Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2002 (18/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 18 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 215931

OSINERG
Aprueban Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 0003-2002-OS/CD MORDAZA, 14 de enero de 2002 VISTOS: El Informe Tecnico GART/GT Nº 004-2002 "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados - Analisis de Comentarios Recibidos al Proyecto de Norma", el Informe de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) Nº OSINERG-GART-AL-2002-001 y el Informe de la Asesoria Legal de la Gerencia General de OSINERG Nº 044-2002-OSINERG-AL; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM se establecieron mecanismos de transparencia adicionales en el procedimiento de fijacion de precios regulados a fin de que la informacion utilizada por los Organismos Reguladores este disponible a empresas y usuarios en general; Que, conforme al Articulo 4º del mencionado Decreto Supremo, OSINERG debera establecer, mediante Resolucion de Consejo Directivo, los procedimientos para la fijacion de los distintos precios regulados; Que, conforme al Articulo 25º del Reglamento General de OSINERG, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en razon de lo mencionado en el considerando anterior, el Consejo Directivo, mediante Resolucion OSINERG Nº 3077-2001-OS/CD, dispuso la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB del OSINERG, del proyecto de MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados"; Que, dentro de los plazos establecidos para el efecto se han recibido los comentarios del COES-SINAC, de diversas empresas concesionarias de Generacion, Transmision y Distribucion y de un particular, los mismos que han sido debidamente analizados y, en la mayoria de los casos, incorporados en la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados"; Que, conforme se establece en los Articulos 182º y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante "LPAG"), constituye objeto fundamental de la Audiencia Publica el que terceros puedan expresar opinion sobre el tema tratado en dicho acto publico, de modo tal que puedan ser tomadas en cuenta al momento en que la autoridad administrativa adopte su decision, debiendo la autoridad adoptar el cuidado necesario para que lo expresado por su parte en la Audiencia Publica no constituya adelanto de opinion; Que, en tal razon, resulta necesario adoptar, dentro de los procedimientos administrativos que deben aprobarse en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM, las previsiones del caso a fin de que los asuntos que deban tratarse en Audiencia Publica no contravengan las disposiciones legales vigentes, como lo constituye la LPAG; Que, la implementacion de los procedimientos para Fijacion de Tarifas en MORDAZA y para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision a que se refieren los Anexos A y B de la MORDAZA a aprobarse, requieren la modificacion del Articulo 51º de la Ley de Concesiones Electricas y de los Articulos 119º y 141º de su Reglamento, por cuanto implican cambios en los plazos establecidos en dichas disposiciones legales para dar cumplimiento al mandato expreso de los Articulos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM, que exigen la realizacion de Audiencias Publicas en los procesos regulato-

MORDAZA y la publicacion de la relacion de la documentacion que sustenta los precios regulados en la pagina WEB de los Organismos Reguladores con una antelacion no menor a quince (15) dias calendario a la publicacion de la Resolucion que fija dichos precios; Que, en lo que se refiere al Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision, contenido en el Anexo B de la citada MORDAZA, es necesario contemplar transitoriamente que la modificacion del plazo para la MORDAZA de los Estudios Tecnico Economicos con la propuesta de las tarifas y compensaciones para el ano 2002, asi como los demas plazos senalados en dicho documento, MORDAZA establecidos por el OSINERG, una vez que se efectuen las modificaciones a que se refiere el considerando anterior en razon de que el plazo consignado en el documento (antes del 15 de enero) resulta imposible de cumplir en esta oportunidad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00993-EM y sus modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", asi como su exposicion de motivos, la misma que consta de seis (6) articulos y los Anexos A, B, C, D, E, F y G, la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Mantengase en suspenso la aplicacion de los procedimientos contenidos en los Anexos A y B de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados" hasta que se aprueben las modificaciones del Articulo 51º de la Ley de Concesiones Electricas, aprobada por Decreto Ley Nº 25844, y de los Articulos 119º y 141º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM. Articulo 3º.- La fecha de MORDAZA de los Estudios Tecnico Economicos a que se refiere el Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision, contenido en el Anexo B del documento "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", asi como los plazos senalados en dicho documento, para el ano 2002, seran establecidos por el OSINERG, una vez que se efectuen las modificaciones senaladas en el articulo anterior. Articulo 4º.- Dispongase la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB del OSINERG de la presente Resolucion, de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados" y del Informe Tecnico GART/GT Nº 004-2002 "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados - Analisis de Comentarios Recibidos al Proyecto de Norma". MORDAZA SOLOGUREN CALMET Presidente del Consejo Directivo (e) PROCEDIMIENTOS PARA FIJACION DE PRECIOS REGULADOS Articulo 1º.- Objeto Establecer los procedimientos para fijacion de precios regulados en las actividades de generacion, transmision y distribucion de electricidad, asi como en las actividades de distribucion de gas natural por red de ductos y transporte de hidrocarburos por ductos; Articulo 2º.- Ambito Estan comprendidas dentro del alcance de la presente MORDAZA las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras de electricidad, asi como aquellas otras dedicadas a la distribucion de gas natural por red de ductos y al transporte de hidrocarburos por ductos. Asimismo estan comprendidos los usuarios del servicio publico y aquellos cuyo suministro se efectue en condiciones de competencia.

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