Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2002 (02/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- DECLARAR nulo y sin efecto el MORDAZA de seleccion efectuado para la adquisicion de materiales de escritorio, nula la buena pro otorgada al Proveedor Import - Export COVE S.C.R.L.; nulos todos los actos administrativos implementados para la ejecucion de dicha adquisicion. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Oficina de Administracion implemente las acciones administrativas que permitan anular los comprobantes de pago numeros 1074, 1075 y 1076 de fecha 18 de diciembre del 2001 respectivamente; asimismo se anulen los cheques bancarios numeros: 27347981, por el monto de S/. 3,825.20; 27347982, por el monto de S/. 3,029.50 y el cheque Nº 27347983 por el monto de S/. 2,132.50, girados a la orden de Import Export COVE S.C.R.Ltda. Articulo Tercero.- Publiquese la presente Resolucion Directoral Regional en el Diario Oficial El Peruano dentro de los (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional Agraria - MORDAZA 2187

ORDENANZA QUE OTORGA UN PLAZO ESPECIAL PARA LA REGULARIZACION DE LICENCIA DE OBRA Articulo 1º.- OTORGARSE un plazo de 120 (ciento veinte) dias calendario para que los vecinos del distrito de Ate, puedan proceder a la Regularizacion de la Licencia de Obra, incluyendo a los vecinos que se encuentren tramitando la licencia. Articulo 2º.- CONDONAR al 100% el valor de las multas impuestas a las construcciones senaladas por la Ley de Regularizacion de Edificaciones del Procedimiento de Declaratoria de Fabrica; de acuerdo al Articulo 36º de la Ley Nº 27157, asi mismo, el Articulo 8º de la Ley Nº 27333, previa regularizacion de la infraccion de las areas competentes de la Municipalidad. Articulo 3º.- El PROCEDIMIENTO de Condonacion debera ser a pedido del infractor y presentado por Mesa de Partes de la Unidad de Tramite Documentario. Articulo 4º.- FACULTESE, al senor MORDAZA a fin de que Reglamente la presente Ordenanza mediante Decreto de Alcaldia correspondiente. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Otorgan plazo especial para la regularizacion de licencias de obra
ORDENANZA Nº 023-01-MDA Ate, 26 de diciembre del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, visto en Sesion Extraordinaria de fecha 26 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades son organos de Gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Concejo la funcion normativa, la que ejerce entre otras a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme establece en el numeral 4) del Articulo 200º de la acotada norma. Que, los Articulos 74º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, establecen que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, de acuerdo a la realidad y verificaciones realizadas por la Direccion de Gestion MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, los propietarios de los inmuebles que se encuentran dentro de la jurisdiccion de Ate, evadiendo el pago de la multa que prescribe la Ley Nº 27333 complementaria a la Ley Nº 26662 y la Ley Nº 27157 que establece el procedimiento para la regularizacion de Edificaciones, Licencia de obra, Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun. Que, la actual politica de la gestion Municipal tiene como objetivo regularizar la formalizacion de las construcciones de las edificaciones que no hubieran tenido licencia de obra o construccion con la finalidad de otorgar la mas amplia cobertura a los pobladores del distrito para que puedan regularizar la situacion de sus inmuebles. Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por Unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente;

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican zonas de estacionamiento vehicular
ORDENANZA Nº 071 MORDAZA MORDAZA, 25 de enero de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, relacionado a la inclusion y exclusion de zonas de estacionamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 47 de fecha 27.11.2000, se aprobo disposiciones sobre el servicio de Parqueo Vehicular en el distrito de MORDAZA MORDAZA, en lo cual se establecio la tasa y zonas de estacionamiento vehicular. Que, de conformidad con el inciso 3) del Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, inciso 4) del Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el inciso d) del Articulo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, y la MORDAZA IV del Decreto Legislativo Nº 816, modificado por la Ley Nº 270380. El Concejo de MORDAZA MORDAZA, por UNANIMIDAD y con dispensa de tramite de lectura y aprobacion de Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA SE DETERMINA INCLUSION Y EXCLUSION DE ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Articulo Primero.- Modificar el Articulo Noveno de la Ordenanza Nº 47-2000 de fecha 27.11.2000 INCLUYENDO las siguientes zonas de estacionamiento vehicular a las ya consignadas en dicho articulo: VIA Jr. Larraburre y Unanue Av. Republica de MORDAZA Jr. Capac MORDAZA CUADRA 2 3 4 14 LADO Par e Impar Par e Impar Par e Impar Par

Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes zonas de Parqueo Vehicular:

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