0438-2001 CM-0285-2001 CR-0154-2001 ------------------------------------------------ Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimes- tre setiembre 2001 - noviembre 2001. ------------------------------------------------ Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu- ros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período setiembre 2001 - noviembre 2001, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el Artículo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el período setiembre 2001 - noviembre 2001 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE SETIEMBRE 2001/ SEGURO DE DEPOSITOS NOVIEMBRE 2001 (*) Monto en Nuevos Soles 67 422,00 (*) Actualización para el trimestre setiembre 2001 - noviembre 2001 en base a la Variación IPM diciembre 1998 - agosto 2001: 1,08745151 Atentamente, LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 30763