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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2002 (11/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 215487 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de enero de 2002 diente, cuya fuente de financiamiento son recursos pro- pios de la institución. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de la pre- sente Resolución y de los Informes que sustentan esta exoneración, a la Contraloría General de la República den- tro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del TUO. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e) 0589 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Extienden obligación de presentar la Declaración Andina del Valor conjun- tamente con la Declaración Unica de Aduanas para solicitar la importación de mercancías procedentes de cualquier país RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2002-000051 9 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 000-ADT/2001-002472 se aprobó el Formato de la Decla- ración Andina del Valor (DAV) y su Instructivo denominado INTA-IT.01.07 "Instructivo de la Declaración Andina del Valor", precisándose que este documento debía presen- tarse conjuntamente con la Declaración de Importación denominada "Declaración Unica de Aduanas" para las im- portaciones provenientes de los Países Miembros de la Comunidad Andina; Que, en cumplimiento de lo preceptuado por la Deci- sión Nº 379 de la Comunidad Andina, y de acuerdo a las consideraciones señaladas en el Fax Nº 06-2002-MITIN- CI/VMINCI del Sr. Viceministro de Integración y Negocia- ciones Internacionales, es necesario extender la obligación de la presentación de la Declaración Andina del Valor para las importaciones de mercancías en general que ingresan al país; Que, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica y el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolu- ción de Superintendencia de Aduanas Nº 00226 del 16 de febrero del 2001, y estando a la delegación de facultades contenida en la Resolución de Superintendencia de Adua- nas Nº 01323 de 16 de diciembre de 1999; SE RESUELVE: Artículo Único.- A partir del 11.2.2002, la DECLA- RACION ANDINA DEL VALOR (DAV) cuyo Formato ha sido aprobado mediante la Resolución de Intendencia Nacional Nº 000-ADT/2001-002472, se presentará con- juntamente con la Declaración Unica de Aduanas (DUA: Ejemplares A, B y C debidamente llenados) para efec- tos de solicitar la importación de mercancías, proceden- tes de cualquier país. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 0574ESSALUD Imponen a servidor sanción de destitu- ción (Se publica la presente resolución a solicitud del Se- cretario General de ESSALUD, mediante Carta Nº 059-SG- ESSALUD-2002) RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DEPARTAMENTAL Nº 119-GDAY-ESSALUD-2000 Ayacucho, 17 de mayo de 2000 VISTOS los actuados del proceso Administrativo Disci- plinario seguido contra Miguel Angel Arce Meza por la Co- misión de Falta Grave; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 026-gday-essalud-99 de fecha 10 de marzo de 1999, se aperturó proceso adminis- trativo disciplinario contra don Miguel Angel Arce Meza, del Régimen Laboral Público, por la Comisión de Falta Grave en el ejercicio de sus funciones; Que en el curso de la investigación administrativa se ha comprobado que el procesado en mención ha recibido la suma de S/. 10,000.00, con fecha 17 de abril de 1997, para cubrir gastos de la Macro Región Sur realizado en Huamanga, los días 1, 2 y 3 de mayo de 1997, de cuya suma, al efectuar la rendición de cuentas se apoderó en beneficio propio la suma de S/. 3,530.00, para cuyo fin previamente adulteró las Boletas de Ventas Nºs. 2118 y 2119 de fecha 3 de mayo de 1997 de la Tienda Comercial de Artesanía "La Huamanguina" y las Boletas de Venta Nºs. 1310 y 1311 del Restaurante "El Paraíso"; Que, el descargo emitido por el procesado no desvirtúa los cargos imputados; Que, la Comisión de Falta Grave en la que ha incum- plido el procesado se halla previsto en el Artículo 28º, inci- sos a), f) y l) del Decreto Legislativo Nº 276; En uso de la delegación de funciones conferidas por Ley y estando a la recomendación de la Comisión de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: 1. Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor Miguel Angel Arce Meza, en aplicación de lo dis- puesto por el Artículo 26º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276. 2. NOTIFICAR la presente Resolución al servidor san- cionado MIGUEL ANGEL ARCE MEZA a través de la Uni- dad de Personal con las formalidades de Ley. 3. Comunicar la presente Resolución a la Gerencia Central de Recursos Humanos para su conocimiento y fi- nes. 4. Agregar la presente Resolución en el file personal del servidor sancionado. Regístrese y comuníquese. CESAR G. ROMERO OSORIO Gerente Departamental-Ayacucho 0505 I N E I Aprueban el Cuadro de Méritos de los ingresantes al curso de extensión uni- versitaria "Herramientas Estadísticas para la Medición y el Análisis de las Condiciones de Vida y Pobreza" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 377-2001-INEI Lima, 20 de diciembre del 2001