Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2002 (03/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 3 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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nes Directas las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme lo establecido por el Articulo 20° de dicho Texto; Que en los Articulos 105° y 116° del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Legal N° 001-2002-IG0100 indica que se requiere prorrogar por el plazo de un ano, el contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Av. Mariscal MORDAZA N° 399, MORDAZA Piso, MORDAZA, con un area de 252.80 m2, en virtud a que en la MORDAZA de MORDAZA no se han encontrado locales adecuados que permitan el funcionamiento de la Oficina Remota y el local que se viene ocupando cuenta con la distribucion apropiada para el buen desenvolvimiento de los funcionarios por lo que es factible exonerar del respectivo MORDAZA de seleccion la prorroga de dicho contrato de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19° y 20° del citado Texto; Que lo expuesto en dicho Informe justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113° del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19° y 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 y en los Articulos 105°, 113° y 116° de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 6° del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Superintendencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Av. Mariscal MORDAZA N° 399, MORDAZA Piso, MORDAZA, de 252.80 m2, el mismo que ya esta acondicionado y es adecuado para el funcionamiento de la Oficina Remota MORDAZA, por el plazo de doce (12) meses contados a partir del 2 de agosto del 2002 al 1 de agosto del 2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Ica a suscribir la Addenda al Contrato con la senora MORDAZA Cruzzat de MORDAZA mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de S/. 2,050.00 (Dos Mil Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos de ley. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 13898 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 096-2002/SUNAT MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PCM, establece que se encuentran exoneradas de los

procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme lo establecido por el Articulo 20° de dicho Texto; Que en los Articulos 105° y 116° del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Memorandum N° 002-2002/SUNAT-ID0100 indica que se requiere prorrogar por el plazo de un ano, el contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Mz. "B", Lote N° 1-2, MORDAZA Industrial de Chiclayo, de un area de 2,182 m2, en virtud a que dicho local se ha destinado para almacen de bienes embargados y comisados de la Intendencia Regional MORDAZA y se encuentra acondicionado para operar como tal con el fin de brindar una buena atencion a los contribuyentes, por lo que es factible exonerar del respectivo MORDAZA de seleccion la prorroga de dicho contrato de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19° y 20° del citado Texto; Que lo expuesto en dicho Informe justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113° del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19° y 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 y en los Articulos 105°, 113° y 116° de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Articulo 6° del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Superintendencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Mz. "B", Lote N° 1-2 MORDAZA Industrial de Chiclayo, de un area de 2,182 m2, destinado para almacen de bienes embargados y comisados de la Intendencia Regional MORDAZA, por el plazo de doce (12) meses contados a partir del 7 de agosto del 2002 al 6 de agosto del 2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Regional MORDAZA a suscribir la Addenda al Contrato con MORDAZA MORDAZA Fabrica de Losetas S.A. mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de US$ 1,800.00 (Mil Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos) incluido impuestos de ley. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 13899

Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de oficina ubicada en el Centro Civico y Comercial de MORDAZA mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 097-2002/SUNAT MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2002

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