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Pág. 227652 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de agosto de 2002 tros Públicos Nº 255-2002-SUNARP/SN, se constituyó la Comisión aludida en el considerando precedente; Que, asimismo, la Resolución antes mencionada dis- puso, de conformidad con la facultad conferida por el aludi- do Artículo 13º de la Ley Nº 27755, que dicha Comisión designe las Subcomisiones que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones; Que, la citada Comisión, en su sesión de fecha 20 de junio del 2002, acordó por unanimidad constituir cuatro subcomisiones de trabajo; Que, en atención a que esta Superintendencia preside la Comisión a que alude el primer considerando de la pre- sente Resolución, corresponde emitir la resolución de cons- titución de las subcomisiones de trabajo mencionadas en el considerando anterior; Estando a lo acordado y de conformidad con la facultad conferida por el Artículo 13º de la Ley Nº 27755; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir cuatro subcomisiones de trabajo integradas por representantes de la SUNARP, CO- FOPRI, RPU y la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, con el objeto de viabilizar el proceso de integración del Registro Predial Urbano y el funcionamiento del Registro de Predios. Artículo Segundo.- Las Subcomisiones a que alude el Artículo 1º son: Subcomisión de Plan Piloto, Subcomisión Normativa, Subcomisión Informática y Subcomisión de Catastro, las mismas que están integradas por las siguien- tes personas: a) Subcomisión de Plan Piloto Por la SUNARP: - Carlos Mazzini Otero (Coordinador) - Alvaro Delgado Scheelje - Jorge Santa Cruz Vargas Por la COFOPRI: - Jorge Quevedo Mera - Fernando Porras Ramos Por el RPU: - Elva Cornejo Falcón - Blas Carpio Soto (Suplente) Por la JUNTA DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS: - Lina Anayo Martínez b) Subcomisión Normativa Por la SUNARP: - Alvaro Delgado Scheelje (Coordinador) Por la COFOPRI: - Gloria Pflucker Valverde Por el RPU: - José Quilcate Tirado - Mario Rosario Guaylupo (Suplente) Por la JUNTA DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS: - Antonio Vega Erausquín. c) Subcomisión Informática Por la SUNARP: - Víctor Pacheco Postigo (Coordinador) Por la COFOPRI: - César Cisneros Vargas Por el RPU: - Emilio Cáceda Ramos - Norma Inga Parra Por la JUNTA DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS: - Beatriz Zevallos Giampetri d) Subcomisión de Catastro Por la SUNARP: - Luis Grados Quezada (Coordinador) Por la COFOPRI: - Juan Luna Aberanga Por el RPU: - Luis Cutti Flores - Pedro Silva (Suplente)Por la JUNTA DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS: - Francisco Villavicencio Cárdenas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 13887 Establecen fechas en que se compensa- rán horas no laboradas los días 30 de julio y 7 de octubre de 2002 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 309-2002-SUNARP/SN Lima, 31 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2002-PCM publi- cado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de julio del 2002, se han declarado feriados no laborables a nivel nacional los días martes 30 de julio y lunes 7 de octubre del año 2002; Que, el citado Decreto Supremo establece en cuando al sector público, que las horas dejadas de laborar en los respectivos feriados deberán ser compensadas en la se- mana posterior a los días declarados feriados o en la opor- tunidad que establezca el Titular de la entidad, en función a las necesidades propias de cada institución; De conformidad con lo establecido en los incisos a) y l) del Artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer que las horas que se dejen de laborar los días 30 de julio y 7 de octubre del año 2002, se compensarán a razón de una hora diaria, desde el 5 hasta el 14 de agosto y del 14 al 23 de octubre del año en curso respectivamente. Artículo 2º.- Dicha compensación, que deberá hacer- se efectiva a partir de la hora de salida, es de aplicación a los trabajadores de la sede central de la SUNARP y de sus Órganos Desconcentrados. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción a todas las Zonas Registrales de la SUNARP, las mis- mas que deberán difundirla entre todos sus trabajadores. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 13888 SUNAT Autorizan prórroga de contratos de arrendamiento de inmuebles ubicados en Ayacucho y Lambayeque mediante procesos de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 095-2002/SUNAT Lima, 26 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19° del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado po r Decreto Supremo N° 012-2001- PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicacio-