Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2002 (02/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
Servicios

Pag. 216735
(%UIT) (S/.)

Registro Predial MORDAZA en el ambito MORDAZA y rural de su competencia; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 156-99/RPU-JEF, se establecio el servicio "Certificacion de Inscripcion de Transferencias de Inmuebles en Urbanizaciones Populares formalizados por COFOPRI" y el monto de la tasa registral; Que por Resolucion Jefatural Nº 028-2000/RPU-JEF, se establecio la tasa por derecho de inscripcion de la adjudicacion en venta de los lotes de vivienda regulada en la Directiva Nº 045-99-COFOPRI, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 465-99-MTC/15.01; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 040-2001/RPUJEF, se establecio la tasa para la Atencion de Solicitudes de Informacion que posean o produzcan las distintas dependencias del Registro Predial Urbano; Que segun Resolucion Jefatural Nº 161-2001/RPU-JEF, se aprobo los servicios y el monto de la tasa de Exhibiciones de titulo archivados y planos, Busqueda Catastral de predios urbanos y rurales; y Busqueda por titular, por predio y por ubicacion geografica del predio MORDAZA y rural; Que a efectos de dar cumplimiento con el numeral 1 del Articulo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, es necesario aprobar las tasas de los servicios de, MORDAZA o posteriores emisiones de Titulo de Credito Hipotecario Negociable conforme a lo regulado en el Articulo 244.3 de la Ley Nº 27287; de copias certificadas de documentos administrativos, copias simples de documentos administrativos; asi como de copias autenticadas de Resoluciones Jefaturales, de Resoluciones de Gerencia Registral, Gerencias Desconcentradas, Responsable de oficina sobre materia registral y de resoluciones del Tribunal Registral, conforme a lo dispuesto en los Articulos 31.4, 55.3 y 160.1 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; Que de conformidad con el numeral 5 del Articulo 37º de la Ley Nº 27444 ­Ley del Procedimiento Administrativo General, el monto de los derechos se expresara con relacion a la UIT en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de todas las entidades de la Administracion Publica; Que mediante Decreto Supremo Nº 241-2001-EF, se ha aprobado a partir del 1 de enero de 2002, el valor actualizado de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como indice de referencia en normas tributarias, por una cantidad de S/. 3,100.00 (Tres Mil Cien y 00/100 Nuevos Soles) siendo de aplicacion para efectos del pago de las tasas registrales; Que es necesario establecer los montos correspondientes a las tasas registrales establecidas en las Resoluciones Jefaturales referidas en los considerandos precedentes, para regular las cuantias de las tasas por servicios registrales y administrativos con relacion a la Unidad Impositiva Tributaria, senalando su equivalente en moneda de curso legal actual; Que asimismo, a efectos de coadyuvar con el perfeccionamiento y simplificacion de los procedimientos registrales y administrativos en cuanto al tramite y costos de los mismos para brindar eficiente y oportuno servicio a los usuarios, es necesario unificar en una Resolucion Jefatural los servicios registrales y administrativos, y en su caso, precisar de manera especifica la denominacion de estos servicios que formaran parte del MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Predial MORDAZA ; Que de acuerdo con lo dispuesto en los literales e) y r) del Articulo 11º del Estatuto del Registro Predial MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-97-MTC, es funcion y atribucion del Jefe del RPU emitir resoluciones jefaturales y aprobar las tasas registrales; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, el Articulo 10º del Estatuto del Registro Predial MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 014-97-MTC y al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 365-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer el monto de las tasas registrales por los servicios que presta el Registro Predial MORDAZA con relacion a la Unidad Impositiva Tributaria, senalando su equivalencia actual en moneda de curso legal, conforme a continuacion se detalla:
Servicios
A.- Registro de Pueblos Jovenes 01. Inscripcion o modificacion de plano perimetrico 02. Inscripcion o modificacion de plano de trazado y lotizacion 03. Inscripcion de titulo de propiedad 04. Inscripcion de declaratoria de fabrica 05. Inscripcion de desmembracion de lote (por cada unidad inmobiliaria resultante)

