Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2002 (20/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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ciones, competencia y relaciones intersectoriales e interinstitucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario modificar el Reglamento a que se refiere el considerando anterior con el objeto que refleje adecuadamente, la mision, funciones generales, estructura organica, atribuciones y competencia otorgadas a este de conformidad con la Constitucion Politica y la Ley del Poder Ejecutivo, asi como incorporando los cambios que son necesarios para su debida institucionalizacion; Que, la Decima Disposicion Transitoria Adicional de la Ley Nº 27573 - Ley del Presupuesto para el Ano 2002 dispone, entre otros, que mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se aprueben las disposiciones destinadas a la reorganizacion administrativa, institucional y funcional del Despacho Presidencial y de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y con el inciso 2) del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, que consta de 3 Titulos, 39 Articulos y 4 Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto se encuentra en el Anexo Nº 1 adjunto y que forma parte integrante del presente dispositivo, y cuyas modificaciones seran aprobadas mediante Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 0042000-PCM y las demas disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Es objeto de la presente Norma: a) Definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM dentro de los alcances de lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru. b) Definir la estructura organica de la PCM. Articulo 2º.- Alcances La PCM es una institucion normada por los Articulos 122º y 123º de la Constitucion Politica y el Articulo 16º de la Ley del Poder Ejecutivo. Su MORDAZA autoridad es el Presidente del Consejo de Ministros, quien podra ademas detentar otra cartera ministerial. Articulo 3º.- Funcion de la PCM La funcion principal de la PCM es prestar el apoyo requerido por el Presidente de la Republica para la elaboracion y direccion de la politica y programa general del Gobierno. Asimismo, apoya al Presidente del Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus funciones, en particular en lo que se refiere a la coordinacion de la gestion del Poder Ejecutivo. Ademas, despues del Presidente de la Republica, es el interlocutor del Poder Ejecutivo en la relacion interinstitucional con los demas poderes del Estado, entidades constitucionalmente autonomas, gobiernos regionales y locales, gremios, entre otras entidades publicas y privadas. Tambien tiene a su cargo la modernizacion de la gestion publica.

En consecuencia, las funciones de la PCM incluyen las siguientes: 3.1. Armonizar las politicas sectoriales y territoriales con la politica general del Gobierno, en coordinacion con los organismos que integran el Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales; 3.2. Coordinar y realizar el seguimiento de las politicas de caracter multisectorial y coordinar las politicas y programas sectoriales para el logro de una interrelacion integral y armonica y dar cumplimiento a la politica general del Gobierno; 3.3. Coordinar acciones con el Poder Legislativo, con los Organismos Constitucionalmente Autonomos, con los Organismos Publicos Descentralizados y con las demas entidades del Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de los objetivos de interes nacional; 3.4. Coordinar con los Ministerios y demas entidades del Poder Ejecutivo la atencion de los requerimientos de informacion del Poder Legislativo, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Constitucion Politica; 3.5. Establecer los lineamientos que permitan un adecuado manejo de la gestion del Consejo de Ministros, de la Comision Interministerial de Asuntos Economicos y Financieros CIAEF, de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales CIAS, y de las comisiones intersectoriales en general, MORDAZA de caracter permanente o de asuntos especificos; 3.6. Orientar y participar activamente en los procesos de planeamiento (de desarrollo, estrategico u operativo) y formulacion y elaboracion del proyecto de Presupuesto del Sector Publico, la Gestion Presupuestaria y en la elaboracion y formulacion de los Plantes Estrategicos Institucionales del Sector Publico, asi como de los presupuestos de los sectores institucionales, para asegurar la coherencia intersectorial y con las politicas y prioridades del Gobierno; 3.7. Promover que la coordinacion se produzca al nivel de cada comision, consejo directivo, directorio u organo decisorio de cualquier organismo publico descentralizado o entidad del Poder Ejecutivo; 3.8. Participar activamente en el dialogo y concertacion con la Sociedad Civil; 3.9. Participar en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores en la concertacion de la cooperacion financiera y tecnica internacional; 3.10. Promover en coordinacion con los Ministerios de Economia y Finanzas y de Relaciones Exteriores, las inversiones nacionales y extranjeras, en todos los sectores de la actividad economica; 3.11. Asesorar a las entidades publicas en materia de simplificacion administrativa y reorganizacion institucional, y evaluar de manera permanente dichos procesos; 3.12. Normar, coordinar y supervisar las iniciativas en asuntos de demarcacion territorial; 3.13. Promover la mejora de la gestion publica, la calidad del gasto publico, el perfeccionamiento de la organizacion de las entidades publicas y la eficiencia de los procesos y sistemas administrativos; y, 3.14. Las demas funciones que le encomiende el Presidente de la Republica. Articulo 4º.- Ambito de Aplicacion El presente Reglamento es de aplicacion a todos los organos de la PCM, en el ambito de su competencia, y, segun corresponda, a las comisiones y organismos publicos descentralizados sujetos a su direccion y control. TITULO II: ORGANIZACION CAPITULO I : ESTRUCTURA DE LA PCM Articulo 5º.- Estructura Organica La estructura organica de la PCM es la siguiente: ALTA DIRECCION - Presidencia del Consejo de Ministros - Secretaria General de la PCM - Subsecretaria General de la PCM ORGANOS DE APOYO Y CONSULTIVOS - Gabinete de Asesores - Comision Consultiva

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