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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (19/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES Pág. 217737Lima, martes 19 de febrero de 2002 Artículo 19º y Décimo Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 26702, publicada el 9/12/1996. 10 Autorización para Autorización de Organización Inafecto X Trámite Superintendente No aplicable constituir Empresas de I. Solicitud dirigida al Superintendente de Banca y Seguros, que se Documentario de Banca y (Artículo 21º Servicios de Canje presenta en una sola oportunidad, adjuntando la siguiente información: Seguros de la Ley Nº 1. Proyecto de minuta de constitución social; 26702) 2. Relación de organizadores y sus respectivos representantes legales; 3. Relación de los futuros accionistas; 4. Dos (2) ejemplares del estudio de factibilidad de mercado y de gestión; y, 5. Certificado de depósito de garantía constituido en una empresa del sistema financiero del país y vigente al momento de presentarse la solicitud, a la orden de la Superintendencia, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del capital mínimo. II. Los organizadores y sus representantes legales deben acompañar a la solicitud de organización, la siguiente documentación: 1. Curriculum vitae. 2. Declaración jurada de no tener antecedentes penales ni policiales en el país para los residentes, y en el país de domicilio para los no residentes. 3. Declaración jurada de: 3.1 No encontrarse incurso en los impedimentos a que se refieren los artículos 20º y 81º de la Ley Nº 26702. Las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del artículo 20º de la Ley Nº 26702, son aquellas referidas a inhabilitación o destitución originadas por infracciones consideradas muy graves, conforme al Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. El impedimento será por un período de diez (10) años a partir de la fecha en que la sanción haya quedado firme. En caso de reincidencia, dicho impedimento será permanente. 3.2 Sus bienes patrimoniales y, en caso corresponda, deberán señalar si éstos se encuentran sujetos a algún tipo de gravamen o limitación para su libre disponibilidad. III. Los accionistas deben de acompañar a la solicitud de organización como mínimo la siguiente información: 1. Participación accionaria de cada uno de los accionistas. 2. Copia certificada, expedida por el administrador o gerente, del acuerdo del órgano social respectivo en el que se convenga la participación en la empresa por constituir, así como la designación de la persona que la representará. IV. El estudio de factibilidad de mercado y de gestión que se debe de adjuntar a la solicitud de organización debe de tener como mínimo, el siguiente contenido: 1. Análisis de Mercado 1.1 Descripción del perfil del mercado actual. 1.2 Análisis del mercado futuro, incluyendo la participación de la empresa en constitución. 1.3 Descripción de los principales servicios a desarrollar. 1.4 El lugar en el que funcionará la sede principal de la empresa y el ámbito geográfico del país en el que desarrollará sus actividades. 2. Análisis de Gestión 2.1 Estructura organizativa y administrativa. 2.2 Políticas y procedimientos generales de identificación y administración de riesgos poniendo especial énfasis en los riesgosN° de DENOMINACIÓN REQUISITOS Derecho de CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad Recursos orden DE PROCEDIMIENTO Pago Automático Evaluación Previa donde se inicia Competente para Administrativos y Forma Positivo Negativo el trámite Aprobación