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Pág. 218359 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de febrero de 2002 Que de acuerdo a lo señalado por el Jefe de Asesoría Legal en el Informe Nº 015-2002-MDLO/OAL de fecha 16-1- 2002 del Exp. de Visto, el Informe Nº 006-2002-MDLO/DDU- DCCHU de fecha 10-1-02, y lo señalado de atención al Expe- diente de visto, la División de Catastro, Control y Habilitacio- nes Urbanas sostiene que de la solicitud de cambio de Uso, se precisa de manera exacta el área total de los aportes Re- glamentarios correspondientes a Educación y Otros Fines, ubicados en la Manzana "A", no sufriendo ninguna modifica- ción; las medidas perimétricas permanecen inalterables ex- cepto la reubicación de lotes Nº 26 y Nº 27, respectivamente, así mismo el cuadro general de áreas Recepcionadas en la Resolución Nº 5576-78-DGIU-DDU/CPL permanecen inaltera- bles, contando con las visaciones correspondientes de la Di- rección de Desarrollo Urbano, División de Catastro, Control y Habilitaciones Urbanas y la Oficina de Asesoría Legal; De conformidad a lo establecido en el Reglamento Na- cional de Construcciones acápite II.XVI.4.3.; la Ley Gene- ral de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, su modificatoria Ley Nº 27135 y su Reglamento aprobado mediante Decre- to Supremo Nº 011-98-MTC: en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º, inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y la Ordenanza Nº 023-2000/ CDLO del 22-11-2000, que aprueba el Reglamento para la aprobación de Habilitaciones Urbanas en el distrito de Los Olivos, es menester necesario de la Municipalidad Distrital conocer y aprobar las solicitudes de Habilitación Urbana realizadas a partir de la vigencia de la referida Ley, inclu- yendo los casos de regularizaciones de habilitaciones ur- banas pendientes o en trámite; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APRUÉBESE, el cambio de Uso de los Aportes Reglamentarios destinados a Otros Fines y Educa- ción, provenientes del proceso de Habilitación Urbana de la Cuarta Etapa de la Urbanización "El Trébol" aprobado con Resolución Nº 5576-78-DGIU-DDU/CPL emitida por la Muni- cipalidad de Lima de acuerdo al siguiente cuadro: Tipo de Aporte Ubicación Área Ministerio de Educación Mz. "A" lote 26 2,004.65 m2 Otros Fines Mz. "A" lote 27 2,004.65 m2 Manteniendo el lote 26 y 27 de la Manzana "A" el área y medidas perimétricas establecidos en el Plano signado con el Nº 021-78-DGIU-DDU-DU/CPL, dejándose todo lo demás como se aprueba en la Resolución de Alcaldía Nº 05576- 78-DGIU-DDU/CPL de fecha 20-9-1978. Artículo Segundo.- COMUNÍQUESE, a la Superin- tendencia de Bienes Nacionales para los efectos de concluir con el trámite del Expediente Nº 000101-94 según el Oficio Nº 3952-96-SBS-DPI de fecha 16-10-96 y fines pertinentes. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento la presente Resolución a la Municipalidad de Lima Metropolitana para su correspondiente Ratificación y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Dirección Municipal y Dirección de Desarrollo Urbano a través de la División de Catastro, Control y Habilitaciones Urbanas, el cumplimien- to de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, estable- ciéndose en el plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución; a cargo de Secretaría General. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 3903 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA Aprueban Texto Único de Procedi - mientos Administrativos de la Muni- cipalidad ORDENANZA Nº 029/CDL-CH Chosica, 8 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICAPOR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSI- CA, en Sesión Extraordinario de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Pri- vada, todas las entidades públicas contarán con sus co- rrespondientes Textos Únicos de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA), documentos que contendrían todos los procedimientos administrativos que se realicen ante las res- pectivas unidades; Que, el TUPA puede ser sujeto de modificación la mis- ma que debe ajustarse a las condiciones establecidas en el Artículo 34º del Reglamento de la norma antes citada, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 094-92/PCM; Que, con el debate correspondiente conforme consta en actas y sometido a votación en la forma reglamentaria, el Concejo por mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar el TEXTO ÚNICO DE PRO- CEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALI- DAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA, que se anexará como parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar los derechos contenidos en el presente TUPA. Artículo Tercero.- Deróguese todas las disposiciones y normas municipales que contravengan la presente orde- nanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO CHÁVEZ LUNA Alcalde 4002 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Disponen aplicar valores arancelarios del año 2001 en el cálculo del impues- to predial para terrenos y edificaciones de conformidad con el D.S. Nº 012- 2002-EF ORDENANZA Nº 76-MPL Pueblo Libre, 24 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesión Ordina- ria de la fecha, aprobó por Unanimidad el Dictamen Nº 005- 2002-MPL/CPL-CPDE; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 191º de la Constitución Po- lítica del Perú, las Municipalidades tienen autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, en el segundo párrafo del Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que para determinar el valor total de los predios, se aplicará los valores arancelarios de terreno y valores unitarios oficiales de edificación vigentes al 31 de diciembre del año anterior y las tablas de depre- ciación por antigüedad y estado de conservación, que for- mula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba anual- mente el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción, mediante Resolución Ministerial; Que, en la actualidad no se han publicado los valores que debe establecer el Consejo Nacional de Tasaciones y por consiguiente, de conformidad al Artículo 12º del Decre-