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Pág. 217805 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de febrero de 2002 e) Elaborar la información de ejecución del flujo de fon- dos presupuestarios y conciliaciones bancarias. f) Custodiar y controlar los recursos del Despacho Pre- sidencial. g) Ejecutar el proceso de pago previa evaluación del devengado y efectuar los pagos a los proveedores y a los trabajadores del Despacho Presidencial. h) Realizar el arqueo de fondos y valores. i) Supervisar la ejecución racional del presupuesto y otros recursos asignados al Despacho Presidencial, para el cumplimiento de sus metas y objetivos. j) Controlar la ejecución presupuestal y de los calenda- rios de compromisos institucionales, así como elaborar la información correspondiente. k) Procesar la información contable en todas sus fa- ses, así como proporcionar información permanente de la situación económica financiera aplicando el Sistema Integrado de Administración Financiera para el Sector Público SIAF. l) Elaborar, proponer y aplicar las normas y directivas orientadas a mejorar los procesos y optimizar el uso de los recursos a su cargo. m) Mantener y custodiar el archivo de la documenta- ción sustentatoria de gastos, así como otros documentos administrativos de los órganos de la Gerencia Central de Administración. n) Otras funciones que le sean asignadas. Artículo 41º.- La Gerencia de Logística es el Órga- no de Línea encargada de proporcionar los bienes y servicios que los órganos del Despacho Presidencial requieran bajo las condiciones de seguridad, calidad, oportunidad y costo adecuado, de acuerdo a las nor- mas legales vigentes. Artículo 42º.- La Gerencia de Logística cumple las si- guientes funciones: a) Programar, coordinar, ejecutar y controlar los proce- sos de contratación y adquisiciones de bienes y servicios y de la ejecución de obras que se requieran en el Despa- cho Presidencial. b) Acopiar y administrar información sobre los requeri- mientos de bienes y servicios de los diferentes órganos del Despacho Presidencial que permitan el cumplimiento de las metas previstas. c) Valorar, registrar, controlar y mantener los bienes del activo fijo, así como realizar el inventario físico de los mis- mos. d) Supervisar el cumplimiento de los contratos que el Despacho Presidencial celebre con terceros, con excep- ción de aquellos cuya supervisión por razones especiali- dad, sea asignada a otros órganos del Despacho Presi- dencial. e) Controlar la asignación, uso y mantenimiento de los bienes del Despacho Presidencial. f) Gestionar los sistemas de seguros para los bienes a su cargo. g) Realizar los procesos técnicos para el control e in- ventarios del patrimonio del Despacho Presidencial. h) Otras funciones que le sean asignadas. Artículo 43º.- La Gerencia de Operaciones es Órgano de Línea encargada de programar, ejecutar, controlar y su- pervisar los servicios generales, en materia de alimenta- ción, limpieza, transportes, mantenimiento y almacenamien- to que requiera el Despacho Presidencial. Artículo 44º.- La Gerencia de Operaciones cumple las siguientes funciones: a) Coordinar, programar y dirigir los servicios genera- les que requiera el Despacho Presidencial. b) Elaborar, proponer y aplicar las normas y directivas para mejorar la eficiencia de los servicios y optimizar los procesos y el uso de los recursos a su cargo. c) Dirigir y coordinar el servicio de alimentación al Pre- sidente de la República, así como del personal que labora en el Despacho Presidencial; d) Almacenar y controlar la distribución de los bienes adquiridos. e) Satisfacer las necesidades de medios de transporte terrestre del Presidente de la República y las demás áreas del Despacho Presidencial, en la sede del Palacio de Go- bierno.f) Programar y atender los requerimientos de manteni- miento y servicios que requiera la infraestructura del Des- pacho Presidencial. g) Otras funciones que le sean asignadas. Artículo 45º.- La Jefatura de Telecomunicaciones es el Organo de Apoyo encargado de velar por el correcto fun- cionamiento e instalación, operación y mantenimiento de la infraestructura de comunicación y dispositivos electróni- cos del Despacho Presidencial. Artículo 46º.- La Jefatura de Telecomunicaciones cum- ple las siguientes funciones: a) Programar, coordinar, ejecutar y controlar el funcio- namiento, instalación, operación y mantenimiento de la in- fraestructura de comunicación y dispositivos electrónicos del Despacho Presidencial. b) Asesorar a la Gerencia Central de Administración en los aspectos relacionados al campo de las comunicacio- nes y la electrónica. c) Instalar, operar y mantener la infraestructura de co- municaciones y electrónicos del Despacho Presidencial. d) Asegurar el funcionamiento continuo del centro de comunicaciones de Palacio de Gobierno. e) Organizar los enlaces y garantizar el funcionamiento de los medios electrónicos, cuando el Presidente de la República realice viajes al interior y exterior del país. f) Otras funciones que le sean asignadas. Artículo 47º.- La Jefatura de Informática es el Órgano de Apoyo, encargada de planificar, organizar, dirigir y eva- luar el uso y aplicación racional de las tecnologías de infor- mación vigentes. Artículo 48º.- La Jefatura de Informática tiene las fun- ciones siguientes : a) Elaborar el Plan Informático del Despacho Presiden- cial, Plan de contingencias y demás instrumentos que ga- ranticen el desarrollo informático, en función a la necesi- dad del Despacho Presidencial. b) Propiciar y apoyar la modernización mediante el uso racional de las tecnologías de información vigentes. c) Planear, investigar y determinar, en coordinación con las áreas usuarias los requerimientos de sistematización y tecnología informática, así como la asignación de recur- sos informáticos. d) Supervisar el desarrollo e implementación de pro- yectos informáticos que sean encargados a terceros. e) Administrar las redes locales y/o remotas así como las diferentes bases de datos del Despacho Presidencial. f) Evaluar periódicamente la eficiencia del software y hardware para determinar la factibilidad de aplicación de nuevas tecnologías. g) Asesorar, capacitar y asistir a los usuarios de los sistemas informáticos del Despacho Presidencial. h) Otras funciones que le sean asignadas. Artículo 49º.- La Jefatura de Planeamiento es el Orga- no de Asesoría en materia de política institucional, formu- lación y evaluación de los procesos de programación, pla- nificación, de cooperación técnica y financiera nacional e internacional, racionalización y estadística. Artículo 50º.- La Jefatura de Planeamiento cumple las siguientes funciones: a) Proponer políticas, lineamientos y estrategias para fijar las metas y orientar la formulación del Plan Operativo, el presupuesto institucional, así como la ejecución corres- pondiente. b) Elaborar y proponer el proyecto de Presupuesto Ins- titucional del Despacho Presidencial, de conformidad con las directivas del Sistema de Gestión Presupuestaria del Estado. c) Brindar asesoramiento en la aplicación de lineamien- tos y directivas para la formulación del Plan Operativo Ins- titucional a las dependencias del Despacho Presidencial. d) Asesorar en el proceso de ejecución y evaluación presupuestal, así como coordinar, emitir opinión, elaborar y proponer las modificaciones presupuestarias de ingre- sos y egresos al Presupuesto Institucional. e) Proponer y aplicar normas y directivas para optimi- zar el uso de los recursos y el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales.