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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (27/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 218365 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de febrero de 2002 Que, estando a las opiniones de la Dirección de Desa- rrollo Urbano, División de Control Urbano y Catastro y la Oficina de Asesoría Jurídica, según Informe Nº 11595-01- 98-DCUC-DDU/MSI, Memorando Nº 132-2002-26-DDU/MSI e Informe Nº 063-2002-11-OAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER que el Código Catas- tral es el código oficial único relacionador entre las bases de información existentes en la Dirección de Desarrollo Ur- bano, Oficina de Rentas y Unidad de Informática de la Mu- nicipalidad de San Isidro, respecto a las unidades inmobi- liarias del distrito. Artículo Segundo.- DISPONER que los expedientes administrativos que se inicien ante la Dirección de Desa- rrollo Urbano y Oficina de Rentas deberán contar obliga- toriamente con el respectivo Código Catastral el que cons- tará únicamente en los sistemas de información y base de datos de la Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Ren- tas, Unidad de Informática, Unidad de Trámite Documenta- rio y Archivo de la Secretaría General. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la asignación del Código Catastral es un procedimiento interno destinado a optimizar la labor administrativa, no generando pago de derecho o tasa alguna, quedando eliminada la exigencia de obtención del denominado Certificado de Código Catas- tral. Artículo Cuarto.- Los formatos que por razón de su actividad emita la Dirección de Desarrollo Urbano y Oficina de Rentas deberán consignar obligatoriamente el Código Catastral correspondiente en la parte superior derecha de los mismos. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la asignación del Código Catastral es una atribución exclusiva de la División de Control Urbano y Catastro, estando facultados los órga- nos de línea de la Municipalidad de San Isidro a solicitar información necesaria para el cabal cumplimiento del pre- sente Decreto o para fines propios. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Déjese sin efecto lo dispuesto por Decreto de Alcaldía Nº 002-99-ALC/MSI, de fecha 5.ENE.99. Segunda.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no. Dado en la Casa Consistorial de San Isidro, a los doce días del mes de febrero de Dos Mil Dos. GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 3998 Imponen sanción de destitución a servi- dora de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 061-2002-ALC/MSI San Isidro, 25 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: el Informe Nº 002-2002-CPPAD/MSI de la Co- misión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios de los servidores empleados de fecha 20 de febrero de 2002. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 031-2002-ALC/ MSI de fecha 30 de enero de 2002, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a la servidora empleada GRA- CIELA SILVIA FLORES ALTEZ, por presunto abandono de trabajo; Que, luego del análisis de los antecedentes, del descar- go de la servidora procesada, de la deliberación y del de- bate correspondiente, los miembros de la Comisión Per- manente de Procesos Administrativos Disciplinarios llega- ron a la conclusión que las pruebas presentadas por doñaGraciela Silvia Flores Altez no desvirtúan los cargos impu- tados, por lo que acordaron por unanimidad recomendar la imposición de la sanción de destitución a la servidora em- pleada GRACIELA SILVIA FLORES ALTEZ, por haber in- cumplido deberes y obligaciones establecidos en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, faltas de carácter disciplinario tipifica- das en los incisos a) y k) del Artículo 28º de la acotada norma legal; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Muni- cipalidades; RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER LA SANCIÓN DE DESTITU- CIÓN a la servidora empleada GRACIELA SILVIA FLORES ALTEZ por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, la que se efectivizará a partir del día siguiente de su notificación. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Administra- ción para que a través de la Unidad de Personal, efectúe las acciones a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese. GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 4000 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Otorgan beneficio de regularización para el pago de deudas tributarias y ad- ministrativas ORDENANZA MUNICIP AL Nº 000001 Callao, 11 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 11 de febrero de 2002; Aprobó la siguiente: Ordenanza Municipal ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS Artículo 1º.- Naturaleza del Beneficio .- Concédase be- neficio extraordinario para el pago y el cumplimiento de obligaciones formales, a los deudores, contribuyentes y/o responsables o infractores, que tengan deudas cuyo hecho generador o infracción se hubiera producido hasta el 31 de diciembre de 2001 y que a la fecha de la presente Orde- nanza se encuentren pendientes de pago; por obligaciones tributarias (sustanciales y formales) y multas administrati- vas. Artículo 2º.- Deudas comprendidas.- Las deudas ad- ministradas por la Municipalidad Provincial del Callao, com- prendidas dentro de la presente Ordenanza son: a. Impuesto Predial. b. Impuesto al Patrimonio Vehicular. c. Arbitrios Municipales: Limpieza Pública, Parques y Jar- dines, Seguridad Ciudadana y Relleno Sanitario. d. Tasa de Licencia de Funcionamiento. e. Tasa de Habilitación de Transporte Público Urbano. f. Multas Tributarias. g. Multas Administrativas, con excepción de las Papele- tas de Infracción de Tránsito. Artículo 3º.- Condonación de intereses, recargos y reajustes.- En el caso de los tributos señalados en el ar- tículo anterior, condónese los intereses moratorios, recar-