Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2002 (08/12/2002)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de diciembre de 2002

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Declaran la nulidad de procesos de adjudicacion de menor cuantia convocados para la adquisicion de mobiliario de oficina e implementacion del sistema de cableado estructurado
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 028-CND-P-2002 San MORDAZA, diciembre del 2002. VISTO: El Informe Nº 001-CND-OAJ-2002, en el cual se emite opinion sobre la consulta formulada por el Area de Logistica, respecto a la posibilidad de invitar a mas de un postor en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 00042002-CND-EXO "Adquisicion de Mobiliario para Oficina". CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 016-CND-P-2002, el Consejo Nacional de Descentralizacion exonero de MORDAZA de seleccion, la adquisicion de mobiliario de oficina; Que, con fecha 29 de noviembre del 2002, se invito a los postores Nogal S.A., Open Space S.A., Canziani S.A., Decorlux S.A.C y Mantto S.R.L., para items 1 y 2 de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0004-2002-CND-EXO, para contratar la adquisicion de mobiliario de oficina para el Consejo Nacional de Descentralizacion, por un valor referencial de S/. 440,000.00 (Cuatrocientos Cuarenta Mil y 00/ 100 Nuevos Soles); Que, el 4 de diciembre del presente ano, presentaron sus propuestas las empresas, Nogal S.A., Open Space S.A., Canziani S.A. y Mantto S.R.L.; Que, evaluadas las propuestas, se otorgo la buena pro de los items 1 y 2 de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0004-2002-CND-EXO a las empresas Canziani S.A. y Open Space S.A., respectivamente; Que, mediante Memorandum Nº 002-2002-CND/LOG, de fecha 5 de diciembre del 2002, el Area de Logistica realizo una consulta al Area Legal sobre la factibilidad de invitar a mas de un proveedor en un MORDAZA exonerado; Que, del estudio del caso, se advierte que con fecha 29 de noviembre del 2002 se invito a mas de un postor para los items 1 y 2 de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0004-2002-CND-EXO, la misma que tenia por finalidad adquirir el mobiliario de oficina para el Consejo Nacional de Descentralizacion; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, relativo al procedimiento para los procesos exonerados, establece que: "De producirse los supuestos senalados en los articulos 19º y 32º de la Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda"; Que, de conformidad con el Acuerdo Nº 008/005, MORDAZA por el Acuerdo Nº 011/007, emitidos por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que constituye causa de nulidad de los procesos de seleccion, los casos en que habiendose declarado en situacion de urgencia o emergencia de acuerdo a la Ley, las Entidades incumplan lo dispuesto por el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, dichos acuerdos constituyen criterios que sientan precedentes de observancia obligatoria; Que, atendiendo a lo anterior, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que en los casos de exoneracion de MORDAZA de seleccion la Entidad debera obtener una cotiza-

Que, en el MORDAZA del Programa de Fortalecimiento de la Supervision que viene realizando la Superintendencia de Banca y Seguros, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo a traves del Componente II "Capacitacion del Personal de la Superintendencia de Banca y Seguros involucrado en la supervision de instituciones microfinancieras" - Cooperacion Tecnica No Reembolsable ATN-MT-6634-PE, se ha considerado conveniente llevar cabo una pasantia en la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, a fin de intercambiar informacion sobre la experiencia de ambos paises sobre esta materia; Que, la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, ha confirmado la realizacion de la citada pasantia para dos funcionarios de la Superintendencia de Banca y Seguros, la misma que se realizara del 9 al 14 de diciembre de 2002 en las ciudades MORDAZA y Cochabamba, Bolivia; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-02, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2002, estableciendose en el numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2002; Que, se ha considerado conveniente designar, en esta oportunidad, a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" de la Superintendencia Adjunta de Banca, para que en representacion de nuestra institucion participe en la referida pasantia; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable ATN-MT-6634PE suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2002, Nº SBS-DIR-ADM-085-02; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" de la Superintendencia Adjunta de Banca, a las ciudades MORDAZA y Cochabamba - Bolivia, del 8 al 15 de diciembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo, las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable ATN-MT-6634-PE suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (pasajes) US$ Tarifa CORPAC 107,28 50,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 21514

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