Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2002 (27/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2002

gos y reajustes generados hasta el ano 2001 para aquellos deudores, contribuyentes o responsables que se acojan a los alcances del presente beneficio. Articulo 4º.- De la Tasa de Licencia de Funcionamiento y Tasa de Habilitacion de Transporte Publico.- Durante el periodo de vigencia de esta Ordenanza, apliquese un descuento del 50% del monto insoluto de la deuda por tasa de Licencia de Funcionamiento y Tasa de Habilitacion de Transporte Publico, generadas hasta el mes de diciembre del ano 1999, siempre que, durante la vigencia de esta Ordenanza, cancelen el saldo restante. Articulo 5º.- De las Multas Tributarias.- Condonese en su totalidad las Multas Tributarias, para aquellos contribuyentes que durante el periodo de vigencia de la presente Ordenanza cumplan con subsanar la obligacion formal omitida y/o acepten el resultado de un MORDAZA de fiscalizacion. Articulo 6º.- De las Multas Administrativas.- Tratandose de Multas Administrativas generadas hasta el 31/12/ 2001, se establece un beneficio de deduccion del 60% del monto insoluto para aquellos deudores que, durante la vigencia del presente beneficio, cumplen con cancelar la multa administrativa respectiva. Articulo 7º.- De las Costas y Gastos.- Quedan extinguidas las deudas por gastos y costas procesales de los procedimientos de cobranza coactiva, por los conceptos senalados en el Articulo 2º, siempre que se acojan a los beneficios de esta Ordenanza dentro de su periodo de vigencia. Articulo 8º.- Pago de los beneficios.- La deuda podra ser pagada: 1. Al contado. 2. En forma fraccionada, de acuerdo a las condiciones establecidas en el siguiente articulo. Articulo 9º.- Pago Fraccionado.- Las deudas a fraccionar no podran ser menores a 15% de la UIT. Asimismo, la cuota inicial que deberan abonar para acogerse al fraccionamiento, no podra ser menor al 10% de la deuda a fraccionar. En el caso de pensionistas o deudores que acrediten una situacion economica precaria, a criterio de la Administracion, podran acogerse pagando como cuota inicial un monto inferior al 10% de la deuda. Articulo 10º. Fraccionamientos anteriores.- Los Convenios de Fraccionamiento no cancelados y aquellos que se encuentren en la via de cobranza coactiva, suscritos por las deudas comprendidas en el Articulo 2º de la presente Ordenanza, recibiran un descuento del cincuenta por ciento (50%) del saldo pendiente de cancelacion. Articulo 11º. De los pagos anteriores. Los pagos efectuados al contado asi como los convenios de fraccionamiento cancelados con anterioridad a la publicacion de la presente Ordenanza, respecto a los conceptos y periodos incluidos en la presente Ordenanza, son validos y no se encuentran sujetos a devolucion y/o compensacion. Articulo 12º. Vigencia de los beneficios. El plazo de vigencia de los beneficios senalados en los articulos anteriores vencera el 28 de febrero del 2002.

Quinta.- Recursos impugnatorios.- Para acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, de haberse interpuesto Recurso de Reclamacion o Apelacion total o parcial, el deudor tributario debera presentar el desistimiento respectivo mediante escrito con firma legalizada notarialmente o por fedatario municipal, caso contrario solo podra acogerse por la parte no reclamada o apelada. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 3701

Anexos de Ordenanza que establecio regimen de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana en el Cercado del Callao
ANEXOS - ORDENANZA Nº 002-2002
(La Ordenanza de la referencia se publico en la edicion del 23 de febrero de 2001, pagina 218178) La Municipalidad Provincial del Callao brinda los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana a los predios ubicados en el ambito de su jurisdiccion distrital. El costo total de los servicios, se distribuye entre los contribuyentes considerando el valor de los predios y el uso que se da a los mismos. Para el ejercicio tributario 2002, la prestacion, mantenimiento e implementacion de los servicios publicos de Limpieza Publica y Parques y Jardines, demandara a la Municipalidad, la MORDAZA de los costos cuyo detalle se observa en el Cuadro Nº 01. CUADRO Nº 01 COSTO ANUAL DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y PARQUES Y JARDINES 2002 ITEMS
Recoleccion domiciliaria residencial solidos Recoleccion y traslado de escombros en puntos criticos Barrido de calles y avenidas (km./eje) Barrido de parques y plazas (m2) De operacion en el relleno sanitario Mantenimiento del mobiliario MORDAZA y control del servicio Habilitacion y mantenimiento de parques y jardines Gastos Administrativos TOTAL 4 244,479 3 176,446 5 273,082 613,440 1 116,605 1 980,000 2 820,000 72,120 19 296,172

El Servicio de Seguridad Ciudadana para el periodo 2002, para su operatividad, presenta la estructura de costos contenida en el Cuadro Nº 02. CUADRO Nº 02 COSTO ANUAL DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA 2002 ITEMS
Supervision y prevencion del orden publico en el distrito Planeamiento y direccion del patrullaje Materiales de escritorio Servicios no personales administrativos Costo de mantenimiento vehicular Equipamiento y materiales duraderos Uniformes Planilla del personal de Serenazgo Alquiler de equipos Planilla del personal de la Policia Nacional Costo de combustible vehicular Conduccion de la gestion de serenazgo Racionamiento del personal de agentes Servicio de apoyo externo TOTAL 36,000 36,000 54,000 86,400 144,000 450,000 172,500 2 700,000 48,000 378,000 777,600 96,000 180,000 120,000 5 278,500

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Extincion de Deudas.- Tratandose de los Arbitrios Municipales de Relleno Sanitario, Parques y Jardines y Serenazgo, se extinguiran las deudas (monto insoluto, derechos de emision e intereses) generadas hasta el mes de diciembre del ano 1999, por los predios de uso MORDAZA habitacion y terrenos sin construir, en el estado de cobranza en que se encuentren. Segunda.- Extincion de deudas de cobranza dudosa.- Quedan extinguidas las deudas tributarias respecto a las cuales MORDAZA transcurrido el plazo correspondiente de prescripcion, previsto en el Articulo 43º del TUO Codigo Tributario, por considerarse de cobranza dudosa, de conformidad a lo senalado por el D.S. Nº 022-00-EF. Tercera.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza no seran aplicables otros beneficios establecidos por la Municipalidad, respecto de las deudas senaladas en el Articulo 2º. Cuarta.- Facultad Reglamentaria.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza.

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