Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2002 (25/01/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 25 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 216333

la capacidad de bodega de la misma es de 574.74 m3, conforme a lo resuelto en el Articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 205-2000-PE/DNE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y en la Resolucion Ministerial No. 071-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 160-98-PE, entendiendose que la embarcacion pesquera COPETSA 1, de matricula Nº CO-17361-PM, ha variado su capacidad de bodega a 574.74 m3, conforme a lo resuelto en el Articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 205-2000-PE/DNE y cuenta con acceso a la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto, con el uso de red de cerco de longitud minima de abertura de malla de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 mm.), manteniendose las demas caracteristicas. Articulo 2º.- Consignar la nueva capacidad de bodega de 574.74 m3 de la embarcacion pesquera COPETSA 1, de matricula Nº CO-17361-PM, en el literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE, asi como en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 340-2001-PE, asi como modificar el numero de la resolucion autoritativa de los referidos anexos. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese.

pinel, para extraer atun y especies afines, con destino al consumo humano directo; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001-PE el Ministerio de Pesqueria no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor y mayor escala en el ambito maritimo, siendo esta disposicion de aplicacion a la solicitud a que se hace referencia en el considerando precedente; de otro lado, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha cumplido con presentar el contrato de construccion, tal como lo establece el requisito Nº 5 del Procedimiento Nº 13 "Autorizacion de incremento de flota de embarcacion pesquera en el ambito maritimo" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; por lo cual, deviene improcedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 3422000-PE/DNEPP-Dap y sus ampliaciones; y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 1674

MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 1673

Amplian permiso de pesca otorgado a favor de armadores mediante la R.D. Nº 357-98-PE/DNE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 023-2002-PE/DNEPP

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-2002-PE/DNEPP

MORDAZA, 22 de enero del 2002 Visto el expediente de Registro Nº CE-00217002 con escritos del 28 de junio y 15 de agosto del 2000 y 2 de febrero del 2001, presentados por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA PANTA. CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26920 se establece un regimen de excepcion para los armadores de embarcaciones pesqueras construidas de MORDAZA con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 que realizan faenas de pesca, el que exceptua de la autorizacion de incremento de flota a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca, y los faculta a solicitar directamente el permiso de pesca, estableciendose en su Reglamento y demas normas complementarias los plazos, terminos, condiciones y requisitos para su aplicacion; Que en el MORDAZA del regimen descrito, por Resolucion Directoral Nº 357-98-PE/DNE del 4 de diciembre de 1998, se otorgo a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "CARMEN ROSA", con matricula Nº CO-17432-CM, de 69.60 m3 de capacidad de

MORDAZA, 22 de enero del 2002 Vistos los escritos de Registro Nº CE-00353002 del 1 de setiembre y 12 de octubre del 2000, 20 de febrero, 8 de marzo, 9 de MORDAZA, 21 y 22 de junio del 2001, presentados por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sucedido procesalmente por don MORDAZA MORDAZA PINGO; CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con la autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que mediante los escritos de vistos don MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita se le otorgue autorizacion de incremento de flota para construir una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA de 79 m3 de capacidad de bodega, utilizando sistema de refrigeracion y MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con palangre y/o es-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.