Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2002 (17/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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no se rectifique en sede registral o declare judicialmente su invalidez, conforme al Articulo 2013º del Codigo Civil y VII del Titulo Preliminar del Reglamento General de los Registros Publicos.

9. Los derechos registrales que corresponderia pagar por la inscripcion del presente titulo son los siguientes: Derecho de calificacion Adecuacion a la L.G.S. Modificacion de estatuto Directorio Presidente Aumento TOTAL 3,5 7 11 11 7 39,5 Derecho de inscripcion 3,5 7 7 7 2993 (TOPE -S/7) 3017,5

I. DECISION IMPUGNADA Se ha interpuesto recurso de apelacion contra la observacion formulada por la Registradora Publica (e), Dra. MORDAZA de MORDAZA Velasco MORDAZA, del Registro de Personas Juridicas del Callao. La Registradora denego la inscripcion por los siguientes fundamentos: "De conformidad con el Articulo 2013º del Codigo Civil, no es factible la inscripcion de lo solicitado, ya que el contenido de la inscripcion se presume MORDAZA y produce todos sus efectos, mientras no se rectifique o se declare judicialmente su invalidez, por lo que debera solicitarse la nulidad de dicho asiento ante el organo jurisdiccional competente. (...) ". II. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTOS PRESENTADOS Por el presente titulo se solicita la inscripcion de la nulidad del asiento de inscripcion D 00001 de la partida electronica Nº 06001535 del Registro de Sociedades del Callao, en merito al escrito presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pena y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en representacion de MORDAZA C. MORDAZA S.C. IMPORTACIONES REPINSA. A dicho efecto, se presentan copias certificadas por el especialista legal del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil del Callao de la sentencia del 13 de octubre de 1994 recaida en el MORDAZA de nulidad de acto juridico y otros interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lava contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pena y otros, su confirmatoria expedida el 13 de marzo de 1995 por la Sala Civil de la Corte Superior del Callao, asi como la ejecutoria suprema expedida el 5 de octubre de 1995 expedida por la Sala Civil de la Corte Suprema. Asimismo, se presenta MORDAZA certificada por la secretaria fiscal de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal del Callao del dictamen del 9 de setiembre de 1996 que deniega la formalizacion de denuncia penal contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Lava de Pena, y del dictamen del 15 de noviembre de 1996 emitido por la Primera Fiscalia Superior Penal del Callao que declaro infundada la queja de derecho contra el mencionado dictamen fiscal. Ademas, se presenta copias certificadas por Notario de las actas de la junta general extraordinaria del 26 de diciembre de 1995 y parte de las actas de las juntas generales extraordinarias del 16 de febrero de 1980 y 27 de marzo de 1981, y MORDAZA legalizada por Notario de una carta notarial dirigida a MORDAZA C. MORDAZA Lava en la que se le comunica su destitucion en el cargo de Gerente. III. ANTECEDENTE REGISTRAL

Dado que al presentarse el titulo se ha pagado la suma de S/. 43,00, el monto del mayor derecho que corresponderia pagar asciende a S/. 3014,00 y no a S/. 2982.00 como lo indico el Registrador. 10. El solicitante ha pedido se considere como pago a cuenta los derechos registrales pagados con el titulo tachado 5602 del 12-9-2000. Sin embargo, mediante Resolucion Jefatural Nº 057-2001-ORUC-JEF del 26 de marzo de 2001, se dispuso la devolucion de los derechos registrales correspondientes a dicho titulo, a solicitud del presentante del mismo. Por lo tanto, habiendose dispuesto su devolucion, no procede considerarlos como pago a cuenta. Actuando como Vocal ponente MORDAZA Mariella MORDAZA Duran; Estando a lo acordado por una unanimidad; VI. SE RESUELVE: 1. REVOCAR el primer punto de la observacion, CONFIRMAR el MORDAZA punto y AMPLIAR la observacion conforme a lo senalado en los considerandos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8. 2. ESTABLECER que el monto del mayor derecho por concepto de derechos registrales del titulo asciende a S/ . 3014,00 y no a S/. 2982,00 como habia indicado el Registrador en el tercer punto. 3. RECOMENDAR al Registrador Publico de la Oficina Registral de Ucayali, Dr. Milcher Zanca MORDAZA, mayor celo en el ejercicio de sus funciones. Registrese y comuniquese MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Tercera Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral 3127

Revocan observacion formulada por registradora del Registro de Personas Juridicas del Callao sobre inscripcion de titulo
OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 049-2002-ORLC/TR
MORDAZA, 25 de enero de 2002
: MORDAZA C. MORDAZA S.C. IMPORTACIONES REPINSA, representada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pena y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Titulo : 12957 del 19 de noviembre de 2001 Hoja de Tramite : 831 del 6 de diciembre de 2001 Registro : Personas Juridicas del Callao Acto : Nulidad de inscripcion Sumilla MORDAZA de legitimacion Los asientos registrales se presumen ciertos y producen todos sus efectos, mientras Apelante

En la partida registral de MORDAZA C. MORDAZA S.C. IMPORTACIONES REPINSA, tomo 14 de fojas 23 y siguientes, que continua en la partida electronica Nº 06001535, del Registro de Sociedades del Callao, corre extendido en el asiento D 00001 la inscripcion de la sucesion intestada de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lava, seguida ante el Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, siendo declarados herederos sus hijos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinez. Asimismo, en el referido asiento consta la division y particion de las participaciones que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lava tenia en la sociedad bajo examen, efectuada por los referidos herederos. IV. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES Si procede la declaratoria de nulidad de un asiento de inscripcion en sede registral. V. ANALISIS Interviene como Vocal Ponente, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaripata. PRIMERO.- Las apelantes fundamentan su pedido de "nulidad de inscripcion" en el hecho que MORDAZA C. MORDAZA

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