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Pág. 235857 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de diciembre de 2002 Artículo 2º.- Declarar desierto el Concurso Público In- ternacional Nº 001-2002- FAP/GRUP3 en lo referente al ítem II, al quedar válida sólo una oferta. Artículo 3º.- Remitir los actuados al Tribunal de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Poner en conocimiento del Procurador Publi- co del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos de la Fuerza Aérea del Perú todo lo actuado para que se tomen las acciones legales, civiles y penales a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22833 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2003 de las Empresas Municipales y Organismos Públicos Descentralizados de los Go- biernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 196-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado- establece que las entidades que conforman la actividad empresarial del Estado así como las empresas pertenecientes a los Gobiernos Locales deben pro- gramar y formular sus respectivos presupuestos en base a las directivas que emita el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 33º de la Ley Nº 27806 -Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública, señala que las entidades del Sector Público cuyo presupuesto no forme parte del Presupuesto General de la República, deben apro- bar éste a más tardar el 15 de diciembre del año previo a su entrada en vigencia, por el órgano correspondiente es- tablecido en las normas vigentes; Que, el artículo 30º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, precisa que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se aprobará el Presupuesto de las Empresas Municipales, Organismos Públicos Descen- tralizados de los Gobiernos Locales y Fondos creados por dispositivo legal expreso que cuentan con personería jurí- dica, así como las entidades que los administran, siempre que éstas no reciban transferencias de la fuente de finan- ciamiento “Recursos Ordinarios”; Que, asimismo la precitada disposición señala que se apro- barán las normas de las Entidades de Tratamiento Empresa- rial, relacionadas con el proceso presupuestario, austeridad y racionalidad en el gasto, suscripción de convenios de gestión y/o convenios de administración por resultados, política remu- nerativa y otras medidas que resulten necesarias para la eje- cución presupuestaria del año 2003 o que se deriven de la necesidad de precisar la aplicación de lo establecido en el cita- do artículo en el marco de la normatividad vigente; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas que le permitan a las Entidades de Tratamiento Empresa- rial, Empresas Municipales, Organismos Públicos Descen- tralizados de los Gobiernos Locales y Fondos regular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2003; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el artículo 30º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2003, el artículo 21º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y el artículo 33º de la Ley Nº 27806 -Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública; DECRETA : Artículo 1º.- Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2003, de las Empresas Munici- pales y Organismos Públicos Descentralizados de los Go-biernos Locales, de acuerdo a la estructura y montos si- guientes: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS Ingresos Corrientes 970 380 037 Ingresos de Capital 3 738 604 Donaciones y Transferencias 57 049 710 Financiamiento 60 882 274 -------------------- TOTAL INGRESOS 1 092 050 625 =========== (EN NUEVOS SOLES) EGRESOS Egresos Corrientes 754 702 325 Egresos de Capital 227 230 829 Servicio de la Deuda 36 555 212 Resultado 73 562 259 -------------------- TOTAL EGRESOS 1 092 050 625 =========== Artículo 2º.- El desagregado del Presupuesto aproba- do en el artículo precedente, a nivel de Empresa Municipal y Organismo Público Descentralizado de los Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente norma legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Ingresos por Categoría del Ingreso Anexo Nº 01 Egresos por Categoría del Gasto Anexo Nº 02 Artículo 3º.- Los Titulares de las Entidades comprendi- das en el artículo 1º de la presente norma legal, así como en el Tomo V de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, aprueban median- te Resolución o Acuerdo de Directorio, según correspon- da, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2003 y lo presentan a la Dirección Nacional del Pre- supuesto Público a más tardar el 31 de diciembre del año 2002. Para tal efecto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público remite a las Entidades de Tratamiento Empresarial, el desagregado de los Ingresos y Egresos, a nivel de Cate- goría del Ingreso y de Categoría del Gasto, mediante un Reporte denominado "Aprobación Institucional del Presu- puesto para el Año Fiscal 2003”. Copia de la Resolución o Acuerdo de Directorio a que se hace referencia en el primer párrafo, así como de los Formatos y Anexos establecidos para tal fin en la Directiva para la Aprobación del Presupuesto de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial, Empresas Munici- pales y Organismos Públicos Descentralizados de los Go- biernos Locales para el Año Fiscal 2003, se presentan a más tardar el 31 de diciembre, a la Comisión de Presu- puesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Artículo 4º.- Para efecto del presente Decreto Supre- mo entiéndase como “Entidades de Tratamiento Empresa- rial” a aquellas comprendidas en el Tomo V de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 así como a las Empresas Municipales y Orga- nismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Loca- les. Artículo 5º.- Mediante Resolución Directoral la Direc- ción Nacional del Presupuesto Público aprueba los linea- mientos técnicos y procedimientos que regulan el proceso presupuestario y de los Convenios de Administración por Resultados para el Año Fiscal 2003. Artículo 6º.- En periodos trimestrales y mediante De- creto Supremo se aprueba la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecu- ción presupuestaria del Año Fiscal 2003, así como la crea- ción, fusión o formalización de nuevas Entidades de Trata- miento Empresarial, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para el Proceso Presupuesta- rio de las Entidades de Tratamiento Empresarial, Empre- sas Municipales y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2003. Artículo 7º.- Para la aplicación de las modalidades de contratación y adquisición establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los topes máximos totales para las Entidades de Tratamiento Empresarial a que se refiere el artículo 9º del Reglamento de la citada norma aprobado con Decreto Supremo Nº 013-