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Pág. 216281 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de enero de 2002 Que, mediante Informes Nºs. 868-2001-MTC/15.19.03.2 y 930-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por la empresa COR- PORACIÓN GESTIÓN S.A. cumple con los requisitos técni- cos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, las Resolucio- nes Ministeriales Nºs. 491-2000 y 276-2001-MTC/15.03; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para ope- rar una estación del servicio de radiodifusión sonora comer- cial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Moque- gua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moque- gua, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :90.1 MHz Indicativo :OBR-6J Potencia :0.5 Kw Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de la Planta :Av. Balta cuadra 2, distrito de Moquegua, provincia de Maris- cal Nieto, departamento de Moquegua. Coordenadas: L.O. 70° 55' 11.9" L.S. 17° 10' 13.0" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento res- pectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autori- zación previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TAVARA MARTIN Viceministro de Comunicaciones 1601 PODER JUDICIAL Autorizan viaje de representantes de la Corte Suprema a los Distritos Judiciales de Arequipa, Cusco, Junín, Lambaye- que y Puno, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 026-2002-P-PJ Lima, 23 de enero del 2002CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de enero del año en curso, la Comi- sión de Justicia del Congreso de la República publicó en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, como aporte para promover el debate público a fin de recoger las opiniones y sugerencias provenientes de dife- rentes Distritos Judiciales del país, resulta necesario que, entre otras medidas, representantes de la Corte Suprema de Justi- cia de la República se constituyan a los distritos judiciales de Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque y Puno; Que haciendo uso de las facultades conferidas por el Artículo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en el presente año judicial, de los señores Vocales Supremos José Antonio Silva Vallejo, Andrés Echevarría Adrianzén y Ramiro de Valdivia Cano; así como del doctor Eloy Espinoza - Salda- ña Barrera, de acuerdo al siguiente cronograma: -Doctor José Antonio Silva Vallejo, Vocal Supremo Miembro de la Comisión Mixta que se encargó de supervi- sar el Anteproyecto de la Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial: Lambayeque Del 31 de enero al 3 de febrero del 2002 -Doctor Andrés Echevarría Adrianzén, Vocal Supre- mo Miembro de la Comisión que se encargó de supervisar el Anteproyecto de la Nueva Ley Orgánica del Poder Judi- cial: Arequipa Del 24 al 26 de enero del 2002 Cusco Del 7 al 9 de febrero del 2002 Junín Del 14 al 17 de febrero del 2002 -Doctor Ramiro de Valdivia Cano, Vocal Supremo - Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial: Puno Del 27 al 29 de enero del 2002 -Doctor Eloy Espinoza - Saldaña Barrera, Asesor de la Comisión Mixta que se encargó de la elaboración del Anteproyecto de la Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial: Arequipa Del 24 al 26 de enero del 2002 Puno Del 27 al 29 de enero del 2002 Lambayeque Del 31 de enero al 3 de febrero del 2002 Cusco Del 7 al 9 de febrero del 2002 Loreto Del 21 al 24 de febrero del 2002 Artículo Segundo.- Los gastos que origine el cumpli- miento de la presente resolución serán a cargo de la Ge- rencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ Presidente 1656 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Establecen conformación de las Salas Penal Permanente, Civil Transitoria y de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 025-2002-P-CS Lima, 23 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo de Sesión Extraordinaria de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República de la fecha, se dio por concluida la designación del doctor José Vicente Loza Zea, como Vocal Provisional de la Corte Su- prema de Justicia de la República, quien deberá reincor- porarse a la Corte Superior de su procedencia; Que al fin de alcanzar las metas propuestas para el presente año judicial resulta necesario volver a conformar