Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2002 (25/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de enero de 2002

bodega y 27.67 de TRN, con MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con red de cerco de 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos MORDAZA, MORDAZA, cachema, suco, cabinza, cojinova, MORDAZA y pampano con destino al consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan la ampliacion del permiso de pesca a que se refiere el considerando precedente para acceder a los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con el uso de red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.), 1 1/2 pulgadas (38 mm.), con destino al consumo humano directo e indirecto; Que efectuada la evaluacion de la solicitud de ampliacion de permiso de pesca y de los medios probatorios que la sustentan, en lo referente a los recursos anchoveta y sardina, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y demas normas complementarias; Que de otro lado, con respecto a los recursos jurel y caballa, la presente solicitud no cumple los supuestos establecidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001-PE, por cuanto dicha MORDAZA restringe el acceso a estos recursos a embarcaciones cerqueras de mayor y menor escala, salvo que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente que cuente con permiso de pesca para la extraccion de dichos recursos y con el derecho de sustitucion respectivo. Asimismo, los recurrentes no han acreditado haber realizado faenas de pesca de los recursos jurel y caballa MORDAZA del 31 de enero de 1998, tal como lo exige la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE, de aplicacion al presente caso segun lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 257-2001-PE, por lo cual deviene improcedente la solicitud presentada; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 351-2000-PE/ DNE-Dacp y ampliatoria y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000PE, y demas normas complementarias, el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; De conformidad con las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 35798-PE/DNE a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "CARMEN ROSA" con matricula Nº CO-17432-CM, de 69.60 m3 de volumen de bodega y 27.67 de TRN con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, adicionalmente a los recursos autorizados por la Resolucion Directoral Nº 357-98-PE/DNE, con destino al consumo humano directo e indirecto en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de ampliacion del permiso de pesca presentada por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera denominada "CAR-

MEN ROSA" con matricula Nº CO-17432-CM, para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El permiso de pesca y la ampliacion otorgada por el Articulo Primero quedan sujetos a la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y demas normas complementarias, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 4º.- La vigencia del permiso de pesca y su ampliacion otorgada por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, haber realizado actividades extractivas en el ejercicio previo, la instalacion del sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de la referida embarcacion cuando la autoridad pesquera lo determine y al pago por concepto de derechos de pesca. Asimismo, constituira causal de caducidad del permiso de pesca y su ampliacion, incrementar la capacidad de bodega de la embarcacion sin contar con la correspondiente autorizacion. Articulo 5º.- Incorporar a la embarcacion pesquera "CARMEN ROSA" con matricula Nº CO-17432-CM, asi como la presente Resolucion, al literal T) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 341-2001-PE. Articulo 6º.- Excluir a la embarcacion pesquera "CARMEN ROSA" con matricula Nº CO-17432-CM, del literal K) del Anexo I y del literal B) del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 341-2001-PE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 1675

PROMUDEH
Aceptan renuncia de Viceministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2002-PROMUDEH

MORDAZA, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 171-2001PROMUDEH de fecha 2 de agosto del 2001, se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Viceministra, Nivel Remunerativo F-7, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que la citada profesional ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por la Dra. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Viceministra, Nivel Re-

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