Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2002 (27/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2002
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria de la fecha, aprobo por Unanimidad el Dictamen Nº 0102002-MPL/CPL-CPDE; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las siguientes los ultimos dias habiles de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, por otro lado, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 79-MPL, que regula las tasas aplicables para el cobro de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre para el 2002, senala que son de periodicidad mensual y que su vencimiento se produce el ultimo dia habil de cada mes. Los pagos que se efectuen con posterioridad a la fecha senalada, seran reajustados con el interes moratorio, de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2002; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 3) del Articulo 36º y el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Vencimiento para el Pago del Impuesto Predial: de conformidad con el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2002 vence: Pago al Contado : 28 de febrero

Fijan montos por emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y otros, correspondientes al pago del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 81-MPL
Pueblo Libre, 24 de enero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria de la fecha, aprobo por Unanimidad el Dictamen Nº 0092002-MPL/CPL-CPDE; y, CONSIDERANDO: Que la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada Ejercicio Fiscal; Que, conscientes de la realidad economica de nuestra comunidad y siendo necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2002, el Concejo ha considerado conveniente mantener los mismos costos del Ejercicio Fiscal 2001; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 3) del Articulo 36º y el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Fijese en Doce y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12.00) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2002. Por cada predio adicional se abonara Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4.00) por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- Autorizar la emision mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo Tercero.- Autorizar la distribucion domiciliaria de los cronogramas de Pagos conteniendo las Tasas mencionadas. Articulo Cuarto.- Fijese en Siete y 20/100 Nuevos Soles (S/. 7.20) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2002. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo Economico y a la Oficina de Informatica y Catastro, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la oficina de Secretaria General y del Concejo y a la Oficina de Administracion, la publicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 3995

Pago Fraccionado : Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : 28 de febrero 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Articulo Segundo.- Vencimiento para el Pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo: La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2002 vencen: Enero y febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre : : : : : : : : : : : 28 de febrero 30 de marzo 30 de MORDAZA 31 de MORDAZA 28 de junio 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de septiembre 31 de octubre 30 de noviembre 31 de diciembre

Articulo Tercero.- Los pagos que se efectuan con posterioridad a la fecha, seran reajustados con el interes moratorio, de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo Economico y la Oficina de Informatica y Catastro el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Oficina de Secretaria General y del Concejo y a la Oficina de Administracion su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 3994

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