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Pág. 216275 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de enero de 2002 4.- Dispóngase la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de una copia de la misma y del informe que la sustenta a la Contraloría General de la República dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 1634 TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Modifican resolución que autorizó via- je de servidora de ESSALUD a España para participar en pasantía sobre órga- nos y tejidos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2002-TR Lima, 23 de enero de 2002 VISTO: El Oficio Nº 442-SG-ESSALUD-2001 del Secretario General del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 118-2001-TR de fecha 5 de octubre del 2001, publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano el 8 de octubre del 2001, se autorizó el viaje de la señora MAXIMILIANA CACERES SOTO, Enfer- mera de la Unidad de Hemodiálisis del Hospital Nacional Sur-Este del Cusco de la Gerencia de Red Asistencial del Cusco del Seguro Social de Salud (ESSALUD), para reali- zar una PASANTIA EN PROCURA DE ORGANOS Y TEJI- DOS, organizada por el Hospital Universitario La Fe, de 1 de octubre al 30 de noviembre del 2001; Que, por razones de fuerza mayor, la señora MAXIMI- LIANA CACERES SOTO no efectuó el viaje en la fecha prevista, razón por la cual el Consejo Directivo de ESSA- LUD mediante Acuerdo Nº 242-35-ESSALUD-2001, ha determinado la conveniencia de modificar la fecha del viaje de capacitación, a partir del 1 de noviembre al 31 de di- ciembre del 2001; Que, por lo expuesto resulta conveniente modificar la Resolución Suprema Nº 118-2001-TR; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 37º del Decreto Legis- lativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 118-2001-TR, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora MAXIMI- LIANA CACERES SOTO, Enfermera de la Unidad de He- modiálisis del Hospital Nacional Sur-Este del Cusco de la Gerencia de Red Asistencial del Cusco del Seguro Social de Salud-ESSALUD, para realizar una PASANTIA EN PRO- CURA DE ORGANOS Y TEJIDOS, a la ciudad de Valen- cia, España, del 1 de noviembre al 31 de diciembre del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución". Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social 1715M T C Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra empresa por presuntas irregularidades en la construcción de la Unidad de Peaje de Samegua, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2002-MTC/15.02 Lima, 15 de enero de 2002 Visto, el Informe INSP-I- Nº 026-2000-MTC/15.18, Au- ditoría de Gestión al Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, Período Setiembre 1999 - Se- tiembre 2000; CONSIDERANDO: Que, en el Informe INSP-I- Nº 026-2000-MTC/15.18, Auditoría de Gestión al Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, Período Setiembre 1999 - Se- tiembre 2000, se determinó la existencia de deficiencias en la construcción de la Unidad de Peaje de Samegua, ubicada en el departamento de Moquegua, ejecutada por la empresa CIVITAS S.A.; Que, las deficiencias constructivas detectadas fueron comunicadas al Contratista mediante Carta Nº 253-2000- MTC/15.02.SINMAC.GT, notificada el 27 de diciembre de 2000, con el objeto que sean subsanadas, al encontrarse en vigencia el período de garantía de 7 años, sin que hasta la fecha la Contratista haya cumplido con subsanarlas; Que, de conformidad con el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Con- trol, los informes y/o dictámenes resultado de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema cons- tituyen prueba preconstituida para la iniciación de las ac- ciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público de este Ministerio, para que inicie las acciones legales que correspondan contra la citada em- presa, remitiéndose para el efecto los antecedentes perti- nentes; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667, 25862 y 26162; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales que correspondan contra el Contratista CIVITAS S.A., que tuvo a su cargo la construcción de la Unidad de Peaje de Samegua, ubicada en el departamento de Mo- quegua, por los hechos descritos en los considerandos de la presente Resolución, remitiéndose los antecedentes del caso al citado Procurador. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1594 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra empresa contratista por presuntas irregularidades en la construcción de la Unidad de Peaje de Ilo y obras conexas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2002-MTC/15.02 Lima, 21 de enero de 2002