06. Inscripcion de adjudicacion en venta de lotes de vivienda en los casos que el poseedor sea propietario de otro lote de vivienda en la misma provincia 07. Edificaciones sujetas al Regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun - propiedad horizontal (por cada unidad inmobiliaria resultante) 08. Edificaciones sujetas al Regimen de independizacion y Copropiedad (por cada unidad inmobiliaria resultante) 09. Inscripcion de acumulacion (por cada unidad inmobiliaria Involucrada) 10. Inscripcion de actos y contratos que constituyan, modifiquen o extingan derechos inscritos - Por cada acto o contrato inscribible - Por cargas, gravamenes, medidas cautelares y sus cancelaciones B.- Registro de Urbanizaciones Populares 01. Inscripcion de la propiedad del predio a nombre de la urbanizacion popular 02. Inscripcion o modificacion de habilitacion MORDAZA 03. Inscripcion de recepcion de obras 04. Inscripcion de primera adjudicacion de lote (titulo de propiedad) 05. Traslado de predio de una urbanizacion popular inscrito en los Registros de propiedad inmueble de las oficinas registrales de la SUNARP 06. Inscripcion de declaratoria de fabrica 07. Inscripcion de desmembracion de lote (por cada unidad inmobiliaria resultante) 08. Edificaciones sujetas al Regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun - propiedad horizontal (por cada unidad inmobiliaria resultante) 09. Edificaciones sujetas al regimen de independizacion y Copropiedad (por cada unidad inmobiliaria resultante) 10. Inscripcion de acumulacion(por cada unidad inmobiliaria involucrada) 11. Inscripcion de actos y contratos que constituyan, modifiquen o extingan derechos inscritos - Por cada acto o contrato inscribible - Por cargas, gravamenes, medidas cautelares y sus cancelaciones C.- Registro de Predios Rurales

1.16% (S/. 36.00)

1.29% (S/. 40.00) 1.29% (S/. 40.00) 1.16% (S/. 36.00)

1.16% (S/. 36.00) 0.97% (S/. 30.00)

1.29% (S/. 40.00) 3.87% (S/. 120.00) 3.87% (S/. 120.00) 1.16% (S/. 36.00)

Gratuito 1.29% (S/. 40.00) 1.29% (S/. 40.00)

1.29% (S/. 40.00) 1.29% (S/. 40.00) 1.16% (S/. 36.00)

1.16% (S/. 36.00) 0.97% (S/. 30.00)

01. Derechos de propiedad sobre predios rurales a favor del Estado 1.1. Primera Inscripcion de derecho de propiedad sobre predios eriazos a favor del Estado calificados para fines agricolas 1.16% (S/. 36.00) 1.2. Primera inscripcion de derecho de propiedad sobre predios abandonados 1.16% (S/. 36.00) 1.3. Primera inscripcion de derecho de propiedad sobre predios rurales expropiados que no han sido adjudicados a particulares 1.16% (S/. 36.00) 1.4. Primera inscripcion de derecho de propiedad sobre predios rurales transferidos al Estado a titulo gratuito 1.16% (S/. 36.00) 02. Derechos de propiedad sobre predios rurales a favor de particulares 2.1. Primera inscripcion de derecho de propiedad sobre predios Rurales de reforma agraria adjudicados a titulo gratuito u oneroso a favor de particulares 1.16% (S/. 36.00) 2.2. Primera inscripcion de derecho de propiedad sobre predios rurales adquiridos de un beneficiario de reforma agraria 1.16% (S/. 36.00) 2.3. Primera Inscripcion de derecho de propiedad sobre predios Rurales no afectados por reforma agraria 1.16% (S/. 36.00) 03. 04. 05. 06. 07. 08. 09. 10. Parcelaciones de empresas campesinas asociativas Inscripcion de posesion sobre predios rurales Inscripcion de oposicion a la inscripcion de posesion Inscripcion de desmembracion de parcela (por cada unidad Inmobiliaria resultante) Inscripcion de acumulacion(por cada unidad inmobiliaria involucrada) Inscripcion de prenda MORDAZA Inscripcion de territorio comunal Inscripcion de actos y contratos que constituyan, modifiquen o extingan derechos inscritos - Por cada acto o contrato inscribible - Por cargas, gravamenes, medidas cautelares y sus Cancelaciones Rectificacion, determinacion o conversion de area, linderos y/o medidas perimetricas en predios rurales Inscripcion de declaratoria de fabrica 3.87% (S/. 120.00) 1.29% (S/. 40.00) 1.16% (S/. 36.00) 1.29% (S/. 40.00) 1.16% (S/. 36.00) 0.97% (S/. 30.00) 1.16% (S/. 36.00)

1.16% (S/. 36.00) 0.97% (S/. 30.00) 1.16% (S/. 36.00) 1.29% (S/. 40.00)

11. 12.

(%UIT) (S/.)
1.29% (S/. 40.00) 3.87% (S/. 120.00) 1.16% (S/. 36.00) 1.29% (S/. 40.00) 1.29% (S/. 40.00)

D. Procedimientos comunes a todos los Registros 01. Traslado de Inscripciones efectuadas en los registros de propiedad inmueble de las oficinas registrales de la SUNARP 02. Inscripcion de reserva de prioridad 03. Rectificacion de asientos de inscripcion 04. Cancelacion por duplicidad de inscripcion 05. Reconstruccion de titulo archivado 06. Reconstruccion de partidas 07. Tacha a solicitud del presentante 08. Prorroga de asiento de MORDAZA 09. Inscripcion y renovacion de inscripcion en el indice de profesionales

Gratuito 1.16% (S/. 36.00) Gratuito Gratuito Gratuito Gratuito Gratuito Gratuito 0.87% (S/. 27.00)

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