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Pág. 2 PROYECTO Lima, sábado 3 de agosto de 2002 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Estado peruano, constituido bajo los principios del Estado democrático de derecho, tiene como fin supre- mo la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad. El Estado está al servicio de la ciudadanía y debe promover la participación democrática de todas las personas en las acciones de gobierno y en la gestión estatal. Uno de los requisitos indispensables para lograr esta participación es el acceso de los ciudadanos a la información, sin la cual no es posible que las personas actúen racionalmente y de común acuerdo. De otro lado, los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho y el deber de comprobar que se utilicen procedimientos adecuados en cada acto de gestión o de gobierno, a fin de que las decisiones que el Estado adopte respondan efectivamente al interés público. Por ello, es responsabilidad del gobierno adoptar las medidas necesarias para promover la cultura de la transparencia y principios éticos en la administración pública, en oposición a la cultura del secreto que ha caracterizado el funcionamiento del Estado peruano. En base a estos principios, toda información en poder del Estado es pública salvo que la Ley establez- ca lo contrario; toda acción de un organismo del Estado debe ser pública, con excepción de los actos que la ley disponga. En ambos casos el secreto es la excepción y sólo se justifica cuando se trata de cautelar principios y valores socialmente relevantes, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política del Perú y las leyes vigentes. Esta directiva contiene lineamientos de acción transparente no sólo para los trabajadores del MTC que tienen a su cargo la gestión pública de los servicios de comu- nicaciones, sino principalmente para que la ciudadanía pueda juzgar la corrección y la pertinencia de las decisiones que se toman cotidianamente y, en general, para evaluar la gestión del MTC en el sub- sector de las comunicaciones. Proyecto de Directiva que establece los Mecanismos de Transparencia de Información del MTC sobre los Servicios de Comunicaciones 1.OBJETO Establecer los mecanismos necesarios para promover y establecer una cultura de transparencia en el acceso ciuda- dano a la información que genera y administra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en lo referente a los servicios de comunicaciones, y para facilitar la participación de los ciudadanos en la formulación de las políticas públicas en este campo, teniendo como base la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Para los efectos de esta directiva, los servicios de comunicaciones comprenden los servicios públicos y privados de telecomunicaciones, de radiodifusión y postales. 2.BASE LEGAL El inciso 5) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú reconoce el derecho de toda persona a solicitar, sin expresión de causa, la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, excepto la que afecta la intimidad personal y las que se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El numeral 1.12 del Artículo IV, Principios del procedimiento administrativo de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las entidades públicas deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afecten la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional, o las que expresamente sean excluidas por ley, y extender las posibilidades de participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión, el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión. La Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece en su Artículo 4º, que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, siendo uno de sus objetivos la transparencia en su gestión. El Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM estableció la obligación de las entidades del sector público de incorporar en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), procedimientos destinados a facilitar a las personas el acceso a la información que generen o tengan en su poder.