Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2002 (15/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de diciembre de 2002

Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, y se sujetaran a la Directiva que para tal efecto emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. 28.3 El valor del MORDAZA de Productividad a que se refiere el numeral precedente sera igual al de una planilla mensual de caracter continua, siendo atendido el setenta y cinco por ciento (75%) con cargo a los ahorros que se produzcan en la gestion del presupuesto institucional de la entidad, y la diferencia con la asignacion presupuestal a ser transferida conforme a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209. 28.4 Los Convenios de Administracion por Resultados seran remitidos por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, dentro de los quince (15) dias habiles de suscritos. Articulo 29º.- Aprobacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal Los MORDAZA para Asignacion de Personal - CAP, se aprueban mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego, previo informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. En el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos, con excepcion del Banco Central de Reserva del Peru, la Superintendencia de Banca y Seguros y los Gobiernos Regionales, estos se aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego, previa opinion favorable de la citada Secretaria. Articulo 30º.- Aprobacion del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos y MORDAZA normativo de las Entidades de Tratamiento Empresarial 30.1 Apruebase el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de las Entidades de Tratamiento Empresarial, ascendente a la suma de UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ . 1 263 360 281,00), conforme al detalle siguiente:
Ingresos Recursos Directamente Recaudados Egresos - Gastos Corrientes - Gastos de Capital - Servicio de la Deuda S/. 1 263 360 281 1 263 360 281 S/. 1 263 360 281 1 226 937 363 35 482 918 940 000

sulten necesarias para la ejecucion presupuestaria del ano 2003 o que se deriven de la necesidad de precisar la aplicacion de lo establecido en el presente articulo en el MORDAZA de la normatividad vigente. c) La mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del ano fiscal 2003, asi como la incorporacion de nuevas Entidades o Empresas Municipales, resultantes de creacion, fusion o formalizacion, en los alcances del presente articulo. 30.3 Prohibase cualquier transferencia de partidas o asignaciones presupuestarias con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor de las Entidades comprendidas en el presente articulo. 30.4 Las Entidades de Tratamiento Empresarial comprendidas en el Tomo V de la presente Ley, aprueban o modifican su Cuadro para Asignacion de Personal - CAP mediante Resolucion Suprema. 30.5 La Evaluacion Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial comprendidas en el presente articulo, se efectua a nivel financiero y de metas, de acuerdo a lo siguiente: 1. A cargo del Ministerio de Economia y Finanzas a. Evaluacion Financiera, al primer semestre dentro de los cuarenta y cinco (45) dias calendario siguientes a su vencimiento. b. Evaluacion Anual, dentro de los cuarenta y cinco (45) dias calendario siguientes de vencido el ejercicio presupuestario. 2. A cargo de las Entidades a. Evaluacion al Primer Semestre, dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes de vencido el semestre. b. Evaluacion Anual, dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes de vencido el ejercicio presupuestario. Las evaluaciones de las mencionadas Entidades, se presentan dentro de quince (15) dias calendario siguientes de efectuadas al Titular del Sector al cual pertenecen, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica y a la Contraloria General de la Republica. Asimismo, se presentan en un plazo que no exceda de los cinco (5) dias calendario siguientes de efectuadas, a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Articulo 31º.- Presupuesto Consolidado de las empresas sujetas al FONAFE 31.1 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27170 y sus modificatorias, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, regula el MORDAZA presupuestario de las empresas bajo su ambito y aprueba mediante Acuerdo de su Directorio el presupuesto consolidado de dichas empresas, dentro del plazo establecido en el articulo 21º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209. Dicho Acuerdo y el presupuesto consolidado deben ser publicados MORDAZA del 31 de diciembre del ano 2002, en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encuentra sujeto bajo el ambito del FONAFE y por ende dentro de los alcances de la presente disposicion, el Seguro Social de Salud ESSALUD y las empresas en las que este participa mayoritariamente. 31.2 La evaluacion presupuestaria del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y de las empresas sujetas a su ambito, sobre su situacion economica, financiera y de metas, se efectua en periodos trimestrales, dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes de vencido el trimestre. Dicha evalua-

La desagregacion por Entidad de los montos arriba senalados, se detalla en el Tomo V conforme a lo siguiente: Descripcion Anexo

- Distribucion Institucional del Gasto por Grupo Generico de Gasto - Gasto por MORDAZA de Financiamiento y Grupo Generico de Gasto

T U

30.2 Autorizase al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y a propuesta de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, apruebe lo siguiente: a) Los presupuestos de las Empresas Municipales, Organismos Publicos Descentralizados de los Gobiernos Locales y Fondos creados por dispositivo legal expreso que cuentan con personeria juridica, asi como las entidades que los administran, siempre que estas no reciban transferencias de la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios". b) Las normas de las Entidades de Tratamiento Empresarial, relacionadas con el MORDAZA presupuestario, austeridad y racionalidad en el gasto, suscripcion de convenios de gestion y/ o convenios de administracion por resultados, politica remunerativa y otras medidas que re-

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