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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 234772 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM de fecha 24 de abril de 2002, se dispuso la absorción de la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, la Comi- sión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras - CONI- TE y de la Gerencia de Promoción Económica de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ, por la Dirección Ejecu- tiva FOPRI, pasando a denominarse esta entidad Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN; Que, entre los días 8 y 13 de diciembre de 2002, se desarrollará la XIX Reunión del Grupo de Negociaciones sobre Inversiones (GNIN-ALCA), en el marco de las nego- ciaciones para establecer el Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA, realizándose de manera previa una re- unión de coordinación a nivel de las delegaciones de la Comunidad Andina el día 08 de diciembre del año en curso en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, en tal sentido, es conveniente designar a una persona para que en representación de PROINVERSIÓN, participe del referido evento, donde se tratarán temas relevantes sobre la negociación del capítulo de inversiones del ALCA y que corres- ponde a la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVER- SION-, formular, proponer y ejecutar la política nacional de tra- tamiento a la inversión privada, así como coordinar y negociar los convenios internacionales de inversión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3. del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Alberto Herrera Perret, en calidad de representante de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, a la ciu- dad de Panamá, República de Panamá, del 8 al 13 de di- ciembre, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo se efectuarán con cargo al Presu- puesto de la Unidad Ejecutora 007, Agencia de Promoción de la Inversión, del Pliego 009 del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 424.80 Viáticos :US$ 1200.00 T.U.U.A. :US$ 25.00 Artículo 3º.- El funcionario antes mencionado, en el pla- zo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe a la Dirección de Atención y Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN y al Ministro de Economía y Finanzas y titular del sector al cual se encuentra adscrita la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21675 Modifican el artículo 2º de la R.M. Nº 474-2002-EF/43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 524-2002-EF/43 Lima, 5 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 474-2002-EF/ 43, se exoneró al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Concurso Público para la Contratación del Ser- vicio de Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garan- tías, como Operador del Programa y emisor de pólizas de seguro de crédito de exportación a los intermediarios fi- nancieros que otorguen créditos de preembarque a las Pe- queñas y Medianas Empresas Exportadoras que califiquen en dicho programa;Que, es necesario modificar el artículo 2º de la Resolu- ción Ministerial antes citada, en lo que corresponde a la Dependencia encargada de realizar las acciones para la contratación exonerada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislati- vo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Legislativo Nº 183 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 474-2002-EF/43, de acuerdo a lo siguiente: "Determinar que las dependencias del Ministerio de Economía y Finanzas que se encargarán de realizar las acciones para el proceso de la Adjudicación de Menor Cuan- tía Nº 08-2002-EF/43, serán: a. La Oficina General de Administración, en lo que se refiere al procedimiento administrativo; y, b. La Dirección General de Asuntos Económicos y So- ciales, en lo que se refiere a la parte técnica." Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21676 Modifican la R.M. Nº 139-95-EF/10, me- diante la cual se dictaron disposiciones referidas al procedimiento administra- tivo para la emisión y redención de Bonos de Reconocimiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 525-2002-EF Lima, 5 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10 se dictan las disposiciones referidas al procedimiento ad- ministrativo para la emisión y redención de los Bonos de Reconocimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-97-EF/10 se modifica la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10, que aprobó disposiciones referidas al procedimiento administra- tivo para la emisión y redención de los Bonos de Reconoci- miento; Que, el Artículo Primero de la Resolución Ministerial Nº 174-97-EF/10 establece que la emisión de las Constancias señaladas en el primer párrafo del Artículo 2º de la Resolu- ción Ministerial Nº 139-95-EF/10 será autorizada mediante Resolución Jefatural de la Oficina de Normalización Previ- sional y serán suscritas por dos (2) funcionarios designa- dos mediante Resolución Jefatural; Que, el Artículo Segundo de la Resolución Ministerial Nº 174-97-EF/10 dispone que la emisión de los Títulos será autorizada por Resolución Jefatural y deberán ser suscri- tos por el Jefe y un funcionario designado mediante Reso- lución Jefatural de la Oficina de Normalización Previsional, mediante mecanismos de "Firma Digitalizada"; Que, resulta necesario modificar los artículos citados en los considerandos precedentes en mérito a que el proceso para la emisión y redención de los Bonos de Reconocimiento se viene desarrollando conforme al cronograma previsto y dado que éste podría verse perjudicado ante la ausencia del Jefe de la Oficina de Normalización Previsional; y, Estando a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10, la Resolución Ministerial Nº 174-97-EF/10 y el Decreto Supremo Nº 180-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifícase el segundo párrafo del Artículo Segundo de la Resolución Ministerial Nº 139-95- EF/10, modificado por la Resolución Ministerial Nº 174-97- EF/10 el cual a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo quedará redactado de la siguiente manera: "La Emisión de las Constancias señaladas en el párrafo anterior será autorizada mediante Resolución Jefatural de la