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Pág. 218366 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de febrero de 2002 gos y reajustes generados hasta el año 2001 para aque- llos deudores, contribuyentes o responsables que se aco- jan a los alcances del presente beneficio. Artículo 4º.- De la Tasa de Licencia de Funcionamien- to y Tasa de Habilitación de Transporte Público.- Duran- te el período de vigencia de esta Ordenanza, aplíquese un descuento del 50% del monto insoluto de la deuda por tasa de Licencia de Funcionamiento y Tasa de Habilitación de Transporte Público, generadas hasta el mes de diciembre del año 1999, siempre que, durante la vigencia de esta Or- denanza, cancelen el saldo restante. Artículo 5º.- De las Multas Tributarias.- Condónese en su totalidad las Multas Tributarias, para aquellos contri- buyentes que durante el período de vigencia de la presente Ordenanza cumplan con subsanar la obligación formal omitida y/o acepten el resultado de un proceso de fiscaliza- ción. Artículo 6º.- De las Multas Administrativas.- Tratán- dose de Multas Administrativas generadas hasta el 31/12/ 2001, se establece un beneficio de deducción del 60% del monto insoluto para aquellos deudores que, durante la vi- gencia del presente beneficio, cumplen con cancelar la multa administrativa respectiva. Artículo 7º.- De las Costas y Gastos.- Quedan extin- guidas las deudas por gastos y costas procesales de los procedimientos de cobranza coactiva, por los conceptos se- ñalados en el Artículo 2º, siempre que se acojan a los be- neficios de esta Ordenanza dentro de su período de vigen- cia. Artículo 8º.- Pago de los beneficios.- La deuda podrá ser pagada: 1. Al contado. 2. En forma fraccionada, de acuerdo a las condiciones establecidas en el siguiente artículo. Artículo 9º.- Pago Fraccionado.- Las deudas a frac- cionar no podrán ser menores a 15% de la UIT. Asimismo, la cuota inicial que deberán abonar para acogerse al frac- cionamiento, no podrá ser menor al 10% de la deuda a frac- cionar. En el caso de pensionistas o deudores que acrediten una situación económica precaria, a criterio de la Adminis- tración, podrán acogerse pagando como cuota inicial un monto inferior al 10% de la deuda. Artículo 10º. Fraccionamientos anteriores.- Los Con- venios de Fraccionamiento no cancelados y aquellos que se encuentren en la vía de cobranza coactiva, suscritos por las deudas comprendidas en el Artículo 2º de la presente Ordenanza, recibirán un descuento del cincuenta por cien- to (50%) del saldo pendiente de cancelación. Artículo 11º. De los pagos anteriores. Los pagos efectuados al contado así como los convenios de frac- cionamiento cancelados con anterioridad a la publica- ción de la presente Ordenanza, respecto a los concep- tos y períodos incluidos en la presente Ordenanza, son válidos y no se encuentran sujetos a devolución y/o com- pensación. Artículo 12º. Vigencia de los beneficios. El plazo de vigencia de los beneficios señalados en los artículos ante- riores vencerá el 28 de febrero del 2002. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Extinción de Deudas.- Tratándose de los Ar- bitrios Municipales de Relleno Sanitario, Parques y Jardi- nes y Serenazgo, se extinguirán las deudas (monto insolu- to, derechos de emisión e intereses) generadas hasta el mes de diciembre del año 1999, por los predios de uso casa habitación y terrenos sin construir, en el estado de cobran- za en que se encuentren. Segunda.- Extinción de deudas de cobranza dudo- sa.- Quedan extinguidas las deudas tributarias respecto a las cuales haya transcurrido el plazo correspondiente de prescripción, previsto en el Artículo 43º del TUO Código Tributario, por considerarse de cobranza dudosa, de con- formidad a lo señalado por el D.S. Nº 022-00-EF. Tercera.- Durante la vigencia de la presente Ordenan- za no serán aplicables otros beneficios establecidos por la Municipalidad, respecto de las deudas señaladas en el Ar- tículo 2º. Cuarta.- Facultad Reglamentaria.- Facúltese al Alcal- de de la Municipalidad Provincial del Callao para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complemen- tarias necesarias para la adecuada aplicación de la pre- sente Ordenanza.Quinta.- Recursos impugnatorios.- Para acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, de haberse interpuesto Recurso de Reclamación o Apelación total o parcial, el deudor tributario deberá presentar el de- sistimiento respectivo mediante escrito con firma legaliza- da notarialmente o por fedatario municipal, caso contrario sólo podrá acogerse por la parte no reclamada o apelada. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 3701 Anexos de Ordenanza que estableció ré- gimen de los arbitrios de limpieza pú- blica, parques y jardines y seguridad ciudadana en el Cercado del Callao ANEXOS - ORDENANZA Nº 002-2002 (La Ordenanza de la referencia se publicó en la edición del 23 de febrero de 2001, página 218178) La Municipalidad Provincial del Callao brinda los servi- cios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana a los predios ubicados en el ámbito de su juris- dicción distrital. El costo total de los servicios, se distribuye entre los contribuyentes considerando el valor de los pre- dios y el uso que se da a los mismos. Para el ejercicio tributario 2002, la prestación, manteni- miento e implementación de los servicios públicos de Lim- pieza Pública y Parques y Jardines, demandará a la Muni- cipalidad, la asunción de los costos cuyo detalle se obser- va en el Cuadro Nº 01. CUADRO Nº 01 COSTO ANUAL DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y PARQUES Y JARDINES 2002 ÍTEMS Recolección domiciliaria residencial sólidos 4 244,479 Recolección y traslado de escombros en puntos críticos 3 176,446 Barrido de calles y avenidas (km./eje) 5 273,082 Barrido de parques y plazas (m2) 613,440 De operación en el relleno sanitario 1 116,605 Mantenimiento del mobiliario urbano y control del servicio 1 980,000 Habilitación y mantenimiento de parques y jardines 2 820,000 Gastos Administrativos 72,120 TOTAL 19 296,172 El Servicio de Seguridad Ciudadana para el período 2002, para su operatividad, presenta la estructura de cos- tos contenida en el Cuadro Nº 02. CUADRO Nº 02 COSTO ANUAL DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA 2002 ÍTEMS Supervisión y prevención del orden público en el distrito 36,000 Planeamiento y dirección del patrullaje 36,000 Materiales de escritorio 54,000 Servicios no personales administrativos 86,400 Costo de mantenimiento vehicular 144,000 Equipamiento y materiales duraderos 450,000 Uniformes 172,500 Planilla del personal de Serenazgo 2 700,000 Alquiler de equipos 48,000 Planilla del personal de la Policía Nacional 378,000 Costo de combustible vehicular 777,600 Conducción de la gestión de serenazgo 96,000 Racionamiento del personal de agentes 180,000 Servicio de apoyo externo 120,000 TOTAL 5 278,500 3907