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Pág. 216879 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de febrero de 2002 Que en consecuencia es necesario autorizar el viaje de un funcionario del Departamento de Colombia de la Subdirección para Asuntos de los Países Andinos debido a la importancia de realizar un adecuado seguimiento del tema; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0735, del señor Viceministro y Secretario Gene- ral de Relaciones Exteriores, de 29 de enero de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de abril del año 2001, su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de mayo del año 2001, y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la Tercera Se- cretaria en el Servicio Diplomático de la República, Clau- dia Guevara De La Jara, funcionaria del Departamento de Colombia, para que participe en la Reunión de Evaluación del Proyecto de Reglamento de Tránsito Fluvial de Embar- caciones en la Zona Fronteriza Peruano - Colombiana, a realizarse en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia, del 4 al 7 de febrero de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comi- sión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa uso US$ US$ aeropuerto US$ Claudia Guevara De La Jara 706,68 1 000,00 25,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 2511 Designan delegación que participará en la Reunión del Grupo de Trabajo Ad Hoc de Composición Abierta del Artículo 8J del Convenio sobre Diver- sidad Biológica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0110-2002-RE Lima, 4 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que del 4 al 8 de febrero de 2002, se llevará a cabo en la ciudad de Montreal, Canadá, la Reunión del Grupo de Trabajo Ad Hoc de Composición Abierta del Artículo 8j del Convenio sobre Diversidad Biológica; Que el objetivo principal de la citada reunión es prepa- rar directrices que guíen las evaluaciones de los impactos sociales, ambientales y culturales de los proyectos de de- sarrollo en territorios ocupados o utilizados por comunida- des indígenas; Que en consecuencia es necesario designar la delega- ción peruana que asistirá a dicho evento; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0734, de Gabinete del señor Viceministro y Se- cretario General de Relaciones Exteriores, de 29 de enero de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomáticode la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la Reunión del Grupo de Trabajo Ad Hoc de Composición Abierta del Artículo 8j del Convenio sobre Diversidad Biológica, a realizarse en la ciudad de Montre- al, Canadá, del 4 al 8 de febrero de 2002, la que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Doctora Begoña Venero, representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y - Consejera en el Servicio Diplomático de la República, Elena Iturrizaga de Lesziák, Cónsul Adscrita al Consulado General del Perú en Montreal, Canadá. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la partici- pación de la doctora Begoña Venero, serán cubiertos por su institución. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 2512 SALUD Aprueban Listado de Bienes de Natura- leza Crítica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2002-SA/DM Lima, 31 de enero del 2002 Visto el Oficio DBYS- Nº 001-2002; CONSIDERANDO: Que el literal d) del Artículo 16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que dentro del primer mes de cada año, el Titular del Pliego Presupuestal correspondiente aprobará y publicará en el Diario Oficial El Peruano la lista de bienes y servicios a ser considerados como de naturaleza estratégica o crítica; Que la norma precitada establece que los bienes de naturaleza estratégica son aquellos de alta tecnología que las Entidades Prestadoras de Salud adquieren para mejo- rar sustancialmente sus niveles de atención, en tanto que bienes y servicios de naturaleza crítica son aquellos con los que las Entidades Prestadoras de Salud, deben contar en forma permanente para asegurar la continuidad de sus actividades operativas; Que el citado Decreto Supremo, establece un tratamien- to especial para los procesos de selección, cuando se tra- ta de bienes y servicios de naturaleza estratégica o crítica, cuyo listado debe ser previamente aprobado por el Titular del Pliego; Que mediante el oficio de visto el Grupo de Trabajo en- cargado de proponer los bienes y servicios a ser califica- dos como de naturaleza crítica o estratégica ha cumplido con presentar un Listado de Bienes Críticos, cuya adquisi- ción debe sujetarse a las normas de excepción estableci- das en el acotado dispositivo legal; Que en el mencionado listado se ha considerado, entre otros bienes, a los medicamentos contenidos en el Petito- rio Nacional de Medicamentos Esenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-98-SA/DM, de 13 de agosto de 1998; así como a los medicamentos oncológicos cuya adquisición, por los establecimientos asistenciales del Mi-