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Pág. 216288 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº K000-IA-2002-005 de fecha 10 de enero, ela- borado por la Oficina Legal, en el que se concluye que resulta procedente la contratación del Estudio Jurídico Javier de Be- launde Abogados, el cual tiene un amplio prestigio profesional, para que asuma la labor de asesoría legal al Directorio y Geren- cia General del Banco Central de Reserva del Perú para asun- tos que son de su competencia regular, de acuerdo a las funcio- nes y atribuciones que le asigna su Ley Orgánica y Estatuto; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Manual de Funciones Genera- les existe en el Banco Central de Reserva del Perú el cargo de Abogado Consultor, el cual tiene como función asesorar al Directorio, a los Comités Especiales, al Presidente y al Ge- rente General en diversos asuntos de carácter jurídico; Que a la fecha no existe en el Banco Central persona que desempeñe dicho cargo; Que dicha labor de asesoría debe ser prestada por un abogado que sea persona de gran prestigio, solvencia moral y amplia experiencia en el ejercicio de la profesión, que garantice, con las opiniones y asesoría que dé, el cumpli- miento de las leyes y la normatividad vigente; Que el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado prescribe que se encuentran exonerados de los procesos de licitación pública, concurso público o adjudicación di- recta los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que según el Artículo 111º del respectivo Reglamento se encuentran exonerados del proceso de selección los con- tratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particu- lares o especiales, o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio, debiendo evaluarse las características o habilidades del locador de manera objetiva y en función de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que el Estudio Javier de Belaunde, Abogados, es una fir- ma de abogados que por su reconocido prestigio y solvencia profesional satisface los requisitos de idoneidad exigidos; brin- da asesoría en diversas áreas del Derecho, tales como dere- cho constitucional, administrativo, bancario, civil, mercantil, tributario, procesal, etc., y prestará sus servicios bajo la con- ducción directa del doctor Javier de Belaunde López de Ro- maña, abogado y catedrático de larga data que goza de reconocimiento por sus calidades personales y profesiona- les, merecedoras de la confianza de este Directorio; Que en el presente caso se cumplen con las exigencias contenidas en el Artículo 113º del citado Reglamento para la exoneración del concurso público, la que debe ser aprobada por el Directorio, por ser la más alta autoridad institucional; De conformidad con el Artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se establece que las contrataciones a que se refiere el Artículo 19º se realizarán mediante un proceso de adjudi- cación de menor cuantía y deberán ser aprobadas median- te resolución del titular del pliego de la entidad, la cual debe- rá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y copia de ella, junto con el informe que la sustenta, deberá remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que la convocatoria a un concurso público para contra- tar el indicado servicio legal podría conllevar la difusión de información relacionada con temas respecto de los cuales se debe guardar estricta confidencialidad, en virtud de lo que establece el Artículo 50º del estatuto del Banco; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de concurso públi- co, por tratarse de un servicio personalísimo, la contrata- ción del Estudio Jurídico Javier de Belaunde, Abogados, para que preste asesoría a la Alta Dirección del Banco Central de Reserva del Perú, a través del doctor Javier de Belaunde López de Romaña. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que contrate los servicios de asesoría jurídica del Estudio Javier de Belaunde Abogados, por el lapso de un año, por un valor referencial mensual de S/. 17 500,00, sin incluir impuesto, mediante un proceso de adjudicación de menor cuantía y con cargo a los recursos de la Institución, lo que suma un total anual de S/. 210 000,00.Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Con- traloría General de la República. RICHARD WEBB DUARTE Presidente 1551 O N P E Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la ONPE para el ejercicio presupuestal 2002 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 005-2002-GAF/ONPE Lima, 18 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Artículo 7º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones consolidando como mínimo la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adquisiciones Directas que se realizarán en el Ejercicio Presupuestal; Que, el numeral 4 del Artículo 7º del Reglamento del Tex- to Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que el Plan Anual aprobado deberá encontrarse a disposición de los in- teresados en la dependencia encargada de las Adquisicio- nes y Contrataciones de la entidad y en la página Web de ésta, debiendo además remitirse a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCO- DE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales - ONPE para el ejercicio presupuestal 2002, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas remita copia de la presente Resolución a PROMPYME dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación y cautele que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se encuentre en las oficinas de la Subgeren- cia de Logística a disposición de los interesados para su revi- sión o adquisición al precio de costo de reproducción. Regístrese, comuníquese, publíquese. IRACEMA LOZANO MENÉNDEZ Gerente de Administración y Finanzas 1657 MINISTERIO PÚBLICO Amplían alcances de la Res. Nº 088- 2002-MP-FN, respecto a la exhumación de fosa individual ubicada en la locali- dad de Viscachayocc, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 130-2002-MP-FN Lima, 23 de enero de 2002