Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2002 (25/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 25 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veintitres dias del mes de enero de dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE RENEGOCIACION Nº 20 CELEBRADO ENTRE MORDAZA Y PERU (PROTOCOLO DE ADECUACION) Decimosegundo Protocolo Adicional Los Plenipotenciarios de la Republica del MORDAZA y de la Republica del Peru, acreditados por sus respectivos Gobiernos segun poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaria General de la Asociacion Latinoamericana de Integracion, CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre ambos paises; y, REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementacion Economica entre los paises miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad MORDAZA, para conformar una MORDAZA de libre comercio, CONVIENEN Articulo unico.- Prorrogar desde el 1 de enero de 2002 hasta el 30 de junio de 2002, o hasta la entrada en MORDAZA del Acuerdo entre los paises miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad MORDAZA, lo que ocurra primero, la vigencia de las preferencias pactadas entre la Republica del MORDAZA y la Republica del Peru en el Acuerdo de Alcance Parcial de "Renegociacion de las concesiones otorgadas en el periodo 1962/1980" Nº 20. La Secretaria General de la ALADI sera depositaria del presente Protocolo, del cual enviara copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios. EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la MORDAZA de Montevideo, a los veintiocho dias del mes de diciembre de dos mil uno, en un original en idioma espanol. Por el Gobierno de la Republica del Paraguay: MORDAZA MORDAZA CASAL Por el Gobierno de la Republica del Peru:

Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y el Gobierno de la Republica Argentina; Que, los plenipotenciarios de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y del Gobierno de la Republica MORDAZA, reunidos en la MORDAZA de Montevideo el 28 de diciembre de 2001, suscribieron el MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48, mediante el cual se prorroga la vigencia del Acuerdo Complementacion Economica Nº 48 y las preferencias pactadas entre sus signatarios, desde el 1 de enero de 2002 hasta el 30 de junio de 2002; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560: Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25831: Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; DECRETA: Articulo 1º.- Publiquese y pongase en vigencia el MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance de Complementacion Economica Nº 48; suscrito entre los Gobiernos de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y el Gobierno de la Republica Argentina. Articulo 2º.- El Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicacion del citado Acuerdo de Alcance Parcial, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los veintitres dias del mes de enero de 2002. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 48 SUSCRITO ENTRE LAS REPUBLICAS DE COLOMBIA, ECUADOR, PERU Y VENEZUELA, PAISES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD MORDAZA Y LA REPUBLICA MORDAZA MORDAZA Protocolo Adicional

MORDAZA MORDAZA MARTELL 1815 Los Plenipotenciarios de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y de la Republica MORDAZA, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, segun poderes presentados en buena y debida forma, oportunamente depositados ante la Secretaria General de la Asociacion Latinoamericana de Integracion (ALADI). CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre MORDAZA Partes, REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementacion Economica entre los paises miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad MORDAZA, para conformar una MORDAZA de libre comercio, CONVIENEN Articulo unico.- Prorrogar desde el 1 de enero de 2002 hasta el 30 de junio de 2002, la vigencia del Acuer-

Ponen en vigencia el MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 006-2002-ITINCI

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 025-2000-ITINCI se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de

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