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Pág. 221935 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de abril de 2002 Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos originan una situación de urgencia conforme con lo establecido en el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y el Artículo 108º de su reglamento, por lo que resulta necesario declararla como tal con la fi- nalidad de asegurar la continuidad de los servicios esen- ciales de la institución; Con la visación de los Directores Generales de las Ofi- cinas de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Ar- tículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM; el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Poder Ejecutivo y el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación de materiales de escritorio para las dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción Social cuyos ítems fueron declarados desiertos en el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2002-TR. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción Social la contratación, mediante proceso de adjudicación de menor cuantía, de aquellos materiales de escritorio para las dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción Social cuyos ítems fue- ron declarados desiertos en el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2002-TR conforme con el anexo que forma parte de la presente resolución, por las cantida- des y montos que sean estrictamente necesarios para aten- der la situación de urgencia en tanto culmine el proceso de selección correspondiente. Artículo 3º.- Queda encargada a la Dirección General de Administración la remisión de la presente Resolución Ministerial, así como el informe técnico-legal corres- pondiente, a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social 7493 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2002-TR Lima, 10 de abril de 2002 VISTOS: Los Informes Técnicos Nº 050-2002-TR/OA-OASA y Nº 052-2002-TR/OA-OASA y los Informes Legales Nº 215- 2002-TR/OAJ-OAAL y Nº 215A-2002-TR/OAJ-OAAL, que en conjunto constituyen el Informe Técnico -Legal que dis- pone el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedición de una resolución que autori- ce la exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación temporal de "Materiales de Procesa- miento Automático de Datos para las dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción Social"; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que se encuentran exonerados de los pro- cesos de licitación pública, concurso público o adjudica- ción directa las adquisiciones que se realicen en situación de urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado;Que, el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, determina que la situa- ción de urgencia debe entenderse como un hecho de ex- cepción que determina una acción rápida de adquisición o contratación como medida temporal sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por situación de urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de deter- minados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestación de los servicios esenciales o de las operacio- nes productivas que la entidad tiene a su cargo, facultando a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el Artículo 105º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse el supuesto señalado en el Artículo 19º del Tex- to Único Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, la Entidad hará las adquisiciones o contratacio- nes mediante acciones inmediatas sobre la base de la ob- tención de una cotización que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorización expresa del titular del pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, de los documentos de Vistos se aprecia que en el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 0003-2002-TR desarrollado para adquirir Materiales de Procesamiento Automático de Datos para las dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción Social fueron declarados desier- tos algunos de los ítems del referido proceso, los cuales serán objeto de una segunda convocatoria, de conformi- dad con las disposiciones correspondientes del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos originan una situación de urgencia conforme con lo establecido en el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y el Artículo 108º de su reglamento, por lo que resulta necesario declararla como tal con la fi- nalidad de asegurar la continuidad de los servicios esen- ciales de la institución; Con la visación de los Directores Generales de las Ofi- cinas de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Ar- tículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM; el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Poder Ejecutivo y el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación de los materiales de Procesamiento Automático de Datos para las dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción Social cuyos ítems fueron declarados desier- tos en el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 0003- 2002-TR. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción Social la contratación, mediante proceso de adjudicación de menor cuantía, de aquellos materiales de Procesamiento Automático de Da- tos para las dependencias del Ministerio de Trabajo y Pro- moción Social cuyos ítems fueron declarados desiertos en el proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 0003-2002- TR conforme con el anexo que forma parte de la presente resolución, por las cantidades y montos que sean estricta- mente necesarios para atender la situación de urgencia, en tanto culmine el proceso de selección correspondiente. Artículo 3º.- Queda encargada a la Dirección General de Administración la remisión de la presente Resolución Ministerial, así como el informe técnico-legal corres- pondiente, a la Contraloría General de la República dentro