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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (27/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 235947 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de diciembre de 2002 te el plazo de vigencia de la misma. Al término de la concesión pasarán, sin pago alguno, al dominio del or-ganismo municipal concedente. (Artículo 44º de la Ordenanza Nº 098, modificado por la Ordenanza Nº 381) Artículo 50º.- El contrato de concesión contendrá como mínimo: a) La identificación de las partes; b) El objeto de la concesión, con una breve descrip- ción del proyecto; c) El plazo de vigencia de la concesión;d) Los plazos parciales de cumplimiento de las eta- pas del proyecto, de ser el caso; e) Los derechos y obligaciones del concesionario;f) Las atribuciones del organismo municipal conce- dente; g) La autorización específica sobre la facultad de reali- zar la obra directamente o por medio de terceros; h) La determinación del sistema de tarifas u otros pa- gos previstos como retribución por los servicios presta-dos; i) La formula de revisión del sistema de tarifas u otros cobros previstos como retribución por los servicios pres-tados; j) Los beneficios adicionales que percibirá el conce- sionario por la prestación de servicios complementarios,tales como servicios turísticos, autoservicios, publicidady otros; k) Los mecanismos que aseguren al concesionario la percepción de los ingresos por tarifas u otros cobrosprevistos como retribución por los servicios prestados,de acuerdo con la naturaleza de la concesión; l) Las garantías que otorga el concesionario confor- me a lo previsto en las bases; m) La forma y el plazo dentro del cual el concesiona- rio estará obligado a restablecer las servidumbres quehubiera modificado durante la ejecución y explotaciónde la obra; n) La forma y el plazo para hacer efectiva la cofinancia- ción de la obra, en el caso de concesiones cofinanciadaspor el organismo municipal concedente; o) El seguro contratado por el concesionario en caso de destrucción parcial o total de la obra; p) El sometimiento a arbitraje, de ser el caso;q) La penalidad aplicable en caso que el organismo municipal concedente suspenda, deje sin efecto o modifi-que la concesión por causal no prevista en la ley o en elcontrato; y, r) Las causales de suspensión y caducidad del con- trato. Asimismo se podrá incluir las penalidades por incumplimiento de las obligaciones del concesionario. (Artículo 45º de la Ordenanza Nº 098)Artículo 51º.- Los contratos de concesión podrán contener cláusulas que estipulen la indemnización a lacual tendrá derecho el concesionario en caso que el or-ganismo municipal concedente suspenda, deje sin efec-to o modifique la concesión por causal no establecida enlos Artículos 48º y 49º del presente Reglamento. (Artículo 10º de la Ordenanza Nº 381)Artículo 52º.- Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 40º del presente Reglamento, la etapa de cons-trucción, reparación y conservación se sujetará al si-guiente régimen: a) Las aguas, minas o materiales que aparecieran, como consecuencia de la ejecución de las obras públi-cas de infraestructura, no se considerarán incluidas enla concesión, y su utilización por el concesionario se re-girá por la legislación de la materia. b) Cuando el incumplimiento de los plazos parciales o totales obedeciera a acción u omisión del organismomunicipal concedente, tales plazos se entenderán ex-tendidos al del entorpecimiento o paralización, sin per- juicio de las compensaciones correspondientes. c) El concesionario deberá desplegar sus activida- des, observando la legislación de la materia que prote-ge el patrimonio cultural y arqueológico de la Repúblicadel Perú. (Artículo 10º de la Ordenanza Nº 381) Artículo 53º.- Son causales de suspensión del contrato de concesión las siguientes: a) Los casos de guerra externa, guerra civil, caso fortuito o fuerza mayor que impidan la ejecución de laobra o la explotación del servicio; b) La destrucción de la obra o de sus elementos de modo que resulte imposible su utilización por determina-do período, en los términos señalados en el contrato; y, c) Otras causales expresamente establecidas en el contrato. (Artículo 46º de la Ordenanza Nº 098, modificado por la Ordenanza Nº 381) Artículo 54º.- Durante el período de suspensión, se interrumpe el cómputo del plazo de vigencia del contra-to. Desaparecida la causa de la suspensión, el concesio-nario procederá a evaluar los daños y perjuicios ocasio-nados, sin perjuicio de la concurrencia de las partes con-tratantes a fin de lograr la reanudación del servicio, de acuerdo a lo previsto en las bases. (Artículo 47º de la Ordenanza Nº 098)Artículo 55º.- En caso de destrucción de la obra du- rante su etapa de ejecución o explotación, el concesio- nario está obligado a su reparación total, de acuerdo a su obligación de contratar el seguro correspondiente. (Artículo 48º de la Ordenanza Nº 098)Artículo 56º.- Son causales de caducidad del contra- to de concesión las siguientes: a) El vencimiento del plazo por el que se otorgó; b) El incumplimiento de las obligaciones del conce- sionario cuya violación haya sido expresamente estable-cida como causal de caducidad en el contrato; c) Acuerdo entre el organismo municipal concedente y el concesionario; d) Quiebra del concesionario, caso en el cual se producirá a su vez la pérdida en favor del organismomunicipal concedente de las garantías constituidas porel concesionario en el contrato de concesión. e) Otras causales expresamente señaladas en el contrato. (Artículo 49º de la Ordenanza Nº 098, modificado por la Ordenanza Nº 381) TÍTULO IV DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Artículo 57º.- En cada organismo municipal conce- dente se constituirá un Comité de Recepción de Obras, el cual estará integrado por tres (3) profesionales, uno de los cuales lo presidirá. Los miembros del Comité, asícomo el profesional que lo preside, serán designadospor resolución del Titular de dicho organismo. El comitétendrá la función específica que se señala en el artículosiguiente. (Artículo 50º de la Ordenanza Nº 098) Artículo 58º.- El concesionario deberá solicitar al Co- mité de Recepción de Obras la autorización para la pues-ta en servicio de la obra, con una anticipación no menor de quince (15) días a la fecha programada para la men- cionada puesta en servicio.