Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2002 (02/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2002 POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se trato como punto de agenda el Proyecto de Ordenanza emitido por la Direccion de Administracion Tributaria referente a otorgar en el distrito del MORDAZA un periodo de MORDAZA a los conductores de los locales comerciales y/o servicios que operen dentro de la jurisdiccion a fin de regularizar la obtencion del Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento y de equipos contra incendios; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 192º, concordante con lo dispuesto en el Articulo 2º de la Ley Nº 23853 reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, se ha verificado que en el distrito del MORDAZA existen locales comerciales que no cuentan con autorizacion municipal de funcionamiento y/o equipos contra incendios (extintores); y, dada la critica situacion economica que viene atravesando el MORDAZA es necesario dar las facilidades a los senores comerciantes a fin que regularice su situacion y puedan obtener el Certificado de Autorizacion Municipal correspondiente, asi como la adquisicion del respectivo extintor, en salvaguarda de su seguridad y la de los vecinos del distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta respectiva, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar en el distrito del MORDAZA un periodo de MORDAZA de 45 dias calendario a los conductores de locales comerciales y/o servicios que operen dentro de la jurisdiccion a fin que procedan a regularizar la obtencion del Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento. Articulo Segundo.- Otorgar en el distrito del MORDAZA un periodo de MORDAZA de 15 dias calendario a los conductores de locales comerciales, stands feriales y/o servicios que operen dentro de la jurisdiccion a fin de que procedan a regularizar la obtencion de equipos contra incendios (extintores, de acuerdo a las normas vigentes que regulan la tenencia de los mismos). Articulo Tercero.- Este beneficio entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la siguiente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza no se impondran multas por carecer del certificado de autorizacion municipal de funcionamiento y/o extintor. Articulo Quinto.- Vencido dicho plazo se impondran las sanciones contempladas en el Reglamento de aplicacion de sanciones aprobado por Ordenanza Nº 013-MDR y su modificatoria Ordenanza Nº 021-MDR. Asimismo la responsabilidad civil y penal en el caso de presentarse desastres por el no cumplimiento de la citada ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar a Direccion Municipal, Direccion de Administracion Tributaria, Direccion de Desarrollo MORDAZA, Unidad de Tramite Documentario y Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 2372

Otorgan amnistia general referida a las deudas generadas del impuesto predial y tasa de Licencia de Funcionamiento hasta el 31 de diciembre de 2001
ORDENANZA Nº 042-MDR MORDAZA, 24 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son los organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 2º de la Ley Nº 23853 senala que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 41º del Codigo Tributario senala que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, es politica de la gestion del Concejo Distrital del MORDAZA otorgar facilidades a los contribuyentes para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y no tributarias; por ende, se hace necesario otorgar amnistia tributaria a favor de los contribuyentes; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Otorgar AMNISTIA GENERAL en el distrito del MORDAZA, exonerandose de intereses moratorios a las deudas generadas hasta el 31 de diciembre del ano 2001 de los siguientes tributos; impuesto predial y tasa de Licencia de Funcionamiento. Este beneficio solo sera otorgado por cancelacion de deuda anual. Articulo Segundo.- Otorgar el beneficio de rebaja del 50% por concepto del pago de arbitrios Limpieza Publica, Parques y Jardines, Serenazgo, segun corresponda, de los anos 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 para aquellos contribuyentes que tengan adeudos por tal concepto, el cual sera otorgado sin pago de intereses moratorios y por pago al contado de la deuda anual. Este beneficio alcanza tambien a todos aquellos contribuyentes que hayan suscrito convenio de fraccionamiento de pago y que hubieran cancelado hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, el 50% del monto insoluto del pago de la deuda fraccionada. Articulo Tercero.- Rebajar en 50% el monto de las multas administrativas y tributarias impuestas hasta el 30.1.02 sin pago de moras. Articulo Cuarto.- Los beneficios detallados en la presente ordenanza alcanzaran a las cobranzas que por los mismos conceptos se encuentren en la via coactiva, exonerandose ademas del pago de las costas y gastos procesales. Este beneficio sera otorgado solo por el pago total de la deuda al contado. Articulo Quinto.- Los contribuyentes que mantengan convenios de fraccionamiento de deuda o pagos a cuenta con saldos pendientes a la fecha, cancelaran los mismos sin intereses, en el caso que de la aplicacion de lo dispuesto en el presente numeral existiera un monto en exce-

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