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Pág. 216291 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de enero de 2002 - Srta.Carmen Oliva Vidarte - Sra.Nancy Rivera Gonzales - Sra.Felícita Guadalupe Villa Robles - Sra.Danila Esteves Palomino - AUXILIARES ADMINISTRATIVOS - Sr.Juan Camilo Ampuero Alva - Srta.María Elena Guerreros Arcos - Sra.Elsie Leonor Gonzales Gonzales - Sra.Cecilia Patricia Lluncor Castillo - Sr.Julio Martínez Maldonado - Sra.Renee Elizabeth Montoya Torre - Sra.Deysi del Pilar Max Morán - Sr.Luis Martín Palacios Guerrero - Sra.Grace Elizabeth Torres Chávez - Sra.Doris Williams Vda. de Núñez - Sr.Agustín Molina Mauricio - Srta.Karina Loayza Segovia - Aux.Sara Zanabria - Aux.Jackie Parra - Sra.Yuli Rocío Trillo Barrera - Sr.César Augusto Valencia Díaz - Sra.Aracelli Villar Vásquez PERSONAL DE TRANSPORTE - Sr.Emerson Villegas Cacique - Sr.Alejandro Romero Aguilar - Sr.Grimaldo Silva Burgos Artículo Segundo.- Disponer que la relación a que hace referencia el artículo anterior, sea agregada al legajo per- sonal de cada uno de los citados. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Gerencia Central de Personal del Ministe- rio Público y a las personas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 1649 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Amplían autorización otorgada a procu- rador mediante Res. Nº 1215, para ejer- cer acciones judiciales contra alcalde y ejecutoría coactiva de la Municipalidad de Puente Piedra RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000032 Callao, 18 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 1215 de fecha 25.OCT.2001, se autorizó al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que, en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiera lugar contra la Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Provin- cial del Callao y el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Talara; Que, con fecha 17.ENE.2002, se ha tomado conoci- miento que en virtud al Convenio de Tramitación de Proce- dimientos Coactivos suscrito entre la Municipalidad Pro- vincial de Talara y la Municipalidad Provincial de Puente Piedra, la Ejecutoría Coactiva de esta última mediante Re- solución Nº 19 de fecha 16.ENE.2002, Expediente Coacti- vo Nº 2173-P-2001, ha dictado orden de embargo en forma de retención en la cobranza coactiva iniciada respecto de los adeudos contenidos en las Ordenes de Pago emitidas por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Talara, de cuya ilegalidad fue oportunamente advertida a través delos escritos presentados por ADUANAS en fechas 17.ENE.2002 y 18.ENE.2002 y la Resolución de Superin- tendencia de Aduanas Nº 1215 y que han sido objeto de sendas acciones judiciales; no obstante lo cual, la Ejecu- toría Coactiva de la Municipalidad Provincial de Puente Piedra sobre los mismos adeudos, ha iniciado cobranza coactiva y dispuesto medida de embargo, causando un gra- ve perjuicio a la situación financiera de la Superintendencia Nacional de Aduanas; Que, en tal sentido, resulta necesario ampliar la autori- zación conferida al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que, en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judi- ciales a que hubiere lugar en contra del Alcalde y la Ejecu- toría Coactiva de la Municipalidad Provincial de Puente Piedra; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Dispo- sición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas; En ejercicio de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de la Superintendencia Nacional de Aduanas y su Estatuto, aprobados mediante Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 226 del 15.1.2001, respectivamente; y, en mérito a lo dispuesto por la Resolución Suprema Nº 251-2000-EF del 26.AGO.2000; SE RESUELVE: Artículo Único.- AMPLIAR la autorización concedida al Procurador Público encargado de los Asuntos Judicia- les de la Superintendencia Nacional de Aduanas, mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 1215 de fecha 25.OCT.2001, para que, en defensa y representa- ción de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra del Alcal- de y la Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Provincial de Puente Piedra; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMIREZ SALOMON Superintendente Nacional de Aduanas 1549 CONASEV Modifican el Artículo 5º del Reglamen- to de Fondos de Inversión y sus Socieda- des Administradoras RESOLUCIÓN CONASEV Nº 003-2002-EF/94.10 Lima, 22 de enero de 2002 VISTOS: El Informe Nº 004-2002-EF/94.55 de fecha 16 de enero de 2002, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 5º del Regla- mento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Adminis- tradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 002-97- EF/94.10 la solicitud de organización de una sociedad ad- ministradora de fondos de inversión debe ser presentada a CONASEV por no menos de tres (3) personas naturales o jurídicas; Que, adicionalmente, el inciso c) del Artículo 5º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras dispone que es requisito para obtener la autorización de organización de una sociedad adminis- tradora de fondos de inversión que sus organizadores in- formen acerca de la participación de cada uno de ellos en el capital social inicial de la sociedad a constituir; Que, el Artículo 15º del nuevo Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 074-2001-EF/94.10, cuya