Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2002 (27/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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Alc-SG de la misma fecha, que declaran la vacancia del cargo de Regidor que MORDAZA desempena; y, en consecuencia, nulos el acuerdo y la resolucion MORDAZA mencionados. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua en el ejercicio del cargo de Regidor en el Concejo Provincial de Tahuamanu correspondiente al periodo de gobierno municipal 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, Subsecretario General 3966

Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Subsecretario General 3967 RESOLUCION Nº 068-2002-JNE Expediente Nº 045-2002 MORDAZA, 26 de febrero de 2002

Convocan a candidatas no proclamadas para que asuman cargos de regidoras de los Concejos Distritales de Jazan y La Capilla
RESOLUCION Nº 066-2002-JNE MORDAZA, 26 de febrero de 2002 VISTO, el Expediente Nº 085-2002, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Jazan, provincia de Bongara, departamento de Amazonas, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA Lapiz Magallan; CONSIDERANDO: Que, segun acta que en MORDAZA obra a fojas 6 y 7, el Concejo Distrital de Jazan en sesion extraordinaria de fecha 3 de diciembre del 2001, acordo con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA Lapiz MORDAZA por cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad, previsto en el numeral 4) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de la Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 1361-2001-CTAR-AMAZONAS/ED de fecha 11 de octubre del 2001, que obra a fojas 4 y 5, se aprecia que el senor MORDAZA Lapiz MORDAZA, Licenciado en Educacion, quien laboraba en la Sede de ADE de Bongara "Pedro MORDAZA Gallo, ha sido reubicado al CESM "San MORDAZA de La Libertad", Area de Ejecucion de Chachapoyas, hecho que ha motivado que cambie de residencia a la MORDAZA de Chachapoyas, segun informa el citado Regidor a fojas 9, acreditandose el cambio de domicilio, conforme lo dispone el Articulo 39º del Codigo Civil, al producirse el traslado de la residencia habitual a otro lugar; Que, con el cargo de notificacion que obra a fojas 8, se acredita que don MORDAZA Lapiz MORDAZA ha tomado conocimiento del acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de Regidor con fecha 23 de enero del 2002, y habiendo transcurrido en exceso el termino de ley para interponer el recurso de revision que le faculta el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que, acreditada la causal de vacancia por cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad, prevista en el numeral 4) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853, conforme lo dispone el Articulo 28º numeral 2) de la citada ley, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, se debe convocar a un candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino, a la que pertenece el vacado Regidor, segun la relacion de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Bongara; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Bartra, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Jazan, provincia de Bongara, departamento de Amazonas; debiendosele otorgar la respectiva credencial.

Visto el expediente sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de La Capilla, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de MORDAZA, que desempena don MORDAZA Chire Chire, iniciado mediante Oficio Nº 172-01-MDLC presentado el 18 de enero de 2001 por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del citado Concejo Distrital, quien eleva para los efectos de convocatoria del suplente, el expediente municipal que corresponde a la vacancia de autos, la que fue declarada por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones ordinarias; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de la atribucion conferida por el Articulo 36º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Distrital de La Capilla declaro la vacancia del cargo de Regidor que ejerce don MORDAZA Chire Chire, mediante acuerdo aprobado en la sesion del 6 de agosto de 2001, con el MORDAZA a favor de cuatro (4) de sus seis (6) miembros, conforme ha quedado consignado en el acta de la sesion de la fecha, obrante en MORDAZA autenticada a fojas 31 y 32; expidiendose en ese sentido la Resolucion Municipal Nº 064-01-MDLC del 6 de septiembre de 2001; Que el acuerdo de vacancia se sustenta en la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en la que ha incurrido don MORDAZA Chire Chire al haber inasistido a las sesiones celebradas en fechas 2, 11 y 25 de junio, 6 y 20 de MORDAZA de 2001, a las que fue citado, conforme se aprecia en los cargos de citacion debidamente diligenciados por el Juez de Paz del distrito de La Capilla que corren de fojas 18 a 27; verificandose la mencionada inconcurrencia en las actas de las respectivas sesiones, que se ubican en MORDAZA autenticada de fojas 6 a 12; Que a fojas 34 se ubica la MORDAZA autenticada de la carta de fecha 20 de agosto de 2001 suscrita por el Regidor MORDAZA Chire Chire, quien comunica al MORDAZA de La Capilla que su alejamiento del Concejo Municipal es voluntario y originado por desacuerdos con la gestion edil; asimismo, a fojas 36 obra el cargo de la notificacion de la Resolucion Municipal Nº 064-01-MDLC entregada al interesado con fecha 18 de septiembre de 2001 por el Juez de Paz del distrito de La Capilla; Que habiendo transcurrido el termino para impugnar el acuerdo de vacancia, sin que el afectado MORDAZA interpuesto recurso de revision, de conformidad con el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, dicho pronunciamiento ha quedado consentido y, por tanto, firme; siendo aplicable lo dispuesto por el numeral 2) del Articulo 28º de la ley acotada, que senala que, en los casos de vacancia, reemplazan a los Regidores, los suplentes de sus respectivas listas, debiendose convocar a la candidata no proclamada de la lista del Movimiento Independiente Somos Peru, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas, para completar el numero de Regidores en el Concejo Distrital de La Capilla en el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas, candidata no proclamada de la lista

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