Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 234789 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de diciembre de 2002 de los representantes ante dichas Comisiones Técnicas, serán fijadas por los municipios o por Resolución Ministe- rial del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción, dependiendo de la entidad que la hu- biera establecido; Que, la Ordenanza Nº 023-2000/CDLO, aprobó el Regla- mento para la Aprobación de Habilitaciones Urbanas en el dis- trito de Los Olivos, que de conformidad con el Artículo 9º, seña- la que: "Integran la Comisión Técnica Calificadora y Dictamina- dora de Habilitaciones Urbanas: el Director de Desarrollo Urba- no de la Municipalidad, quien la presidirá; el Jefe de la División de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que actuará como se- cretario; y el representante de las siguientes entidades: Un Representante del Colegio de Ingenieros del Perú; Un Repre- sentante del Colegio de Arquitectos del Perú; Un Representan- te de EDELNOR; Un Representante de SEDAPAL y Un Repre- sentante de la Cámara Peruana de Construcciones (CAPECO)"; y en su Tercera Disposición Transitoria y finales señala que: "Percibirán solamente los pagos o dietas, los delegados de los Colegios de Arquitectos e Ingenieros, dichos pagos serán fija- dos mediante Decreto de Alcaldía"; Que, el Jefe de la Dirección de Desarrollo Urbano a tra- vés del Informe Nº 212-2002-MDLO/DDU propone como monto de la dieta la suma de S/. 500.00 Nuevos Soles; monto que es avalado por la Dirección Municipal mediante Memorándum Nº 749-2002-MDLO/DM; Que, el artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades - Ley Nº 23853 preceptúa que los Alcaldes ejercen sus funciones mediante Decretos y Resoluciones, mientras que el artículo 111º del mismo cuerpo legal señala que los Decretos, entre otros, resuelven o regulan asuntos de or- den general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 47º inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, el monto de pago o die- ta por la suma de S/. 500.00 Nuevos Soles, que deberán percibir los Delegados de los Colegios de Arquitectos e In- genieros, por los fundamentos esgrimidos en la parte con- siderativa del presente. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección Muni- cipal, Dirección de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 21697 Disponen restringir estacionamiento vehicular a terceros en zonas asigna- das correspondientes a la Urbanización "Villa Los Ángeles" DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2002/CDLO Los Olivos, 28 de octubre del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: Los informes Nº 240-2002/MDLO/DDU/DSU- LC-TP, Nº 053-2002/MDLO/DDU/DSU-LC-TP de la División de Servicios Urbanos, Licencia de Construcción y Trans- porte Público; Nº 476-2002/MDLO/OAL de la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú (modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Consti- tucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre la descentrali- zación) reconoce la autonomía política, económica y admi- nistrativa de las Municipalidades en los Asuntos de su Com- petencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el artículo 10º inciso 5); establece como función de la Muni- cipalidad el de regular el transporte colectivo, la circulación y el tránsito; Que el artículo 69º inciso 4) señala como fun- ción de las municipalidades la de organizar y mantener lossistemas de señales y semáforos y regular el tránsito urba- no de peatones y vehículos; Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre - Ley Nº 27181 en su Título II, artículo 18º inciso 18.1, litera- les b y c, establece como competencia de las Municipalida- des Distritales en materia de tránsito, la gestión y fiscaliza- ción dentro de su jurisdicción, en concordancia con las dis- posiciones que emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales pertinentes. En materia de vialidad la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, con- forme al reglamento nacional respectivo; asimismo, son competentes para construir, rehabilitar, mantener o mejo- rar la infraestructura vial que se encuentre bajo su jurisdic- ción; Que, estando a lo expuesto de conformidad con lo dis- puesto en la Ordenanza Nº 059-94-MLM; Ordenanza Nº 341-2001, Artículo Quinto y en uso de las facultades confe- ridas por el artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 23853 y Ley del Procedimiento Administra- tivo General - Ley Nº 27444; RESUELVE: Artículo Primero.- RESTRINGIR el estacionamiento vehicular a terceros en las tres zonas asignadas como es- tacionamiento vehicular (Psj. López Albújar, calle Santa Cruz de Pachacútec; Psj. F. Pardo y Aliaga) dentro de la urbani- zación "Villa Los Ángeles" y permitir sólo el uso exclusivo para los propietarios que conforman esta urbanización en el siguiente horario: desde las 06.00 hasta las 22.00 horas. Artículo Segundo.- Los propietarios de los vehículos que no acrediten como domicilio fiscal en la jurisdicción de la urbanización "Villa Los Ángeles", serán sancionados y sus unidades conducidas al depósito municipal. Las unida- des en estado de abandono serán trasladadas al depósito municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la División de Seguri- dad Ciudadana y Policía Municipal, en coordinación con el Programa de Defensa Civil velar por el cumplimiento del presente decreto, pudiendo solicitar para tal efecto el auxi- lio de la Policía Nacional; y a la Unidad de Imagen Institu- cional la difusión del presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 21698 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban habilitación urbana de terre- no ubicado en el distrito RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 017-2002-MSB-GG San Borja, 6 mayo del 2002 EL GERENTE GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO: Los expedientes N° 10459-01, Co. N° 716-02, seguido por la Asociación de Propietarios de la Urb. "San Juan Masías" - San Borja, con los cuales, solicitan la apro- bación de la Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Re- gularización para uso Residencial de densidad Media R-4, del terreno de 15,328.87m2. del Lote A, de la súpermanza- na "F" del Conjunto Habitacional Las Torres de San Borja, ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departa- mento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 3º y la Segunda Dispo- sición Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878, vigente desde el 21 de noviembre de 1997, corresponde a las Municipalidades Dis- tritales en el ámbito de su respectiva jurisdicción, conocer y aprobar la solicitud de Habilitación Urbana, a partir de la vigencia de la Ley, incluyendo los casos de Regularización de Habilitaciones pendientes o en trámite. Que, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas del distrito de San Borja, en acuerdo N° 01-2002-CTD-