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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 234773 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de diciembre de 2002 Oficina de Normalización Previsional y serán suscritas por 2 (dos) funcionarios designados mediante Resolución Jefatural. Tales facultades podrán ser delegadas al Gerente General. En ausencia o vacancia del Jefe de la Oficina de Norma- lización Previsional, la autorización para la emisión de las Cons- tancias y la designación de los funcionarios que suscribirán las mismas, podrá darla el Gerente General de esta entidad a tra- vés de la correspondiente Resolución de Gerencia General." Artículo Segundo.- Modifícase el último párrafo del Artículo Segundo de la Resolución Ministerial Nº 139-95- EF/10, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "La Oficina de Normalización Previsional remitirá a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, dentro de los 10 (diez) días calendario siguientes a la emisión de las Constancias, copia de la Re- solución Jefatural o en su defecto de la Resolución de Ge- rencia General de la Oficina de Normalización Previsional y del Acta de emisión debidamente suscrita y numerada." Artículo Tercero.- Modifícase el segundo párrafo del Artículo Tercero de la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/ 10, modificado por la Resolución Ministerial Nº 174-97-EF/ 10 el cual a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo quedará redactado de la siguiente manera: "La Emisión de los Títulos será autorizada por Resolu- ción Jefatural y deberán ser suscritos por el Jefe y un fun- cionario designado mediante Resolución Jefatural de la Oficina de Normalización Previsional mediante mecanismos de Firma Digitalizada. Tales facultades podrán ser delega- das al Gerente General" En ausencia o vacancia del Jefe de la Oficina de Norma- lización Previsional, la Emisión de los Títulos podrá ser au- torizada por Resolución de Gerencia General y deberán ser suscritos por el Gerente General y un funcionario designa- do mediante Resolución de Gerencia General de la Oficina de Normalización Previsional." Artículo Cuarto.- Modifícase el último párrafo del Artícu- lo Tercero de la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "La Oficina de Normalización Previsional remitirá a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, dentro de los 10 (diez) días calendario siguientes a la emisión de los Títulos, copia de la Resolu- ción Jefatural o en su defecto de la Resolución de Gerencia General de la Oficina de Normalización Previsional y del Acta de emisión debidamente suscrita y numerada." Artículo Quinto.- Derógase la Resolución Ministerial Nº 174-97-EF/10. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21677 ENERGÍA Y MINAS Otorgan concesión temporal a empresa para desarrollar estudios relacionados con actividades de transmisión de ener- gía eléctrica en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 567-2002-EM/DM Lima, 2 de diciembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 24126702, sobre otorgamiento de concesión temporal para desarrollar estudios relaciona- dos con la transmisión de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por Minera Aurífera Retamas S.A., persona ju- rídica inscrita con la partida electrónica Nº 11013081 de la Oficina Registral de La Libertad - Oficina de Trujillo; CONSIDERANDO: Que, el peticionario ha solicitado, conforme a las nor- mas sobre la materia, se le otorgue concesión temporalpara realizar estudios sobre transmisión de energía eléctri- ca, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas que figuran en el expediente; Que, la Dirección General de Electricidad luego de ha- ber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844, y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 128-2002-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a Minera Au- rífera Retamas S.A., que se identificará con código Nº 24126702, para desarrollar estudios relacionados con las actividades de transmisión de energía eléctrica, por un pla- zo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- La concesión temporal que se otorga con- forme al artículo anterior, está ubicada en los distritos de Buldibuyo y Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, de acuerdo al cuadro siguiente: Salida / Llegada de Tensión Nº de Longitud Servi- línea de transmisión (kV) Terna (km.) dumbre SE BULDIBUYO - SE LLACUABAMBA 138 01 13 no tiene Artículo 3º.- El Concesionario está obligado a desarro- llar los estudios respetando las normas técnicas y de segu- ridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844; su Reglamento, aproba- do por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, demás normas legales pertinentes. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cum- plimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el De- creto Supremo Nº 009-93-EM, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del intere- sado, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 21478 MINCETUR Modifican anexo de resolución median- te la cual se autorizaron y registraron diversas memorias de sólo lectura de la empresa Bally Gaming Inc. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 243-2002-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 29 de noviembre del 2002 Visto, el Expediente Nº 002828-2002-MINCETUR pre- sentado por la empresa Bally Gaming Inc., en el que solici- ta la modificación de la Resolución Directoral Nº 063-2002- MINCETUR/VMT/DNT; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 063-2002- MINCETUR/VMT/DNT de fecha 26.8.2002 se autorizaron y registraron diversas memorias de sólo lectura de la misma empresa solicitante individualizadas con los Registros A0004151 a A0004171; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, los errores material o aritméticos de los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;