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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (29/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 236063 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de diciembre de 2002 Las partidas que integran el GIP se establecen en el Formato 4E - Presupuesto de Ingresos y Egresos del Anexo 1. 5.1.1. En aquellas Entidades cuyo giro principal esté directamente relacionado con la contratación de perso- nal, se deberán consignar por separado los gastos depersonal directamente relacionados con los servicios pro- ducidos, de aquellos que no lo son. Los primeros, debe- rán ser reportados bajo el numeral 2.9 “Otros” del Forma-to 4E del Anexo 1. 5.1.2. El monto ejecutado del GIP para el ejercicio 2003, no podrá exceder el GIP autorizado mediante elpresupuesto aprobado. 5.2. Cuadro de Asignación de Personal - CAP y Recategorización. Se prohíbe el incremento de plazas del Cuadro de Asignación de Personal - CAP y la recategorizacion de cargos. Se entiende por recategorización la variación en el nivel o categoría ocupacional de un trabajador, sin queexista una modificación en sus labores y/o responsabili- dades. Las plazas del Cuadro de Asignación de Personal - CAP, en ningún caso, podrán ser ocupados por personas contratadas mediante contrato de locación de servicios o personal destacado por una empresa de servicios es-peciales y cooperativas de trabajadores. 5.3. Remuneraciones y otros ingresos de origen laboral Las Entidades podrán incrementar remuneraciones conforme la política remunerativa aprobada. Los incrementos que se otorguen en ningún caso oca- sionarán que las remuneraciones superen los montosestablecidos en los respectivos Decretos Supremos, Re- soluciones Supremas, Acuerdos de Directorio de FONA- FE, u otras normas o documentos formales. Las Entidades no podrán otorgar reajustes de benefi- cios sociales, nuevas condiciones de trabajo, asignacio- nes, bonificaciones, gratificaciones extraordinarias o cual-quier otro beneficio, salvo lo previsto en el numeral 4.3 de la presente Directiva. Los ascensos o promociones no se encuentran com- prendidos dentro de las prohibiciones indicadas en el párrafo anterior. 5.4. Pago de horas extras Sólo se podrán pagar, en efectivo o en compensa- ción, horas extras a los trabajadores que realicen ta- reas estrictamente vinculadas a las operaciones pro- ductivas de bienes o servicios de la Entidad. Tratán-dose de trabajadores no vinculados a las operacio- nes productivas, sólo se podrán pagar horas extras en compensación. 5.5. Contratos de Trabajo y Locación de Servicios Las Entidades están prohibidas de celebrar nuevos contratos de trabajo o contratos de locación de servicios con personas naturales, con excepción de los siguientescasos: a) Contratos de trabajo que se efectúen para cubrir plazas vacantes generadas como consecuencia de la extinción de la relación laboral durante el año 2003. b) Contratos que se celebren con el objeto de susti- tuir a un trabajador cuyo vínculo laboral se encuentra suspendido por uno o más meses. c) Renovación de contratos de trabajo o de locación de servicios. d) Contratos celebrados para la prestación de servi- cios estrictamente vinculados con el incremento de laproducción o inicio de una actividad. e) Suscripción de contratos de locación de servicios para la realización de labores especializadas y no desa-rrolladas por el personal de la Entidad. Los contratos que se celebren contraviniendo lo esta- blecido en el presente numeral, deberán ser resueltos por la Entidad, debiendo asumir los responsables de di- cha contratación los costos y gastos que se generen porla resolución, sin perjuicio de la responsabilidad adminis- trativa a que hubiese lugar. Las Entidades tendrán preferencia en la contratación de trabajadores que hayan prestado servicios anterior-mente en Entidades del Estado, para lo cual deberán establecer los mecanismos necesarios en los procesos de selección de personal. 5.6. Contratos con Empresas de Servicios Espe- ciales y Cooperativas de Trabajadores Se prohíbe la celebración de contratos con empresas de servicios especiales y cooperativas de trabajadores,que tengan por el objeto la prestación de servicios com- plementarios o de alta especialización, que generen un mayor número de personas contratadas respecto a lascontratadas durante el ejercicio 2002, excepto cuando se realicen para atender nuevas actividades operativas y/o administrativas, o nuevas sedes por expansión deatención del servicio. 5.7. Altas y Bajas de PersonalLas Entidades deberán informar, a través del Sistema de Información de FONAFE, las Altas y Bajas del perso-nal que preste servicios a través de contratos de trabajo, contratos de locación de servicios o que se encuentre destacado en virtud de contratos de intermediación labo-ral. Esta obligación se realizará ingresando la informa- ción y efectuando el proceso de “cierre” en el sistema, dentro de los quince (15) días calendario posteriores alúltimo día del mes en que se produzcan. CAPÍTULO VI DE LOS ASPECTOS SOCIETARIOS 6.1. Junta Obligatoria Anual.6.1.1 Las Entidades deberán remitir al FONAFE, los Informes Corto y Largo de Auditoría de los Estados Fi-nancieros al 31 de diciembre del año 2003, en un plazo que no exceda el 27 de febrero del 2004. 6.1.2 La Junta General de Accionistas, de conformi- dad con el artículo 115º de la Ley General de Socieda- des, solicitará al Directorio de la Entidad Auditorías Es- peciales sobre el cumplimiento de las Directivas del FO-NAFE, sobre el cumplimiento de los Convenios de Ges- tión y sobre todo tema que sea de interés de FONAFE. La Auditoría Especial relacionada con las Directivas deFONAFE será remitida conjuntamente con los informes indicados en el numeral 6.1.1 de la presente Directiva. 6.1.3 Las Entidades deberán adoptar las acciones necesarias para cumplir con estas disposiciones. 6.2. Junta General de Accionistas.Para la realización de las Juntas Generales de Accio- nistas, las Empresas deberán remitir al FONAFE la infor-mación sustentatoria de los puntos a tratar y el proyecto de Acta de la Junta respectiva. El FONAFE en coordina- ción con las Empresas fijará la agenda, fecha y hora delas Juntas. Las Empresas deberán remitir al FONAFE una copia del acta de la Junta General de Accionistas, debidamen-te firmada por los representantes del Estado, el Presi- dente y el Secretario, conforme lo dispuesto en la Ley General de Sociedades. 6.3. Conciliación de la Cuenta Capital e Inversio- nes. La conciliación de la Cuenta Capital e Inversiones entre el FONAFE y las Entidades se realizará dos (2) veces alaño. La primera al 30 de junio del 2003 y se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al fin del semestre. La segunda al 31 de diciembre delaño 2003, y se llevará a cabo entre el 1 de enero y el 15 de marzo del año 2004. Las Entidades deberán mantener permanentemente actualizada la información del capital social y de las in- versiones en otras empresas en el módulo de Títulos y Valores del Sistema de Información de FONAFE. No obs-tante lo anterior las Entidades deberán remitir trimestral- mente al FONAFE, dentro de los diecisiete (17) días ca- lendario posteriores al último día de cada trimestre el