Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2002 (02/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

Pag. 216746

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2002

so, este no sera sujeto de devolucion o compensacion en ningun caso. Articulo Sexto.- Otorgar el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa a todos aquellos contribuyentes que se encuentren omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada y pago del impuesto predial y arbitrios; pudiendo cancelar sus deudas sin pago de moras y multas. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 15 de marzo del 2002. Articulo Octavo.- Facultar a la Direccion de Administracion Tributaria a efectuar convenios personalizados por casos sociales para que se acojan a los beneficios que otorga la presente Ordenanza durante su vigencia. Articulo Noveno.- Vencido el plazo para acogerse a la amnistia concedida por la presente Ordenanza, se procedera a ejecutar el cobro integro de la deuda, incluyendo los reajustes e intereses moratorios. Articulo Decimo.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Decimo Primero.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 2255

Que no obstante, de las prohibiciones existentes asi como de la imposicion de multas por las infracciones establecidas en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (R.A.S.) establecida mediante Ordenanza Nº 00796 y Ordenes de Clausuras dictadas por la autoridad municipal, aun se siguen desarrollando actividades que contravienen las disposiciones legales y municipales, en las que se realizan actos renidos contra la moral y las buenas costumbres asi como actividades que constituyen peligro a la tranquilidad y a la salud publica; actividades que deben ser erradicadas a fin de establecer la preeminencia de la autoridad municipal, es por ello que el Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores, se ha visto en la imperiosa necesidad de establecer sanciones mas estrictas que permita coadyuvar el cumplimiento y eficacia de las ordenes de clausura dictadas por la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; con MORDAZA mayoritario del pleno se adopto lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer como Sancion Administrativa Extraordinaria, la Sancion de Tapiado que se aplicara a los establecimientos que se encuentren ejerciendo actividades contrarias a las disposiciones legales y municipales o contra la moral y las buenas costumbres o contra la tranquilidad y a la salud publica. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal y Direccion de Rentas, realizar las acciones que correspondan para ejecutar y consolidar el MORDAZA de erradicacion de actividades contrarias a las disposiciones legales y municipales en los establecimientos; autorizandola a solicitar el MORDAZA de la fuerza publica, cuando lo estime necesario. Articulo Tercero.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores para que mediante Decreto de Alcaldia y en un plazo no mayor de 15 dias, dicte las disposiciones reglamentarias pertinentes para la correcta aplicacion de la Sancion del Tapiado. Articulo Cuarto.- Deroguese todas las normas y demas disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2371

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban Ordenanza para la aplicacion de sancion de tapiado a establecimientos en que se realicen actividades contrarias a disposiciones legales y municipales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 11-A-2001 San MORDAZA de Miraflores, 28 de noviembre del 2001 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO El Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores en Sesion Extraordinaria de la fecha y con dispensa de tramite de aprobacion del Acta; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 68º Inc. 7) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se establece que es funcion especifica de las Municipalidades el Otorgar Licencias de Apertura de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios y de actividades Profesionales o Servicios y controlar su debido funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, el Art. 119º de la MORDAZA MORDAZA acotada las autoridades municipales pueden ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento este legalmente prohibido y constituyan peligro o MORDAZA contrarios a las normas reglamentarias o produzcan olores, humos, ruidos u otros danos perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario; Que mediante Decreto de Alcaldia Nº 042-96 de fecha 20 de agosto de 1996 se aprueba el Reglamento de Autorizacion Municipal de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios en el distrito, el que en su Articulo 37º establece que en caso de reincidencia o continuidad en las infracciones establecidas en el Art. 35º se aplicara el doble de la multa y el cierre temporal del establecimiento hasta su Clausura Definitiva;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Declaran improcedente apelacion y encargan a comite especial la ratificacion del ganador de buena pro de la licitacion publica para adquisicion de leche de vaca
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0114-2002-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 1 de febrero de 2002 Visto, Expediente Nº A-0289-02 sobre recurso de impugnacion promovido por la Empresa Agraria El Escorial S.A. y el Informe Nº 003-2002-CE/MDSMP, emitido por el Comite Especial designado para la conduccion del MORDAZA de la Licitacion Publica Nº 004-2001CE/MDSMP, que en su conjunto se pronuncia sobre el Recurso de Apelacion referente al ganador de la Buena Pro de la Licitacion sobre la Adquisicion de Leche de Vaca en cualquiera de sus formas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.