Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2002 (11/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de enero de 2002

merciales ubicados en la MORDAZA delimitada en el considerando anterior, hasta que la autoridad municipal lo determine de acuerdo a las recomendaciones del Comite Provincial de Defensa Civil, pudiendo funcionar solo aquellos locales que reunan las condiciones minimas segun lo determinado por el referido Comite; Que, ante el reiterado pedido de los comerciantes de la MORDAZA de emergencia para que se les permita el funcionamiento de sus locales, corresponde a la Administracion Municipal la atencion del mismo, sujetandolo al procedimiento establecido en el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 001-02-MML; Que, para la ejecucion del referido tramite es necesario la conformacion de una Comision que sera responsable de establecer una coordinacion con los comerciantes a fin de efectivizar el funcionamiento temporal de todos aquellos locales que si bien no han cumplido con las disposiciones municipales sobre seguridad, salud y/o autorizacion de funcionamiento se comprometan en un periodo determinado a levantar las observaciones determinadas por el Comite Provincial de Defensa Civil; Que, estando a las facultades otorgadas por la Constitucion Politica del Estado y de conformidad con los Articulos 47º inciso 6) y 111º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Crease una comision especial denominada Comision Mixta de Coordinacion y Trabajo entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y los Comerciantes de la MORDAZA de Emergencia, que tendra como funciones: a) Las coordinaciones entre sus componentes a fin de suscribir un Acta de Compromiso para efectivizar el funcionamiento temporal de sus establecimientos comerciales. b) El seguimiento de los acuerdos adoptados. El Acta de Compromiso sera suscrita por los miembros integrantes de la Comision Mixta de Coordinacion y Trabajo, y por el representante debidamente acreditado de cada una de las agrupaciones o asociaciones de comerciantes y sera de cumplimiento obligatorio. Articulo Segundo.- La Comision Mixta de Coordinacion y Trabajo estara conformada por: - El Presidente del Comite Provincial de Defensa Civil. - El Presidente de la Comision de Operaciones Tecnicas. - El Presidente de la Comision de Ley y Orden. - Un representante del Ministerio Publico. - Un representante de PROMPYME. - Un representante de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, - Los representantes designados de los comerciantes de la MORDAZA declarada de emergencia. Articulo Tercero.- Dispongase que la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor a traves de la correspondiente Resolucion Directoral levante la prohibicion establecida en el Art. 4º del Decreto de Alcaldia Nº 001-02-MML de los locales comerciales que cuentan con la respectiva licencia de apertura de funcionamiento y con las condiciones minimas reglamentarias, teniendo en cuenta el pronunciamiento expreso del Comite de Defensa Civil. Articulo Cuarto.- El presente decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 0608

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen MORDAZA legal del regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo
ORDENANZA Nº 129-MDEA El MORDAZA, 10 de diciembre del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA, en sesion EXTRAORDINARIA de Concejo de fecha 6 de diciembre de 2001, continuada el 10 de diciembre de 2001, ha aprobado por mayoria la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa y, les otorga POTESTAD TRIBUTARIA para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191° de la Constitucion Politica vigente, esta funcion normativa la ejerce a traves de Ordenanzas; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el MORDAZA regimen tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2002, a fin de facilitar su administracion al mismo tiempo su equitativa distribucion y prorrateo entre los contribuyentes del distrito; Estando a lo dispuesto por el Articulo 109° y el numeral 3) del Articulo 36° de la LOM N° 23853, ha dado lo siguiente: ORDENANZA NORMATIVA DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002 EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE EL MORDAZA I. DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION- Se establece en la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2002. Articulo 2º.- CONTRIBUYENTES- Son contribuyentes de los Arbitrios Municipales regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier titulo. Excepcionalmente, cuando la existencia del propietario no puede ser determinada, adquirira la calidad de contribuyente el poseedor del predio. Articulo 3º.- CONDICION DE CONTRIBUYENTELa condicion de contribuyente se configura al primer

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